INTRODUCCIÓAN AL DERECHO AMBIENTAL, DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE
Enviado por Sandra75 • 10 de Abril de 2018 • 17.064 Palabras (69 Páginas) • 524 Visitas
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“EL HECHO ES QUE LA METAFÓRICAMENTE LLAMADA ´VENGANZA DE LA NATURALEZA´HA COLOCADO AL HOMBRE MODERNO EN LA INELUDIBLE NECESIDAD DE ESTABLECER UN SISTEMA DE PROTECCIÓN JURÍDICA DE LAS CONDICIONES QUE HACEN POSIBLE LA VIDA, SISTEMA CUYA COMPLEJIDAD QUE ASUME LA RELACIÓN SOCIEDAD-NATURALEZA HASTA DONDE ES CONOCIDA HOY EN DÍA. POR ESO ES QUE SE DICE QU EL DERECHO AMBIENTAL ES UN DERECHO NUEVO, QUE SE ENCUENTRA EN UNA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN, AUNQUE LO CIERTO ES QUE SUS RAÍCES SON ANTIGUAS Y, MUCHAS VECES, LE SON ÚTILES COMO ÚTIL ES EL CIENTÍFICO MODERNO, EL CONOCIMIENTO EMPÍRICO DEL HOMBRE DE ANTAÑO.
COMO UN DATO DISTINTIVO DE LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO AMBIENTAL, CABE DESTACAR A LOS SISTEMAS JURÍDICOS CAPITALISTAS, LOS QUE EN SU ORIGEN SE ENCUENTRAN INSPIRADOS EN PRINCIPIOS QUE TIENEN POCO CON LA PARTE MEDULAR DE DICHA DISCIPLINA LEGAL, EL QUE MEJOR HA EXPRESADO SUS ALCANCES ES EL JURISTA CAMBACÉRES, QUIEN EN 1794 RESUMÍO LAS IDEAS CENTRALES DEL FUTURO CÓDIGO CIVIL DE LOS FRANCESES, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: “TRES COSAS SON NECESARIAS Y SUFICIENTES PARA EL HOMBRE EN SU VIDA SOCIAL: SER DUEÑO DE SU PERSONA, CONTAR CON BIENES PARA SATISFACER SUS NECESIDADES Y PODER DISPONER EN SU PROPIO INTERÉS DE SU PROPIA PERSONA Y DE SUS BIENES. TODOS LOS DERECHOS CIVILES SE REDUCEN ENTONCES A LOS DERECHOS DE LIBERTAD, DE PROPIEDAD Y DE CONTRATAR”.
DICHAS IDEAS SI BIEN ES CIERTO QUE TIENEN UN ENFOQUE DIRECTO DEL DERECHO PRIVADO; TAMBIÉN LO ES QUE, GENERAN EFECTOS AMBIENTALES, EN TANTO SE OCUPEN DE RECURSOS NATURALES Y CONTRIBUYEN A DEFINIR SU RÉGIMEN JURÍDICO, POR ELLO SI INFLUENCIA ES INDISCUTIBLE PARA FORMAR EL DERECHO AMBIENTAL.
EN UNA SEGUNDA ÉPOCA, EL DERECHO DE CAPITALISMO, ASUMÍO UNA ORIENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE DIRECCIÓN, EN VIRTUD DE QUE LEGALMENTE SE FACULTÓ AL ESTADO PARA PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE, Y TAL OBLIGACIÓN, FUE UNA PREOCUPACIÓN QUE SE EXPRESÓ, EN EL CAMPO JURÍDICO, A TRAVÉS DE LA PROTECCIÓN DE CADA UNO DE LOS ELEMENTOS NATURALES QUE SE CONSIDEREN MÁS RELEVANTES. LOS ORDENAMIENTOS QUE SE EXPIDIERON PARA LA PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, ILUSTRAN CON MUCHA CLARIDAD SU RAZÓN DE SER; LAS LEYES SOBRE AGUAS, FLORA, FAUNA, BOSQUES, Y OTRAS TIENEN UN CAMINO NETAMENTE AMBIENTALISTA.
