Republica de Sudáfrica
Enviado por Helena • 10 de Enero de 2019 • 1.984 Palabras (8 Páginas) • 330 Visitas
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Referencias:
Constitutional Assembly. (1996). The Constitution of the Republic of South Africa. 09/11/2017, de OMPI Sitio web: http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=315889
Nelson Mandela. (2001). Una Vision para el Siglo XXI. 09/11/2017, de United Nations Sitio web: http://www.un.org/es/events/pastevents/cmcr/vision.htm
Conferencia Mundial. (2001). Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia. 09/11/2017, de United Nations Sitio web: http://www.un.org/es/events/pastevents/cmcr/durban_sp.pdf
Anibal Gonzales. (Unknown). Apartheid en Sudáfrica. 09/11/2017, de Historia Universal Sitio web: http://www.historiacultural.com/2010/09/apartheid-sudafrica.html
COMITÉ: Asamblea General, Tercera Comisión Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales
PAÍS: Republica de Sudáfrica.
TÓPICO B: Derecho a la privacidad en la era digital
NOMBRE: Montserrat Quintero Rodriguez
ESCUELA: Tecnológico de Monterrey, Campus Aguascalientes.
Saludos cordiales a los delegados representantes de TECMUN y mesa, el tópico a debatir en esta ocasión será la privacidad en la era digital en la Republica de Sudáfrica, un tema controversial en dicha nación y de suma importancia para el mismo, ya que gracias a la globalización y las nuevas tecnologías mundiales el derecho a la privacidad se convierte más en un privilegio que en un derecho ciudadano, debido que son nuestros gobernantes quienes imponen leyes para regular el uso y contenidos de nuevas tecnologías, buscando la protección del ciudadano sin embargo en ocasiones violando algunas leyes.
En Sudáfrica el derecho a la privacidad se establece en el artículo 14 de la Constitución de Sudáfrica del 18 de diciembre de 1996. Actualmente la ley encargada de regular el derecho a la privacidad es La ley de protección de información personal (POPIA), la cual reconoce en la constitución de 1996 artículo 14° que establece:
“Todo individuo tiene derecho a la privacidad, lo cual incluye los siguientes derechos:
(a) el derecho a no ser sometido a un registro sobre su persona o un
allanamiento sobre su hogar;
(b) el derecho a no ser sometido a un allanamiento sobre sus bienes;
(c) el derecho a no ser sometido al secuestro de sus bienes; o
(d) el derecho a no sufrir la violación de la privacidad de sus comunicaciones.”[1]
Sobre este artículo, la ley POPIA hace efectivo este derecho mediante condiciones, procedimientos y mecanismos obligatorios para cuando es legal que se procese la información personal de un ciudadano. Su objetivo es evitar daños al usuario como lo son, robo de dinero, estafas, extorsión, robo de identidad, entre otras acciones para el deterioro del ciudadano, dichos delitos cometidos principalmente en la internet en páginas web estafadoras, publicidad engañosa y las redes sociales.
Para el cumplimiento del artículo 14° constitucional se establecieron ocho principios según la ley POPIA los cuales dictan:
- “El procesamiento de la información es limitado, lo que significa que la información personal debe obtenerse de manera legal y justa.
- La información solo se puede usar para el propósito específico para el que se obtuvo originalmente.
- La Ley limita el procesamiento posterior de la información personal. Si el procesamiento se lleva a cabo para fines que van más allá del alcance original acordado por el interesado, el procesamiento está prohibido.
- La persona que procesa la información debe garantizar la calidad de la información mediante la adopción de medidas razonables para garantizar que la información esté completa, que no sea engañosa, esté actualizada y sea precisa.
- La persona que procesa la información personal debe tener un grado de apertura. El sujeto de datos y el Regulador de información deben ser notificados de que los datos se están procesando.
- La persona que procesa los datos debe asegurarse de que las salvaguardas de seguridad y las medidas adecuadas para salvaguardar contra la pérdida, el daño, la destrucción y el acceso o procesamiento no autorizado o ilegal de la información, hayan sido pésimos en su lugar.
- El autor de los datos debe poder participar. El autor de los datos debe poder acceder a la información personal que una parte responsable tiene sobre ellos y debe poder corregir la información.
- La persona que procesa los datos es responsable de garantizar que se cumplan las medidas que dan efecto a estos principios cuando se procesa información personal.”[2]
Si dichos principios no se cumplen o la información comienza a ser manipulada de forma ilegal a ley, POPIA cuenta con sanciones a los acreedores de dichos delitos los cuales se dirigen contra la obstaculización y obstrucción del regulador de la Información en el cumplimiento de sus obligaciones y deberes. Una persona condenada por este delito estará sujeta a una multa o en su defecto a una sentencia a prisión por un período no superior a 10 años.
La regulación de la recopilación, uso y procesamiento de información personal a través de dicha ley es una práctica nacionalmente aceptada. Los ciudadanos y organizaciones del sector privado no solo obtendrán beneficios con la legislación sobre privacidad de datos, sino que también es importante para el comercio, ya que las preocupaciones sobre la privacidad de la información pueden crear obstáculos al comercio internacional. A su vez, la aplicación de dicha ley beneficia a la ciudadanía ya que en la actualidad el robo de identidad es más frecuente gracias a la implementación de nuevas redes en la web (Facebook, Instagram, entre otras) y es gracias a POPIA y al artículo 14° constitucional que se puede sancionar a quienes usen de manera inapropiada la información personal con fines de lucro.
Sudáfrica propone la creación de alguna ley internacional que establezca principios similares a los ya establecidos en Sudáfrica (POPIA) para dar sanción a aquellos que infrinjan la privacidad digital de los individuos de cada país, así como regularizar el uso y almacenamiento de
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