CIUDADANO LICENCIADO ARTEMIO FREDY ALFARO ALFARO.
Enviado por karlo • 26 de Diciembre de 2017 • 1.674 Palabras (7 Páginas) • 476 Visitas
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moratorios del periodo del 09 NUEVE DE DICIEMBRE DEL 2013 DOS MIL TRECE AL 26 VEINTISÉIS DE MARZO DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE, manifiesto que a partir del día siguiente a la fecha que se regularizaron intereses, es decir a partir del 26 VEINTISÉIS DE MARZO DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE a la fecha actual han trascurrido 11 (once) meses y 06 (seis) días de la forma siguiente:
DEL 26 VEINTISÉIS DE MARZO DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE al 26 VEINTISÉIS DE FEBRERO DEL AÑO 2016 DOS MIL DIECISEIS. Trascurrieron 11 meses
DEL 26 VEINTISÉIS DE FEBRERO DEL AÑO 2016 DOS MIL DIECISEIS al 03 DE MARZO DEL AÑO 2016 DOS MIL DIECISEIS Trascurrieron 6 días.
Total de meses: 11 meses y 6 días.
Por lo que en total representan 11 (ONCE) meses y 06 (SEIS) días de intereses no cubiertos, que mediante la simple operación matemática de 11 (quince) meses X $229.20 (Doscientos veintinueve pesos 20/100 moneda nacional.) cantidad que se genera de manera mensual por concepto de intereses moratorios resulta la cantidad de $2,521.20 (DOS MIL QUINIENTOS VEINTIÚN PESOS 20/100 MONEDA NACIONAL) , más 06 (SEIS) días de intereses moratorios que multiplicado X $7.64 (siete pesos 64/100 moneda nacional) que se generan de manera diaria y que resulta la cantidad de $ 45.84 (CUARENTA Y CINCO PESOS 84/100 MONEDA NACIONAL), hacen un total que asciende a la CANTIDAD DE $2,567.04 (DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 04/100 MONEDA NACIONAL) a la que debe ser condenada la parte demandada en regularización de Intereses salvo error aritmético en contrario, lo anterior en relación a que la condena de intereses es a tasa fija y fácilmente cuantificable.
P R U E B A S.
I.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en la SENTENCIA DEFINITIVA de fecha 07 siete de diciembre del año 2012, debidamente ejecutoriada y que se encuentra en el juicio principal del expediente al rubro citado, prueba que relaciono con todos los hechos del presente incidente.
II.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en la SENTENCIA INTERLOCUTORIA de fecha 18 de marzo del 2014 que se encuentra en el juicio principal del expediente citado en el proemio, prueba que relaciono con todos los hechos del presente incidente.
III.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en la SENTENCIA INTERLOCUTORIA de fecha 22 de mayo del 2015 que se encuentra en el juicio principal del expediente citado en el proemio, prueba que relaciono con todos los hechos del presente incidente
IV.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todas las actuaciones que tiendan a favorecerme en este juicio, prueba que relaciono con todos y cada uno de los hechos del presente incidente.
V.- LA PRESUNCIÓNAL LEGAL Y HUMANA en todo lo que favorezca al suscrito y que se deriven de los hechos de la demanda, prueba que relaciono con todos y cada uno de los hechos del presente incidente.
Por lo anterior expuesto, A USTED CIUDADANO JUEZ DEL RAMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAFLORES CHIAPAS atentamente solicito.-
PRIMERO.- Tenerme por presente con el escrito de cuenta promoviendo incidente de regularización de intereses, por la cantidad de CANTIDAD DE $2,567.04 (DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 04/100 MONEDA NACIONAL) tomando en consideración la sentencia definitiva de fecha 07 siete de diciembre del año 2012, la sentencia interlocutoria de fecha 18 de marzo del 2014 y la sentencia interlocutoria de fecha 22 de mayo del 2015 debidamente ejecutoriadas que obran en el juicio principal al rubro citado y por ofrecidas las pruebas que señalo en el presente ocurso.
SEGUNDO.- Que una vez seguido el procedimiento legal se dicte la sentencia interlocutoria condenatoria al demandado por la cantidad de CANTIDAD DE $2,567.04 (DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 04/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de intereses moratorio generados en el juicio principal hasta la presente.
PROTESTO LO NECESARIO.
Licenciado Baldemar Cruz Ramírez
Villaflores, Chiapas a 03 de Marzo del 2016 dos mil dieciséis
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