Introduccion al estudio del derecho. Importancia de la Materia de Introducción al Estudio del Derecho
Enviado por Sandra75 • 23 de Marzo de 2018 • 5.557 Palabras (23 Páginas) • 485 Visitas
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Derecho Natural > Es el conjunto de normas jurídicas que tienen su fundamento en la naturaleza humana, esto es de juicios de la razón práctica que enuncian un deber de justicia. Y no, como algunos pretenden, un derecho en sentido moral o un código ideal de normas, pues de este modo no sería derecho sino moral y sus normas no serían jurídicas sino morales, no existiría realmente sino sólo idealmente que es lo mismo que no existir
DERECHO CONSUETUDINARIO Y DERECHO ESCRITO
Estas locuciones significan respectivamente: 1) derecho que nace de la costumbre, es decir de los usos reiterados que una sociedad considera obligatorios y 2) derecho originado en normas de carácter general que se formulan en un texto y son dictadas por los poderes públicos.
La noción de derecho consuetudinario se identifica, desde los romanos con la de derecho no escrito. Sin embargo, esta concepción tan amplia conduce a incluir dentro de la costumbre otras fuentes del derecho, tales como, la jurisprudencia, los principios generales del derecho o la equidad.
El derecho escrito es aquel que se funda en la ley. En su sentido más amplio, ley es toda regla jurídica formulada por escrito para regir en el futuro y que es elaborada o sancionada por los órganos del Estado. En este sentido el término ley incluye conceptos como los de constitución, decreto o reglamento.
En los sistemas de derecho escrito existe un orden jerárquico entre las normas que lo componen. En ellos existe una Constitución que determina los procesos de creación de todas las demás normas del orden jurídico. Generalmente se otorga a un órgano especial ''el poder legislativo'' la facultad de dictar las normas generales. Estas normas son las leyes en sentido formal. Sin embargo, también el poder ejecutivo legista a través de decretos o reglamentos. El proceso legislativo esta sujeto a ciertas etapas: iniciativa, discusión, aprobación, promulgación.
México es un país de derecho escrito, en el cual la costumbre no tiene prácticamente ninguna importancia. El «a.» 10 del «CC» establece que contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.
CLASIFICACION DE LAS NORMAS JURIDICAS
1.- Desde el punto de visita a que pertenecen
Nacionales
Extranjeras
2.- Desde el punto de vista de su fuente:
Legislativo (derecho escrito)
De Derecho Consuetudinario (o no escrito)
Derecho Jurisprudencial
3.- Desde el punto de vista de su ámbito espacial de validez.
Federales > {
Espacial Locales > { Es la porción del espacio en que un
Municipales > { precepto es aplicable
Temporal determinado { Esta constituido por el lapso durante el
Indeterminado { cual conserva vigencia
Material Genéricas { Por la materia que la regula
Personal individualizadas { Por los sujetos a quienes obliga
4.-Desde el punto de vista Temporal de Validez:
Las normas pueden ser de vigencia
Determinada {Aquellas cuyo ámbito temporal de validez
formal se encuentra establecido de antemano
Indeterminada {Aquellas cuyo lapso de vigencia no se ha fijado
Desde un principio
5.-Desde el punto de vista de su ámbito Material de Validez:
De acuerdo con la índole de la materia que regulan. Esta clasificación tiene su fundamento en la división del derecho objetivo en una serie de ramas.
Derecho Público { Constitucionales, Administrativas, Penales, Procesales
“ Privado { Civiles y Mercantiles
“ Social { Trabajo, Agrario
6.-Desde el punto de vista de su ámbito Personal de Validez:
Genéricas { Las que obligan o facultan a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto-sujeto de la disposición normativa
Individualizadas { Las que obligan o facultan a uno o varios miembros de la misma clase, individualmente determinados
7.-Desde el punto de vista de su Jerarquía:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución de los Estados y Leyes Locales
Reglamentos, Circulares, Bandos Municipales
8.- Desde el punto de vista de sus Sanciones
Leges Perfectae
Leges Plus Quam Perfectae
Leges Minus Quam Perfectae
Leges Imperfectae
Leyes Perfectas.- Son aquellas en las cuales a pesar de que son contravenidas, violadas, infringidas, no se produce el daño esperado por el infractor Ejem: La inexistencia se lleva a cabo un presunto acto jurídico pero n produce efectos (matrimonio entre 2 personas del mismo sexo o sea que no se ha llevado a cabo el matrimonio)
La infracción de la normas no crea ningún favor al infractor
Leyes Más que Perfectas Aquí impone un castigo e impone además una reparación pecuniaria
Leyes Minus Quam Perfectae Son aquellas cuya violación no impide que el acto violatorio produzca efectos jurídicos, pero hace al sujeto acreedor a un castigo Ejem Tutor se casa con la tutelada sin obtener dispensa art. 159 de C. C. para D. F.
Leyes Imperfectas Las que no se encuentran provistas de sanción
9.-Desde el punto de vista de su Cualidad
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