1. Los montacargas utilizados en las instalaciones de la empresa, deberán ser operados exclusivamente por personal debidamente autorizado.
Enviado por Albert • 15 de Febrero de 2018 • 892 Palabras (4 Páginas) • 444 Visitas
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21. Nunca permita que personas se coloquen debajo de las cargas elevadas.
22. La carga deberán bajarse despacio porque una bajada brusca hará que la máquina se incline hacia delante y posiblemente se voltee o despida al operador.
23. La carga deberá inclinarse contra la rejilla estibadora antes de mover el montacargas
24. Se deberá verificar la altura disponible antes de elevar cargas, la cual deberá estar libre de vigas, tuberías, alumbrado y otros obstáculos.
25. Deberán asegurarse que los materiales sean apilados de manera que la carga pesada a la parte más grande sea colocada abajo.
26. Deberán asegurarse que las cestas y/o racks calcen en todos sus extremos correctamente. Se deben retirar para su reparación o eliminación todas las cestas o racks que no permitan un buen acople.
27. Cuando se apilan o sacan materiales, deberán asegurarse de no desequilibrar la pila.
28. Nunca se deberá obstaculizar el acceso a los equipos de extinción, puertas de emergencia, camillas, lava ojos de emergencia ni las estaciones manuales.
29. Nunca deberán introducir el cuerpo o parte de el a través de los soportes verticales del montacargas. Hacer esto puede resultar en lesiones graves.
30. No se deberá apilar material tan alto que obstaculice la función de los equipos contra incendio.
31. Nunca opere el montacargas en áreas donde existan derrames de productos inflamables hasta tanto no se considere el área libre de vapores peligrosos.
Sanciones por incumplimiento de reglamento
1.- si en el montacargas se le visualiza un daño superficial que sea debido al uso incorrecto y/o no autorizado por su jefe inmediato, se sancionara con la reparación de dicho daño.
2.- si el montacargas tiene un daño interno por exceso de uso o sobrecarga, se sancionara con la reparación de dicho daño.
3.- si en el montacargas sucede una negligencia que provoque un daño en el operador o terceros, el conductor es responsable de los daños sucedidos.
4.- si se incumple con una de las reglas de seguridad la sanción la determinara el encargado de bodegas.
Los montacargas que presenten un daño o que haga falta de mantenimiento, reportar de inmediatamente con el encargado de mantenimiento para llevar a cabo la reparación y así no dañar más a el equipo.
Firma de conformidad del reglamento y sanciones
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Firma de encargado de mantenimiento firma encargado de bodegas
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