Caracterización del capital social en las Sociedades Anónimas.
Enviado por Helena • 19 de Abril de 2018 • 4.107 Palabras (17 Páginas) • 536 Visitas
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Capital pagado.
El capital pagado puede ser la parte del capital suscrito que ha sido efectivamente pagado por el socio a la sociedad, al momento de la suscripción del contrato. Así, el capital suscrito puede ser objeto de pago en una cantidad específica y adeudada en otra. En el momento de constituirse el contrato es obligatorio que cada socio page mínimamente una parte del capital suscrito, de acuerdo con lo ordenado con la ley. Los socios están en libertad de pagar totalmente el capital suscrito, o pagar una parte ahora y dejar el resto para cancelar después, teniendo en cuenta lo mandado por los estatutos o de acuerdo con la estipulación legal. (comercio, ley 222 de 1995 , 2013)
El monto mínimo que deben pagar los socios del capital suscrito corresponde a una tercera parte del mismo. Así, si el capital suscrito es de $60.000.000, el pagado debe ser por lo menos $20.000.000 (1/3). Esto no quiere decir que el capital suscrito no pueda ser pagado en su totalidad de inmediato.
Capital por suscribir.
“Remanente del capital autorizado de una sociedad, que aún no ha sido emitido y se encuentra en poder de ella” (Aguiar, Cadavid, Carvalho, Jimenez, & Upegui, 1998). Es conocido también como acciones en reservas. Dicho de otra manera, este capital es la diferencia entre el capital autorizado y el suscrito.
Capital suscrito por cobrar.
“Es el valor correspondiente a las acciones suscritas que aún no han sido canceladas, puesto que la ley exige pagar de inmediato la tercera parte y el resto en un plazo no mayor de un año”. (Carvalo Betancur, 2013).
Ejemplo: Para la constitución de la sociedad XIDACARJO S.A se realizaron los siguientes aportes:
Carlos Hernández $7.000.000
Dayana Torres $3.000.000
Jose Ramos $5.000.000
Xilena Morales $10.000.000
Con la escritura de constitución de XIDACARJO S.A, registra el capital autorizado así:
[pic 1]
Para contabilizar el capital autorizado según la escritura pública 222 de septiembre 22 de 2014.
En el primer instante el balance es el siguiente:
[pic 2]
Principales características del capital
- El capital se encuentra dividido en acciones de igual valor que se representan en títulos negociables por ejemplo bonos.
- En el momento en que se constituya la sociedad, debe suscribirse no menos del cincuenta por ciento del capital autorizado y pagarse no menos de la tercera parte del valor de cada acción de capital que se suscriba. En el momento de señalarse el capital autorizado, debe indicarse el monto del capital suscrito y pagado.
- Cada acción confiere a sus propietarios determinados derechos, entre los cuales están, el de las participaciones en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votar en ellas; el de inspeccionar los libros y papeles de comercio dentro de los quince días hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea y el de negociar libremente las acciones a menos que se encuentre estipulado el derecho de preferencia en favor de la sociedad o de los accionistas o de ambos.
- las acciones no suscritas en el acto de constitución de la compañía y que emita posteriormente la sociedad se colocan de acuerdo con un reglamento de suscripción de acciones elaborado previamente.
- Al constituirse la sociedad los accionistas deberán suscribir un capital mínimo o un capital máximo. teniendo en cuenta el capital mínimo, se debe suscribir por lo menos el cincuenta por ciento del capital autorizado y teniendo en cuenta el capital máximo se debe suscribir el capital autorizado en su totalidad, pero se debe pagar no menos de la tercera parte del capital suscrito. Es factible dejar claro que; “al darse a conocer el capital autorizado se deberá indicar, a la vez, la cifra del capital suscrito y la del pagado” Art 376 (comercio, ley 222 de 1995 , 2013)
Capital social
millones
Concepto
Capital autorizado
300.000
Capital requerido para Montar el proyecto
Capital por suscribir
150.000
Contratos de suscripción de acciones
Capital suscrito
150.000
Contratos de suscripción de acciones igual al 50% del capital autorizado
Capital suscrito por cobrar
100.000
Contratos pendientes de cobrar
Capital suscrito y pagado
50.000
Pago de la tercera parte del capital suscrito
Tabla 1. Capital social en las sociedades anónimas
Martinez, A. M. (2010). contabilidad de patrimonio.
Aportaciones de los accionistas
Los aportes son los elementos fundamentales o necesarios para el funcionamiento y el desarrollo de las actividades en una Sociedad Anónima.
“El asociado que aporta bienes en general (cumple una obligación de dar) se llama socio capitalista y el que solo aporta servicios personales (cumple una obligación de hacer) originados en su propia capacidad o actividad material o intelectual es llamado socio industrial”. (Betancur, 2009).
Los aportes pueden ser
Aportes de industria.
“cuando el aporte consista en la industria o trabajo personal estimado en un valor determinado, la obligación del aportante se considerara cumplida sucesivamente por la suma periódica que represente para la sociedad del servicio que constituya el objeto de aporte”. (comercio, ley 222 de 1950,
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