ALIMENTOS GUARDA Y CUSTODIA ESTADO DE MEXICO.
Enviado por klimbo3445 • 6 de Marzo de 2018 • 1.688 Palabras (7 Páginas) • 565 Visitas
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Así las cosas, y de lo anterior narrado, a través de mis vecinos y familiares del suscrito quienes responden a los nombres de CC. __________________ me comencé a enterar que la hoy la C. JOSEFINA LÒPEZ JUAREZ ya tenía esa conducta pero de manera esporádica.
VIII.- Aunado a todo lo anterior el suscito nunca dejo de proporcionar a través de los CC. _____________________ Le hacía llegar a la C. JOSEFINA LÒPEZ JUAREZ el gasto o dinero para la compra de alimentos que estaba acostumbrado el suscrito a dar en casa, con efecto de que mi familia, es decir; concubina y menores hijos tuvieran la procuración debida.
De lo antes descrito, hago del conocimiento a su Señoría que a partir del día 23 de junio del presente año, la C. JOSEFINA LÒPEZ JUAREZ se negó a recibir el dinero que el suscrito envió a través de los CC. ________________ como lo hacía de costumbre para cubrir los alimentos necesarios para mi familia ya mencionada, por lo que acompañado por las personas antes mencionadas me di a la tarea de acudir a la tienda denominada CHEDRAHUI S.A DE C.V. con el fin de hacer las compras de alimentos necesarios para el menester de mi familia y así por ende entregue a los mismos. Tickets que anexo en original a la presente demanda y testigos que comprometo a presentar en el momento procesal oportuno.
PRUEBAS
1.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en la copia certificada de las Actas de Nacimiento de nuestros menores hijos de nombres DIEGO ARMANDO, MARIANA Y OSMAR RODRIGO todos de apellidos VEGA LÒPEZ, pruebas que relaciono con el hecho III de mi escrito inicial de demanda.
2.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en los 2 (dos) tickets de compra en originales de la tienda denominada CHEDRAHUI S.A. de C.V. pruebas que relaciono con el hecho VIII de mi escrito inicial de demanda.
3.-.CONFESIONAL.- A cargo de los CC. __________________________, quienes deberán ser citados el día y hora que señale sus señoría en la Audiencia Principal para que comparezca en forma personal y no por conducto de apoderado legal alguno a absolver posiciones, al tenor del pliego de posiciones que será exhibido en tiempo y forma, previa su calificación de legales, apercibido de que en caso de no comparecer se le tendrá por confeso de las que previamente se hayan calificado de legales, prueba que relaciono con todas y cada una de los hechos de mi escrito inicial de demanda.
4.- DECLARACIÓN DE PARTE. A cargo de la C. JOSEFINA LÒPEZ JUAREZ quien deberá ser citada el día y hora que señale su señoría en la Audiencia Principal para que comparezca en forma personal y no por conducto de apoderado legal alguno, prueba que relaciono con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de demanda.
5.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES. Consistente en todo lo actuado y que beneficie a los intereses del suscrito y a nuestros menores hijos.
6.- PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consiste en todos aquellos hechos conocidos y demostrados en autos que tienden a acreditar los desconocidos y por conocer que favorezcan nuestros intereses.
MEDIDAS PROVISIONALES
1-.La guarda y custodia de nuestros menores hijos de manera provisional para la suscrita y en su momento definitiva.
2-. La pensión de alimentos para nuestro menor hijo consistente en lo que considere justo su Señoría de todas las percepciones ordinarias y extraordinarias que obtiene la demandada en su actual fuente laboral, por lo que solicito de la manera más cordial a su Señoría, le pida a la C. JOSEFINA LÒPEZ JUÀREZ informe a este H. Juzgado sus percepciones ordinarias y extraordinarias de manera mensual.
3.- Se le aperciba a la demandada de no molestar al suscrito y a nuestros menores hijos, así como a familiares y bienes personales y en caso de ser omiso se le imponga una medida de apremio.
DERECHO
En cuanto al fondo son aplicables los artículos 4.203, 4.204, 4.205, 4.228, 4.403, 4.404, 4.126 al 4.146 y demás relativos y aplicables del Código Civil vigente para el Estado de México, ASI COMO EL ARTICULO 12 DE LA CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE QUE A LA LETRA VERSA “ EL NIÑO DEBE SER ESCUCHADO CADA VEZ QUE SE TOMAN DECISIONES QUE LO AFECTAN DIRECTAMENTE”.
El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos, 5.1, 5.2 fracción I, al 5.8, 5.16 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente para esta entidad.
Por lo antes expuesto y fundado,
A usted C. Juez atentamente solicito:
PRIMERO.- Tenerme por presentada, en los términos del presente escrito y documentos que acompaño, demandando de la C. JOSEFINA LÒPEZ JUÀREZ la guarda y custodia de mis menores hijos y demás prestaciones.
SEGUNDO.- Se otorgue la pensión solicitada por el suscrito en su tiempo provisional y en brevedad de manera definitiva a favor de lo solicitado.
TERCERO.- Emplace a la demandada en el domicilio señalado, a efecto de que de contestación a la presente demanda.
CUARTO.- Aprobar las medidas cautelares y en su momento girar oficios respectivos de descuento.
PROTESTO LO NECESARIO
GONZALO VEGA ALMAZÀN
ABOGADO PATRONO.
LIC. EDITH LORENA RUIZ VILLASANA
CED. PROF. 6589629
REG.
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