EL DERECHO AMBIENTAL COMO DISCIPLINA DIDÁCTICO PEDAGÓGICO ES DE RECIENTE FORMACIÓN QUE NO VA MÁS ALLÁ DE UNOS 30 AÑOS, CUYOS ESTUDIOS ORIGINALES LOS ENCONTRAMOS EN FRANCIA DESDE 1973, CON LAS OBRAS DE JEAN LAMARQUE Y DE MICHEL PRIEUR, ADEMÁS DE UNA REVISTA DE DERECHO AMBIENTAL DE DIVERSOS TRABAJOS MONOGRÁFICOS; EN ESPAÑA LA OBRA DE RAMÓN MARTÍN MATEO QUE DATA DE 1977, SEGUIDO DE RELEVANTES APORTACIONES MONOGRÁFICAS, EN ITALIA CON LA INVESTIGACIÓN DE MASSIMO SEVERO GIANNINI, PUBLICADA EN 1873, SIGUIÉNDOLE OTROS TRABAJOS QUE SON DIGNOS DE CONSULTA; EN MÉXICO LA OBRA DE RAÚL BRAÑES QUE DATA DE 1987, LAS PUBLICADAS POR PORRÚA, FONDO DE CULTURA ECONÓMICA, OTRAS EDITORIALES, POR DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS FEDERALES Y OTRAS INSTITUCIONES PREOCUPADAS POR LOS PROBLEMAS AMBIENTALES, QUE HAN HECHO IMPORTANTES APORTACIONES DOCTRINALES, LA QUE EN SU CONJUNTO HAN DADO PAUTA PARA CIMENTAR EL CONOCIMIENTO Y ESTUDIO DEL DERECHO AMBIENTAL, SIN PERDER DE VISTA QUE FALTA MUCHO POR AVANZAR EN ESTA CUESTIÓN, Y PARA ELLO SE DEBE IMPULSAR SU ESTUDIO EN TODOS LOS NIVELES DE ENSEÑANZA, EN INSTITUTOS Y AGRUPACIONES QUE TIENEN QUE VER CON EL MEDIO AMBIENTE. ARGENTINA, BRASIL, PANAMÁ, VENEZUELA, COSTA RICA, PUERTO RICO, TANBIÉN CUENTA CON UN IMPORTANTE ACERVO DOCTRINAL DE LA DISCIPLINA JURÍDICA QUE ME OCUPA.
EN EFECTO, LA AUTONOMÍA DEL DERECHO AMBIENTAL, SE ESTÁ DANDO PARA FINES DIDÁCTICOS Y PEDAGÓGICOS, AL CONTAR CON UN SISTEMA DOCTRINAL Y JURÍDICO QUE ES OBSERVABLE EN SU CAMPO DE APLICACIÓN PRÁCTICA, PARA PROTEGER EL MEDIO AMBIENTE Y DARLE EFICACIA AL EQUILIBRIO ECOLÓGICO REGIONAL, NACIONAL E INTERNACIONAL.
- INTRODUCCIÓN A LOS CONCEPTOS AMBIENTALES
EL MEDIO AMBIENTE, ES EL CONJUNTO DE CIRCUNSTANCIAS NATURALES, FÍSICAS, CULTURALES, ECONÓMICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES QUE RODEAN A LOS SERES VIVOS.
ALGUNOS SOSTIENEN QUE LA PALABRA AMBIENTE SE UTILIZA PARA DESIGNAR GENERALMENTE TODOS LOS SISTEMAS POSIBLES DENTRO DE LOS CUALES SE INTEGRAN LOS ORGANISMOS VIVOS. LEGALMENTE, SE CONCEPTÚA AL AMBIENTE COMO EL CONJUNTO DE ELEMENTOS NATURALES Y ARTIFICIALES INDUCIDOS (QUE SIRVEN DE APOYO) AL HOMBRE Y QUE HACEN POSIBLE LA EXISTENCIA Y DESARROLLO DE LOS SERES HUMANOS Y DEMÁS ORGANISMOS VIVOS QUE SE RELACIONAN O TIENEN INFLUENCIA RECÍPROCA EN UN ESPACIO Y TIEMPO DETERMINADOS.
