Con respecto a los hechos número uno, Es cierto que me encuentro casado con la actora
Enviado por Kate • 18 de Julio de 2018 • 1.001 Palabras (5 Páginas) • 276 Visitas
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Es cierto que nuestro último domicilio conyugal lo establecimos en calle relox número 40, en el Municipio de Amecameca, Estado de México. Para fines de competencia.
5.- Con respecto al hecho número cinco: Es parcialmente falso, ya que efectivamente tenemos once años de vivir separados, pero no vivo con otra pareja, decidimos vivir separados con la actora por diferencia de caracteres, que hicieron la relación una mala convivencia.
6.-Con respecto al hecho número seis: ni lo afirmo ni lo niego por no entregarme copia simple de la propuesta de convenio en la notificación.
MEDIDAS PRECAUTORIAS:
En cuanto a las medidas precautorias ordenadas por su señoría, en este momento manifiesto que doy cabalmente cumplimiento teniendo la seguridad que las respetare por no haber impedimento alguno.
CONTRAPROPUESTA DEL CONVENIO
Contrapropuesta del convenio que se realiza por así convenir a los intereses del demandado, por una parte MARIA DE JESUS MARTINEZ MAGOS, Quien en lo sucesivo se denominara el DIVORCIANTE ACTOR y por otro lado ARTURO JUAREZ AGUILAR quien en lo sucesivo de le denominara el DIVORCIANTE DEMANDADO, Acto jurídico que se actualizara con forme al artículo 2.373 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, y que las partes se sujetaran a lo siguientes:
CLAUSULAS:
A) La guarda y custodia de niñas, los niños y adolescentes o incapaces, no opera ya que no existen.
B) El régimen de visitas y convivencias por no existir menor alguno.
C) La divorciante actora seguirá habitando el domicilio conyugal en calle relox número 40, en el Municipio de Amecameca, Estado de México.
D) En virtud de que la parte DIVORCIANTE ACTORA no necesita de alimento alguno por tener trabajo propio, así mismo la parte DIVORCIANTE ACTORA no ha realizado cotidianamente trabajos del hogar consistente en tareas de administración, dirección, atención y cuidado de las y los hijos, mismo que tendrá derecho a alimentos. Siendo que no es operante darle alimentos a la parte divorciante actora por tener recursos propios
E) No existen bienes de la sociedad conyugal, tal y como se encuentra en el acta de matrimonio existente.
F) En virtud de que no se adquirieron bienes durante el tiempo que nos encontramos unidos en matrimonio, no opera la repartición de algún objeto, bien inmueble o mueble.
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