LAS CAPITULACIONES DE SANTA FE, LAS BULAS ALEJANDRINAS, LOS JUSTOS TITULOS Y LAS INSTRUCCIONES EXPLICADOS DE FORMA CRONOLOGICA
Enviado por poland6525 • 19 de Abril de 2018 • 1.254 Palabras (6 Páginas) • 656 Visitas
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Estas bulas constituyen una de las últimas aplicaciones prácticas de una vieja y extraña teoría jurídica elaborada explícitamente en la corte pontificia a finales del siglo XI.
Las polémicas y debates más intensos sobre el contenido de los títulos de dominio sobre América o sobre la calidad y trato dados a los indígenas alcanzarán sus puntos más álgidos en la junta de Burgos en 1512. Mencionada junta fue una reunión de teólogos, políticos y juristas con el fin de dictaminar si los títulos aducidos por España para la conquista y colonización de las Indias eran justos o no.
Al poco tiempo de iniciarse la conquista surgió la pregunta de si era legítima o no la presencia castellana en Indias. El inicio de esta interrogante se había debido al sermón pronunciado por el dominico Fray Antonio Montesinos, él denunciaba los abusos y excesos que los españoles estaban cometiendo con los nativos tratándolos como si no fueran hombres. La reacción de los conquistadores fue la denuncia de las palabras por el fraile de ver en ellas la negación del derecho de España a conquistar y dominar los territorios ultramarinos recién descubiertos y a someter a sus habitantes.
La cuestión planteada inquieto a la corona y se estudio y reflexiono en las que destacaron participaciones del profesor de Teología de la Universidad de Salamanca el dominico Matias de Paz y el jurista Palacios Rubios.
El problema de los "Justos Títulos" llevó a adoptar diversas posturas doctrinales favorables o contrarias a la conquista. Las tesis que defendían se resumían en lo siguiente:
1. Solo en el Papa como vicario de Cristo y cabeza de la iglesia reside el poder sobre los infieles.
2. Todos los reinos están obligados a acatar la soberanía del Papa.
3. La iglesia por si misma o a través ss algún príncipe católico, puede hacer la guerra a los infieles y dominarlos si no se acepta la autoridad del papado; los reyes de España, gracias a las bulas alejandrinas, tenían el derecho de dominar, esclavizar y exigir todo tipo de servidumbres y bienes a los infieles indios.
Fue así que este planteamiento justifica el derecho de los reyes castellanos sobre América por delegación de la autoridad papal.
Todo este planteamiento en una junta convocada en 1513 en Valladolid se vuelve un estilo de amparo y se acuerda que para la realización de nuevas conquistas con autorización del Papa seria suficiente saber que sus habitantes eran idolatras y se extiende un mensaje a los indios en el que les exigen obedecer al Papa como representante de Cristo y que se sometieran al rey español, si los indios se resistían se les podía hacer esclavos y disponer de sus bienes.
Más adelante en la junta de Valladolid en 1550-1551 donde se enfrentaron ideas de Juan Ginés de Sepulveda y Bartolomé de las Casas se habla mas a fondo sobre un mencionado "requerimiento" y resultan las "Leyes Nuevas".
Cabe mencionar y recordar la provisión general sobre descubrimientos dados por Carlos V en Granada en 1526 y las Ordenanzas de Nuevos Descubrimientos dictada por Felipe II en 1573 que fueron fundamentos legales de las instrucciones que fue por medio de ellas que se reglamentaba la forma de actuación del expedicionario el tratamiento que debía este dar a los indios y la necesidad de proveer a su conversión. Constituían ellas así mismo verdaderos contratos de mandato, pues delegaban en los jefes de las expediciones jurisdicción civil, criminal y militar lo que permitía a estos asegurar la disciplina de sus huestes.
Fue así como desde el descubrimiento de América hasta la conquista se reglamentan las situaciones, desde las expediciones de Colón hasta el comportamiento de los habitantes nativos en "Las Indias".
BLIOGRAFIAS
Levillier, Roberto. America la bien llamada. T.1, Buenos Aires: Editorial Guillermo Kraft, 1948 p. 99.
Ibn Jaldun. Introduccion a la historia universal. México: Fondo de Cultura Economica, 1997, p 165- 168
HISTORIA DEL DERECHO MEXICANO UNIDAD 2 LIC. CARMEN MANZANO SILVA
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