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CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA.

Enviado por   •  24 de Noviembre de 2017  •  2.390 Palabras (10 Páginas)  •  698 Visitas

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SEGUNDA.- PRECIO.- Las partes tanto “LOS VENDEDORES”, como “LA COMPRADORA” han convenido en fijar como precio total de la operación traslativa de dominio por la compraventa del inmueble materia de este contrato, la cantidad de $_______________(___________________________pesos 00/100 M.N.).

Dicha cantidad será cubierta mediante dos exhibiciones a cargo de “LA COMPRADORA”, de la siguiente manera:

- Un primer pago por la cantidad $______________________ (______________________________________ pesos 00/100 M.N.) de los cuales la cantidad de $______________________ (______________________ pesos 00/100 M.N.), se entregarán a la firma del presente contrato, sirviendo el mismo como recibo más amplio que en derecho proceda. Dicha cantidad se entregará mediante transferencia bancaria de fecha _________________________, siendo titular de la cuenta de origen LA COMPRADORA, transferencia a favor de la señora _______________________________, siendo esta última titular de la cuenta destino (Se agrega comprobante de transferencia bancaria) y la cantidad restante de $____________________ (_________________________________________ pesos 00/100 M.N.) quedaran como depósito en garantía en poder de LA COMPRADORA, hasta el día en que le sea entregada a esta última la posesión del inmueble, esto es ___________________________________:

- Un segundo y último pago por la cantidad restante, justo al momento en que EL BANCO, autorice la transferencia de la cantidad objeto del préstamo otorgado a LA COMPRADORA, a la cuenta de LOS VENDEDORES o de uno solo de ellos (en cuyo caso se entenderá pagado a ambos), fecha en la que también se verificará la escrituración ante notario público. Sirviendo la escritura pública como el recibo más amplio para LA COMPRADORA que en derecho proceda. Para el caso de que la cantidad transferida por EL BANCO a LOS VENDEDORES no llegase a cubrir íntegramente la totalidad del precio, la cantidad faltante se sumará para incrementar el deposito en garantía, descrito en el inciso anterior, de tal suerte que la totalidad del depósito en garantía se entregará a LOS VENDEDORES justamente a la entrega de la posesión del inmueble a LA COMPRADORA a más tardar el día 06 de Enero del 2015.

TERCERA.- PROHIBICIÓN DE GRAVAR.- Las partes convienen en que le estará expresamente prohibido a “LOS VENDEDORES”, ceder los derechos de este contrato, sin la previa autorización por escrito de la parte compradora, así como también le queda prohibido enajenar a diversa persona la cosa vendida, y comprometerla en árbitros, señalarla para embargo, hipoteca, o realizar cualquier acto que ponga en riesgo o genere daño al objeto de la compraventa, en cuyo caso será responsable de los daños y perjuicios que ello ocasione a LA COMPRADORA. Además de ser causal de rescisión del presente contrato.

CUARTA.- “LOS VENDEDORES” transmitirán a “LA COMPRADORA”, ante notario público, la propiedad de la casa, libre de todo gravamen, AD CORPUS y al corriente de las obligaciones tributarias que le correspondan.

QUINTA.- DOCUMENTACIÓN.- Por virtud de este contrato “LOS VENDEDORES” se obligan, sin necesidad de requerimiento previo, a entregar a la Notaria que elija “LA COMPRADORA”, toda la documentación inherente al inmueble objeto del presente contrato, principal aunque no exclusivamente, los testimonios notariales a que se hace alusión en los incisos a) y b) del capítulo de declaraciones, así como los comprobantes de pago de predial y agua de los últimos cinco años, y en general toda la documentación que le sea requerida, en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la firma del presente, instrumento, en el entendido de que si no se entrega la documentación en el término concedido, se entenderá incumplido dicho contrato por causa imputable a “LOS VENDEDORES” para los efectos de la CLÁUSULA OCTAVA de este instrumento.

SEXTA.- HONORARIOS.- “LAS PARTES” acuerdan que los avalúos, impuestos, honorarios, derechos y gastos derivados de la operación que se realicen, serán cubiertas por “LA COMPRADORA”. “LOS VENDEDORES” cubrirá el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y lo demás impuestos que le correspondan en caso de proceder conforme a derecho.

SÉPTIMA.- POSESIÓN.- Acuerdan las partes en que independientemente de la fecha en que se eleve a escritura pública el presente contrato de compraventa, LOS VENDEDORES INVARIABLEMENTE entregarán a LA COMPRADORA LA POSESION FISICA Y JURÍDICA del inmueble objeto de transmisión de dominio a más tardar el día _____________________________, siendo esta fecha improrrogable, en el entendido de que si llegada tal fecha no se verifica la entrega de la posesión citada, empezará a correr una pena convencional _______________________________diarios y por cada día de retraso en el cumplimiento de dicha obligación de entrega; cantidades que LOS VENDEDORES desde este momento autorizan les sean descontadas del depósito en garantía descrito en el inciso a) de la cláusula segunda del presente instrumento.

Al momento de la entrega física y jurídica del inmueble objeto de traslación de dominio, “LOS VENDEDORES” como legítimos propietarios del Inmueble se obligan a entregarlo totalmente desocupado, y sin ningún bien de su propiedad al interior, en el entendido de que si dejasen algún objeto no se reservan ningún derecho sobre él autorizando a LA COMPRADORA para que pueda deshacerse de él en la forma que más le convenga, así mismo deberá entregarse sin limitación de dominio y libre de adeudo fiscal o gravamen de cualquier otra naturaleza, queda comprendido por así corresponder conforme a derecho que LOS VENDEDORES se obliga al saneamiento para el caso de evicción en los términos del Código Civil para el Distrito Federal. Además está definido por las partes que correrá a cargo de LOS VENDEDORES el pago del Impuesto Sobre la Renta que origine la Compraventa (en caso de corresponder conforme a derecho).

OCTAVA.- Las partes, tanto LOS VENDEDORES como LA COMPRADORA, convienen que si por cualquier motivo alguna de ellas, no cumple con cualesquiera de las estipulaciones contenidas en el presente contrato o decidiese no concluir la operación, deberá pagar a la otra parte una pena convencional, consistente en el __________________________________ del valor total de la operación (definido en la cláusula segunda) y pagadera en forma inmediata. Si “LOS VENDEDORES” son quienes se hacen acreedores a la pena convencional tendrán la obligación de devolver a “LA COMPRADORA” en forma inmediata, los pagos que se les hubieren hecho como anticipo y sin necesidad de requerimiento judicial, respecto de las cantidades que se señalan en los incisos

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