PARA ESTUDIAR, PROTEGER, RESTABLECER Y SENTAR BASES CIENTÍFICAS EN LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, HA SURGIDO LA ECOLOGÍA, COMO UNA DISCIPLINA QUE SE REFIERE AL CONOCIMIENTO DE LOS POBLADORES DE LA TIERRA COMO SON: PLANTAS, ANIMALES, MICROORGANISMOS Y EL GÉNERO HUMANO, QUIENES SE RELACIONAN O SE NECESITAN RECÍPROCAMENTE PARA PODER SUBSISTIR. EN OTRAS PALABRAS, SE TRATA DE UNA CIENCIA NATURAL QUE ESTUDIA LAS RELACIONES ENTRE LOS SERES VIVOS Y SU MEDIO AMBIENTE, Y QUE LLEVA COMO OBJETIVO CENTRAL, INSTITUIR PRINCIPIOS, REGLAS QUE PERMITAN UN EQUILIBRIO EN LA EXISTENCIA, DESARROLLO, TRANSFORMACIÓN, BIENESTAR DEL HOMBRE Y LOS DEMÁS SERES VIVOS.
EN ESAS CONDICIONES, PARA EL MUNDO DEL DERECHO, HA SURGIDO UNA NUEVA DISCIPLINA QUE HOY EN DÍA ES MOTIVO DE UN ESTUDIO ESPECIAL EN LAS ESCUELAS Y FACULTADES DE DERECHO, Y DE OTRAS CARRERAS AFINES, DANDO LUGAR AL “DERECHO AMBIENTAL”, DENTRO DEL CUAL SE ABORDAN LOS PRINCIPIOS ECOLÓGICOS, PARA ESE EFECTO CUENTA CON SUS PROPIOS INGREDIENTES JURÍDICOS Y DOCTRINALES, SU CAMPO DE ACTUACIÓN PRÁCTICA, PARA FORMAR PROFESIONISTAS CON UN SENTIDO ESPECIALIZADO, QUE PUEDAN SER ÚTILES A LA SOCIEDAD EN LA MATERIA QUE ME OCUPA.
EL DERECHO AMBIENTAL, ES UN CONJUNTO DE NORMAS JURÍDICAS DE DERECHO PÚBLICO, QUE REGULAN LAS RELACIONES DE LOS SERES HUMANOS CON LOS DIVERSOS RECURSOS NATURALES EXISTENTES EN EL MEDIO EN EL QUE SE DESARROLLAN. DE IGUAL FORMA, PUEDO AFIRMAR QUE SE TRATA DE UN SISTEMA DE PRECEPTOS LEGALES QUE TIENEN COMO DESTINO REGULAR LAS CONDUCTAS HUMANAS QUE INFLUYEN DIRECTA O INDIRECTAMENTE EN LA PROTECCIÓN, PRESERVACIÓN, APROVECHAMIENTO Y RESTAURACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES PARA DARLE EFICACIA AL EQUILIBRIO ECOLÓGICO.
CORROBORO, QUE LA ECOLÓGIA, ES LA CIENCIA QUE AYUDA A ATENDER LA FORMA COMO EL AMBIENTE SE ESTRUCTURA Y FUNCIONA, POR ESO, PARA DAR RESPUESTA A LOS PROBLEMAS AMBIENTALES SE HIZO IMPRESCINDIBLE LA CREACIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL, PARA REGULAR LOS DIVEROS ACTOS O FENÓMENOS NOCIVOS QUE ACTÚAN CONTRA LA SALUD Y BIENESTAR DE LOS SERES HUMANOS Y LOS RECURSOS NATURALES QUE UTILIZA EN SU PROVECHO.
LA PALABRA
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