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DERECHO Y LEGISLACION AMBIENTAL

Enviado por   •  30 de Diciembre de 2018  •  1.907 Palabras (8 Páginas)  •  326 Visitas

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La “Constitución de la provincia de la Provincia de Córdoba” en su artículo nº 66, comenta que toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente sano. Este derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, a la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y la fauna.

El agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la Provincia.

El Estado Provincial protege el medio ambiente, preserva los recursos naturales ordenando su uso y explotación, y resguarda el equilibrio del sistema ecológico, sin discriminación de individuos o regiones.

Para ello, dicta normas que aseguren:

1. La eficacia de los principios de armonía de los ecosistemas y la integración, diversidad, mantenimiento y recuperación de recursos.

2. La compatibilidad de la programación física, económica y social de la Provincia, con la preservación y mejoramiento del ambiente.

3. Una distribución equilibrada de la urbanización en el territorio.

4. La asignación prioritaria de medios suficientes para la elevación de la calidad de vida en los asentamientos humanos.

La “Constitución de la Provincia de Rio Negro” en su artículo nº 84 menciona que todos los habitantes tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano, libre de factores nocivos para la salud, y el deber de preservarlo y defenderlo.

Con este fin, el Estado:

1. Previene y controla la contaminación del aire, agua y suelo, manteniendo el equilibrio ecológico.

2. Conserva la flora, fauna y el patrimonio paisajístico.

3. Protege la subsistencia de las especies autóctonas; legisla sobre el comercio, introducción y liberación de especies exóticas que puedan poner en peligro la producción agropecuaria o los ecosistemas naturales.

4. Para grandes emprendimientos que potencialmente puedan alterar el ambiente, exige estudios previos del impacto ambiental.

5. Reglamenta la producción, liberación y ampliación de los productos de la biotecnología, ingeniería nuclear y agroquímica, y de los productos nocivos, para asegurar su uso racional.

6. Establece programas de difusión y educación ambiental en todos los niveles de enseñanza.

7. Gestiona convenios con las provincias y con la Nación para asegurar el cumplimiento de los principios enumerados.

4-b.- Teniendo presente las distintas generaciones de Derechos humanos reconocidas por la doctrina ¿Qué derechos están en juego y de qué generación en el presente caso?

Los derechos que se encuentran en juego en este caso de los Derechos Humanos de Tercera Generación.

Los derechos humanos de tercera generación son los llamados derechos del pueblo o de solidaridad, porque surgen como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones y los distintos grupos que las integran. Hacen referencia a tres tipos de bienes: paz, desarrollo y medio ambiente.

Especialmente se podría destacar que los derechos no respetados en este caso puntual son tres:

- Derecho a un Medio Ambiente Sano.

- Derecho al Acceso de la Información.

- Derecho a la Educación Ambiental

4- c.- ¿El desarrollo industrial y el crecimiento económico del sector constituyen obstáculos para un desarrollo sustentable? Fundamente su respuesta teniendo en cuenta el caso planteado.

El desarrollo industrial y el crecimiento económico no son obstáculos para un desarrollo sustentable. Si cada uno de los integrantes del sistema que intervienen toman el compromiso, algunos con mayor y otros con menor carga en la distribución de obligaciones enmarcadas en la ley de protección ambiental.

Por ello, hablamos de Desarrollo sustentable, como punto medio y equitativo entre el desarrollo económico y la preservación del medio ambiente.

Aquí aparece otro aspecto que también tiene incidencia en la temática y es la vinculación que existe entre la seguridad laboral y el medio ambiente. Las empresas tienen un rol decisivo puertas hacia adentro pero también hacia afuera de su ámbito, en el cuidado y protección de la salud del trabajador y del medio ambiente.-

4- d.- Ante la denuncia de la ONG VZ por no poder acceder a los informes de áreas ambientales y partiendo de que el acceso a la información es un derecho que tienen las personas, ¿en qué casos el Estado podría negar el acceso a la información?

Como comenta el artículo nº 7 de la Ley de Régimen de Libre Acceso nº 25.831, la denegación de la información ambiental solicitada, puede ser denegada únicamente cunado:

a) Cuando pudiera afectarse la defensa nacional, la seguridad interior o las relaciones internacionales;

b) Cuando la información solicitada se encuentre sujeta a consideración de autoridades judiciales, en cualquier estado del proceso, y su divulgación o uso por terceros pueda causar perjuicio al normal desarrollo del procedimiento judicial;

c) Cuando pudiera afectarse el secreto comercial o industrial, o la propiedad intelectual;

d) Cuando pudiera afectarse la confidencialidad de datos personales;

e) Cuando la información solicitada corresponda a trabajos de investigación científica, mientras éstos no se encuentren publicados;

f) Cuando no pudiera determinarse el objeto de la solicitud por falta de datos suficientes o imprecisión;

g) Cuando la información solicitada esté clasificada como secreta o confidencial por las leyes vigentes y sus respectivas reglamentaciones.

La denegación total o parcial del acceso a la información deberá ser fundada y, en caso de autoridad administrativa, cumplimentar los requisitos de razonabilidad del acto administrativo

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