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DE LAS RELACIONES DEL MUNICIPIO CON SUS SERVIDORES Y LA SEGURIDAD SOCIAL

Enviado por   •  1 de Mayo de 2018  •  1.368 Palabras (6 Páginas)  •  351 Visitas

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La Seguridad Social, es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad.

CONTEXTO NACIONAL

En México, 29 estados de la República cuentan con alguna ley para otorgar cobertura de la seguridad social a los trabajadores al servicio del Estado y los municipios, ya sea a través del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o de organismos públicos descentralizados como institutos estatales o municipales de seguridad social o direcciones de pensiones. [pic 3]

El artículo 146 de la Ley del ISSSTE, establece que “el Instituto podrá celebrar convenios con las entidades de la Administración Pública y con los gobiernos de los Estados o de los Municipios, a fin de que sus trabajadores y familiares derechohabientes reciban las prestaciones y servicios del régimen obligatorio de esta Ley. La incorporación podrá ser total o parcial.

ESTADOS QUE CUENTAN CON LEYES PARTICULARES:

Baja California, Morelos, Sinaloa y Veracruz tienen leyes que otorgan pensiones a los veteranos de la Revolución.

El Distrito Federal y Veracruz tienen leyes para otorgar pensiones alimenticias a los adultos mayores.

Yucatán tiene una ley para las pensiones de los exgobernadores.

Baja California, Coahuila, Nuevo León y Sinaloa tienen leyes específicas para los trabajadores de la educación.

CONVENCIÓN NACIONAL HACENDARIA

En la Convención Nacional Hacendaria se trató el tema de los sistemas de pensiones de los Estados.

CARACTERÍSTICAS DE LOS SISTEMAS:

Predominan los sistemas de beneficio definido.

Existe heterogeneidad entre los sistemas, pero en general los beneficios son altos debido a que los requisitos de edad de retiro y tiempo de cotización para el retiro son laxos.

A pesar de ser onerosos resultan inequitativos.

Los sistemas son generosos únicamente para quienes permanecen gran parte de su vida laboral en el sistema.

No ofrecen portabilidad. Si un trabajador migra de un sistema a otro pierde sus derechos. Por ejemplo, cuando un trabajador pasa de un gobierno estatal a otro pierde su antigüedad.

No son heredables. Si los derechohabientes no tienen cónyuge o hijos menores de edad se pierde la pensión.

La mayoría funciona bajo un sistema de reparto enfrentan los problemas comunes de este sistema, esto es, el envejecimiento de la población y el aumento en la esperanza de vida, el aumento de las enfermedades crónico-degenerativas que elevan los costos de atención de la salud, y la disminución de la relación de trabajadores activos por jubilado.

Para enfrentar esta problemática algunos estados han emprendido reformas, principalmente de tipo paramétrico o bien mediante un sistema mixto de beneficio definido con cuentas individuales. Dado que existe una multiplicidad de sistemas estatales para los servidores públicos, normalmente se propone su integración bajo un solo esquema nacional.

COMISIONES LEGISLATIVAS

En las Cámaras de Diputados estatales solamente cinco estados tienen una comisión legislativa dedicada específicamente a la seguridad social: Chiapas, Durango, Oaxaca, Tamaulipas y Yucatán. El resto de los estados atienden este tema en comisiones relacionadas como son las comisiones de salud, de asuntos laborales, de desarrollo social, entre otras.

LEYES ESTATALES EN JALISCO

- Ley de Pensiones del Estado de Jalisco.

- Reglamento General de Prestaciones, Derechos y Obligaciones de Afiliados y Pensionados de la Dirección de Pensiones del Estado. [pic 4]

OBJETIVO DE LA PREVENSIÓN SOCIAL

Tiene como objetivo, lograr un mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y humanas en general de la población.

SEGURIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL

- Derecho a tener un ingreso seguro.

- Trabajo sin discriminación.

- Pensiones decorosas al retiro.

- Protección del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

- Desarrollo de programas de reinserción laboral

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BIBLIOGRAFÍAS

Leyes y Poderes Estatales, página de la H. Cámara de Diputados. http://www.diputados.gob.mx/leyinfo/gobiernos.htm

Sánchez Cordero, O. (2016). El Sistema de Responsabilidad de los Servidores Públicos y la Supletoriedad Procesal. 1era edición. Ciudad de México, p.20.

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