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Antecedentes y Conceptos dedo derecho constitucional

Enviado por   •  28 de Enero de 2018  •  61.450 Palabras (246 Páginas)  •  483 Visitas

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Emmanuel Sieyés

Poder constituyente es la capacidad que tiene el pueblo de darse una organización política-jurídica y de asumir en cualquier momento la toma de decisiones que considere prudente, no sólo en la etapa inicial y creadora del Estado sino también en cualquier instante posterior al nacimiento mismo.

Poder constituido emergen o nacen de la voluntad suprema del Poder Constituyente para darle al colectivo nacional una organización política y establecer en la Ley Marco Constitucional las bases fundamentales del ordenamiento jurídico, y como consecuencia de ello, esos poderes constituidos son derivativos, están limitados y regulados normativamente por la voluntad del poder constituyente

Los poderes constituidos son los instrumentos o medios a través de los cuales se cumplen las funciones del estado y son necesarios para alcanzar los fines y propósitos de una sociedad organizada;

Diego Hernández

- Definición y características del derecho constitucional

La rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estado se conoce como derecho constitucional. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintos órganos.

Derecho constitucional

Más concretamente aún podemos determinar que el derecho constitucional se encarga de llevar a cabo el estudio de lo que es la teoría de los derechos humanos, la del poder, la de la Constitución y finalmente la del Estado.

Características

El poder político está formado por las instituciones a las cuales la sociedad les ha otorgado el monopolio del uso de la violencia. Es decir, el poder político tiene la capacidad de coerción para obligar a cumplir sus mandatos imperativos a través de la violencia legítima, siempre y cuando este uso sea necesario.

El derecho constitucional, que pertenece al derecho público, se sustenta en la Constitución, un texto jurídico-político que fundamenta el ordenamiento del poder político. La Constitución es la norma suprema de un país, por lo que prevalece sobre cualquier otra normativa o ley.

La Constitución se caracteriza por su rigidez, ya que sólo puede ser modificada bajo ciertas condiciones excepcionales que se encuentran recogidas en su propio texto. La estructura constitucional contempla un preámbulo, una parte dogmática (con los derechos fundamentales procesales y sustantivos) y una parte orgánica (con la creación de los poderes constituidos).

En el caso, por ejemplo, de la Constitución Española, que data del año 1978, está conformada por un preámbulo, una parte dogmática que está conformada por el título preliminar y por el título primero, así como por una parte orgánica que va desde el título segundo hasta el título décimo, y finalmente por un conjunto de disposiciones (cuatro adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final).

Es importante subrayar que en el mencionado preámbulo adquieren el protagonismo el respeto a los derechos humanos, los valores democráticos, la consagración del Estado del Derecho y lo que es el conjunto de objetivos fundamentales que se establece la Constitución como elemento a conseguir.

En la parte dogmática, por su parte, se dan cuenta de los citados derechos fundamentales así como de sus garantías, los principios rectores de la política social y económica y finalmente los principios constitucionales. Estos no son otros que los valores superiores del ordenamiento jurídico (igualdad, libertad, pluralismo político y justicia), que España es un Estado Social y democrático de Derecho así también como un conjunto de principios de organización política. En este caso toman protagonismo la monarquía parlamentaria, la unidad de la nación española o la solidaridad interterritorial, entre otras cuestiones y pilares fundamentales dentro del país.

Mientras, la parte orgánica lo que hace es desarrollar el diseño de la división de poderes: ejecutivo, judicial y legislativo.

Entre los principios doctrinales del derecho constitucional, aparece la división de poderes (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial) y la protección del Estado de derecho (el poder estatal sometido a un orden jurídico), la soberanía nacional y los derechos fundamentales (estabilidad y control de la constitucionalidad, que es el mecanismo jurídico que garantiza el cumplimiento de las normas constitucionales).

Biblioteca jurídica UNAM

Rama del ordenamiento jurídico que se ocupa de regular los órganos del Estado; el procedimiento a través del cual se manifiesta el poder o la voluntad del Estado, así como el reconocimiento y garantía de los derechos públicos subjetivos de los ciudadanos. Se denomina «Derecho constitucional» porque el texto normativo que sustenta esta disciplina científica y en el que se halla sistematizado este Derecho es la Constitución.

Conjunto de reglas jurídicas concernientes a las “instituciones en virtud de las cuales se trasmite o se ejerce la autoridad en el Estado” (M. PRÉLOT).

El calificativo constitucional proviene de las reglas fundamentales de este derecho están contenidas en el documento especial que se llama Constitución.

Derecho Constitucional

1. Conjunto de normas jurídicas que regulan la organización fundamental del Estado. 2. Rama del Derecho público que estudia estas normas. El Derecho Constitucional clásico se centra en la Constitución como esquema de normas de organización y utiliza el método positivo. Posiciones doctrinales más modernas propugnan un enfoque dinámico, que incluya el estudio de las ideologías y la realidad social en que se enmarca la norma constitucional. El Derecho Constitucional comparado estudia las Constituciones de distintos Estados, examinando sus peculiaridades y contrastes (V. Constitución; forma de gobierno).

Si el Derecho político es la parte del Derecho público que estudia la organización y funcionamiento del Estado desde el punto de vista de sus temas y problemas esenciales, el Derecho constitucional es la parte del Derecho político que se dedica a la estructura básica del Estado y estudia las normas fundamentales de su organización, generalmente vertebradas en un texto constitucional. Modernamente se incorpora, como parte del Derecho constitucional, el estudio

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