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Trabajo Legislación Ambiental Acuerdos Bilaterales en Materia Ambiental de Chile

Enviado por   •  7 de Marzo de 2018  •  1.701 Palabras (7 Páginas)  •  423 Visitas

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En chile el tratado está regulado por el DS 685 el Ministerio de Relaciones Exteriores

Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (suscrito en 2001) y Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (suscrito en 1998)

Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos y Persistentes (COP), también conocido como el "Convenio de COP's", fue firmado por representantes de más de cien países de todo el mundo en mayo del 2001 en Estocolmo, Suecia. El Convenio es un instrumento internacional para el control y eliminación de 12 compuestos peligrosos que han sido agrupados bajo el calificativo de "la Docena sucia". El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) anunció la entrada en vigor del convenio para el 17 de mayo de 2004 luego de que Francia se convirtiera en el 50º estado en ratificar el acuerdo. El convenio centra su atención en la llamada "Docena sucia" que se divide de la siguiente manera: nueve compuestos químicos prioritarios a ser eliminados, de ellos ocho son plaguicidas: aldrin, endrin, dieldrin, toxafeno, mirex, heptacloro, DDT, clordano, yun producto de uso industrial: PCB, y tres cuya generación deberá ser reducida al máximo el: HCB, que puede ser plaguicida producto industrial, y dos subproductos generados de manera no intencional: dioxinas y furanos. Los Contaminantes Orgánicos Persistentes son productos y subproductos de la actividad industrial humana que se definen por su volatilidad, su gran estabilidad química y su capacidad para acumularse en los tejidos grasos de los organismos vivos. En concentraciones extraordinariamente bajas, estas sustancias son capaces de inducir trastornos hormonales, nerviosos, inmunológicos y reproductivos, así como cánceres y tumores de múltiples tipos. Los gobiernos buscarán se reunirán para la primera sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención (COP, por sus siglas en inglés) en Punta del Este, Uruguay a principios de 2005.Una de las prioridades de la reunión será ayudar a los países a combatir la malaria al reemplazar al DDT con alternativas cada vez más efectivas y seguras. La Conferencia de las Partes también establecerá un Comité para evaluar otros químicos y plaguicidas que podrían agregarse al objetivo de lista inicial de la "Docena sucia.

Chile ratifica el convenio la primera semana de enero de 2005 y está regulado bajo el Decreto Supremo N°38 del Ministerio de Relaciones Exteriores .El Convenio de Estocolmo representa un avance en los acuerdos internacionales para proteger el ambiente, la salud humana y animal debido a que incorpora no solo en el preámbulo sino también en su parte operativa, el enfoque precautorio y demanda la eliminación de ciertos plaguicidas y químicos industriales que tienen diversos efectos crónicos, entre ellos, cáncer, disrupciones hormonales y también alteraciones en el desarrollo reproductivo e inmunológico.

Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación (suscrita en 1994, ratificada en 1998)

También conocida como UNCCD es un acuerdo Internacional universal cuyo fin es promover una respuesta global para la desertificación en especial en Africa, entro en vigor en 1996. Cuenta con 194 países miembros, busca el desarrollo sostenible, aplicando un enfoque integrado consistente con la Agenda 21, fomenta la participación de la sociedad civil y la transferencia de la ciencia y la tecnología y su combinación eficaz con el conocimiento tradicional. Aunque la convención es un acuerdo entre países en vías de desarrollo y países desarrollados para asegurar la acción global para combatir la desertificación, también incluye compromisos nacionales específicos para acciones concretas.

Chile adoptó un Plan de Acción Nacional, documento básico para la acción nacional en este tema, que lo coordina CONAF. El plan está en implementación y abarca un primer período de ejecución desde 2002-2007, y tiene establecido un Comité Nacional de Lucha contra la Desertificación, coordinado por dicha entidad. Se han elaborado dos informes-país (1999-2001). Se cuenta con financiamiento para la lucha contra la desertificación, con aportes de USD115 millones, que se usan en forestación, riego, recuperación de suelos degradados y áreas desertificadas. Se han recuperado mediante estos instrumentos, 3 millones de hectáreas. Falta aún recuperar más de 45 millones de hectáreas afectadas.

En chile se encuentra establecido en el Decreto supremo 2065 del 20 de noviembre de 1997.

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