Concepto: análisis de póliza de seguros de automóvil
Enviado por Jillian • 24 de Diciembre de 2018 • 3.828 Palabras (16 Páginas) • 307 Visitas
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Debido a la falta de unidad jurídica, si la victima reclama perjuicios morales, no le da lo mismo escoger entre la jurisdiccion civil y administrativa o la jurisdiccion penla. Segurn el art. 97 de la ley 599 de 200 Codigo penal, los perjuicios morales para cada victima pueden llgar a tasarse hasta un valor equivalente a mil salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento del accidente, teniendo en cuneta entre otros, el parentesco. En cambio ne la jurisdiccion administrativa el consejo de estado considera su monto en 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, al apso que al corte, dejando al arbitrio del fallador, considera como razonable una suma aproximada de $15 millones.
Indemnización
Por la metodología para el calculod e los perjuciios amteriales que implcia el reconociemitno de los qu podría haber producido la victima que fallece o se incapacita, lo cual se calcula partiendo del ingreso que recibia al momento del accidente y su edad, al idemnizacion junto con los perjuicios morales puede ser muy elevada y ocacionar la insolvensia del asegurado.
Esto es importate ternlo en cuneta, al momento de ver que la compañoia de seguros ofreza sumas de consideración en el amparo de responsabilidad, [ya sea en la poliza básica o mediante un anexo denominado “amapro de RCE en excerso”]
Ya que las victimas pueden obtenr indemnizaciones ciando sufren daños por accidentes de transito, freten a las reclamaciones de esta cobertura,
Pero por lo bajo de los valores asegurados y por deficiente cobertura, als idenmnizaxiones no ha suplido eficazmente las necesidades de los asegurados, ni de los perjudicados.
Por esta razón le recomieto a ustees cpmp accegurado bsucar una protección aceptable en valores asegurados y en claridad de los amparos.
por eso es mejor estar bien amparado.
EL AJUSTE
La indemnización debe comprender el valor de los perjucios aptrimoniales y lso extrapatrimoniales si asi se aseguro, mas las costas del rpoceso si fuere el caso.
COBERTUAS AL VEHICULO
Es un seguro de daños reales conforme lo sefañla el articulo 1082 del código de comercio, frete a este aspecto su poliza ofrece dos coberturas principaeles:
Daños al vehiculo
-perdidas totales-
-perdidas parciales [NO INCKUYE]
Su polzia cubre solo la destrucción totla del vehiculo como consecuncoa de accidentes oa ctos aml intencioandos de terceros como actos terroristas, conseceucnaode ocnmociones populares de cualquier calse, motines, delitos políticos y otros como rayorenes, lazameintos de piedras por parte de tercero. Tomando como refertrencao el artculo 1736 Cp sobre el seguro marítimo, articulo que trata las eprdidas constructivas o asimiladas, osea aquellas cuando el objeto asegfurado ineviablemente se eprdera o porque no sea posibe preservalro de ella sin incurrir en gastos que excedieran s valor después de efectuados.asi, se considera que se da la perdida totoal por daños cuando el valor de la reparación del vehiculo (respuesto y mano de obra ) mas el impuesto el valro agragfado suoera el 75% del valor comercial del vehiculo al moemtno del accidente, sino lo suera se trata como uan perdida aprcial.
Daños y perdida del vehiculo por hurto
Se ampara al perdida del vehiculo por hurot, o las perdiad de algunos de sus componentes, y los daños que se causen al vehiculo por el huerto i sus tentativas. Puede ser toal o parcial según lso criterios anteirores
Suma asegurada
La cobertura , cuabre los daños y hurtos que sufra el vehiculo.
El valor asegurado correponde al valor comecial del vehiculo al momento de la suscripción, valro que puede ser actualizado en caso de que aumente con un anexo de incremento del calor asegfurado, y en casod e que baje ese valro comercial , ese es el q debe teerse en cuaneta a moetno del sinietro.
Es importante que se asegure que cada vez que rebnueve el contrato de seguro se actualice el valor asegurado con el valor comercil , que es con el que se va indemnizar al moetno del sinietsro
Principales exclusiones
Además de las legales de los artículos 1055, 1104 y 1105 del Código De Comercio, su compañía estipulo las siguientes exclusiones:
- Exclusiones al amparo de responsabilidad civil extracontractual: para no ser muy extenso se destacan las exclusioens ams importantes:
- Caudno el vehiculo asegurado sea dado en aquiler, arrendameitno o en comodato
- Cuando sea secuestradi, decomisado, aprehendido o usdao por acto de autoridad
- Caudno el vehiculo haya ingreaado ilegalmente al país, su amtricula sea fraudulenta
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- Sobrecupo
- Cuando se emplee para un uso distinto al extipuldado en al polzia
- Cuadno se pone en marcha, después de sufir und año, sin hacerle las reparaciones provisionales necesaias
- Caundo el vehoculo no tibuere pase vigente, o haya conducido bajo efextos debebidas mbiriagantes, o a luciongenos, haya vioaldo señales de transito o pasado un semafoo enb rojo, o haya conducido en exeso de velocidad
- – RCE
- Muerte o lesiones a personas que en el momento del accidente se encuentren reparando el vehículo o haciéndole mantenimiento.
- Muerte o lesiones casuadas al conyugue o a los parientes dentro del 2° gardo de consanguinidado priemro civil.
- Daños a cosas transportadas en el vehiculo en que tengan interés asegurable su conyuge, parientes dentro del 2° gardo de consanguinidado priemro civil.
- Los eprjuicios amparados por el soat y por entidadesd e seguridad social
- -daños
- Daños eléctricos, mecaniscos o fallas del vehiculo debidas al uno normal, fallas de manteniemto. Se aplican únicamente a las piezas dañada, pero no a sis cosecuencias.
- Cuadno el vehiculo por tarnsitar en carreteras nacionales sujetas al pago de peaje, sufre
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