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Controversia Constitucional.

Enviado por   •  21 de Marzo de 2018  •  701 Palabras (3 Páginas)  •  347 Visitas

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Criticas.- Las que no representan directamente el objeto que se quiere conocer

Las pruebas admitidas en CC son : Testimonial, pericial, de inspección ocular, documental y presuncional (Excepto la de posiciones y contrarias a derecho) Art 31 LR105.

Plantilla 7

- CC Audiencia de ofrecimiento y desahogo, 30 dias posterior a termino de plazo contestación de demanda.

- Principio de idoneidad.- La prueba guarda relación con la controversia y es adecuada para que el juzgador conozca la verdad.

- La prueba testimonial, pericial y de inspección ocular deberán anunciarse 10 dias antes de la audiencia

- Solo 3 testigos por hechos

- Presuncionales Legales (Plena).- no admiten prueba en contrario y/o admiten pruebas en contrario.

- Presuncion Humana (Al Arbitrio Judicial).- derivado lógicamente de un hecho notorio o porbado

- Concepto de Invalidez en la ACC de INCON. En materia probatoria señala que parecieran mismas etapas que la CC pero lo abstracto de la materia en discusión lo limita a razonamientos jurídicos. Por lo que es necesario que la contravención de la norma impugnada este claramente expresada.

- Documental Publica (Plena) y Privada (Prueba a favor de quien quiere beneficiarse y contra colitigante sino la objeta)

- Testimonial (Plena) un solo testigo cuando ambas partes convengan. (excepción al principio de apreciación judicial)

PLANTILLA 8

- Mediante alegatos las partes ofrecerán al juzgador una via para resolver la controversia.

PLANTILLA 9

Valoracion de prueba y pronunciamiento de sentencia.

- Sistema de prueba legal.- Que considera que el organismo juridiccional al ejercitar su actividad sobre las pruebas, debe acomodarse rigurosamente a las normas preestablecidas.

- Prueba Libre o Libre apreciación de la prueba.-el órgano juridiccional al formular un juicio lógico-juridico respecto de las pruebas debe tener absoluta libertad

- Sobreseimiento.- razón fáctica o jurídica controversia improcedente.

- Estimatorias.- Norma gral o acto viola la CPEUM

- Desestimatorias.- Norma gral o acto no violatorio

En ACCINC una vez agotado el procedimiento, el MI propone al pleno un proyecto de sentencia que será discutido y votado.

En Materia Electoral deberá presentarse al pleno 5 dias después de agotado el procedimiento y debera resolverse 5 dias después

Se requiere cuando menos de 8 votos de los ministros para declarar invalidez. Caso contrario se desestima y se archiva.

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