ACTIVIDAD 1) En relación al Derecho del Trabajo contesta sintéticamente a las siguientes cuestiones:
Enviado por Kate • 30 de Diciembre de 2017 • 1.990 Palabras (8 Páginas) • 773 Visitas
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- En relación a estos trabajadores indica si tienen jornada completa o parcial.
- Maestro: 30 horas semanales.
Jornada completa.
- Educador Infantil: 35 horas semanales.
Jornada completa.
- Técnico Superior en Educación Infantil: 38 horas semanales.
Jornada completa.
- Cocinera: 39 horas semanales.
Jornada completa.
- Jefe de mantenimiento: 20 horas semanales.
Jornada parcial.
¿Cuántas horas extraordinarias habrá realizado un Técnico Superior en Educación Infantil a jornada completa que la semana pasada prestó servicios durante 45 horas/semana? ¿Está obligado a realizarlas? ¿Cuántas horas extraordinarias puede realizar en un día, y en un año?
- Realizó 7 horas extraordinarias.
- Las horas extraordinarias son de libre aceptación por el trabajador.
- Las horas extraordinarias quedan limitadas a cuarenta y ocho horas y media anuales.
- ¿Qué duración podrá tener el periodo de prueba de los siguientes trabajadores?
- Contrato de interinidad de un Educador Infantil:
3 meses.
- Contrato indefinido de un maestro/a:
11 meses.
- Contrato en prácticas de un Técnico Superior:
2 meses.
- ¿Cuál será la duración de las vacaciones de un Educador Infantil a jornada completa y de un Maestro a tiempo parcial que han prestado servicios un año completo?
Las vacaciones de un Educador Infantil a jornada completa serán de un mes al año.
Las vacaciones de un Maestro a tiempo parcial serán de un mes al año.
Todo el personal tendrá derecho cada año completo de servicios a un mes de vacaciones.
ACTIVIDAD 5) En relación a los supuestos planteados indica la duración y si se trata de un permiso retribuido o de una suspensión de contrato no retribuida.
- Matrimonio del trabajor/a:
15 días naturales retribuidos.
- Fallecimiento de un abuelo:
2 días, pero cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, fuera de la provincia, el plazo será de cuatro días. Remunerados.
- Baja médica de 20 días:
El tiempo indispensable para el cumplimiento. Retribuidos.
- Traslado de domicilio:
1 día, mejorable por Convenio colectivo. Retribuidos.
- Asistencia a un curso de formación o perfeccionamiento profesional:
20 horas anuales. Retribuidos.
- Descanso por paternidad:
2 días, pero cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, fuera de la provincia, el plazo será de cuatro días, mejorables por Convenio colectivo. Retribuidos.
- Asistencia de juicio como testigo de parte:
El tiempo indispensable para el cumplimiento. Retribuidos.
- Realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto:
Tiempo indispensable, previo aviso y justificación. Retribuidos.
- Excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años:
No será superior a tres años. No remunerados.
- La huelga:
Es un derecho y es de libre elección, si se va a la huelga no es retribuido ese día.
ACTIVIDAD 6) Indica tres casos en los que se contemple la posibilidad de que el trabajador pueda exigir a la empresa una reducción de jornada.
- Por cuidado de un menor de 12 años.
- Cuidado de un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad que no trabaje y no pueda valerse por sí mismo.
- Ser responsable de una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial.
ACTIVIDA 7) Calcula el salario neto y la cantidad a embargar partiendo de los datos siguientes:
- Categoría profesional: Técnico de Educación Infantil.
- Contrato indefinido a tiempo completo.
- Grupo de cotización 2º.
- Retribución pactada en el contrato:
- Salario base: 890,00 €
- Plus de turno: 180,50 €
- Dos pagas extraordinarias de cuantía igual al salario base (junio y diciembre).
- Plus transporte: 60,00 €
- Plus vestuario: 25,00 €
En el mes de junio ha realizado 6 horas extraordinarias por lo que le abonan 178,02 €.
La empresa debe descontarle este mes por orden judicial en concepto de embargo por impago de una multa de tráfico 130 €.
El tipo de retención por IRPF es de un 8%.
Salario bruto es de 3.113,52€
Descuentos de todas las retenciones IRPF y seguridad social es de: 446,81€
Restamos las retenciones al salario bruto y es de: 2.666,71€ (importe neto)
Dividimos el importe neto anual entre el número de
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