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DEMANDA EN MATERIA DE PERSONAL

Enviado por   •  31 de Octubre de 2018  •  2.851 Palabras (12 Páginas)  •  425 Visitas

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En el caso de mi representado se obvio el procedimiento establecido, violando la disposición del artículo 38 literal b) de la Ley del Servicio Civil, el que establece la estabilidad del trabajador del derecho de defensa, garantizados constitucionalmente y por tal razón dicho acto es nulo por cuanto se ha emitido el acto de cancelación o despido disminuyendo y restringiendo sus derechos y garantías reconocidos en la Constitución de la República.

ACTO CONTRA EL CUAL SE INTERPONE LA DEMANDA

El acto contra el cual se interpone la presente acción consiste en el acuerdo número SEFIN-136-2017, dictado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

OFRECIMIENTO DE MEDIOS DE PRUEBA

En sustento de la presente acción me hare valer del medio de prueba documentos públicos para acreditar el hecho PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO Y QUINTO; expuestos en esta demanda.

FUNDAMENTACIÒN JURIDICA

Fundo la presente demanda: Constitución de la República; artículos 80, 82,90 párrafo primero, 321,323 y 324. Ley de Procedimiento Administrativo artículos; 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 34 literales c) y e). Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; artículos 1, 13, 14, 28, 33, 34, 46, 47, 50, 108, 109, 110, 111, 112, 113 y 134. Ley del Servicio Civil; artículos 38 literal b), 47,48 y 53. Reglamento de la Ley del Servicio Civil; artículos 119,140 N° 1, 142,145 Código Procesal Civil; artículos 1al 22, 61.1, 79, 81, 269, 271, 272, 273, 284, 344, 424, 425, 427, 432, 429 y 480.

CUANTIA DE LA DEMANDA

Se establece la cuantía de la demanda como indeterminada, por cuanto los salarios dejados de percibir más los aumentos que se produjeron durante el tiempo que se ventile el proceso y que deberán ser liquidados cuando se produzca el reintegro solicitado, en base al salario mensual que corresponda al cargo desempeñado.

PETICIÓN

Al Señor Juez (a) con el debido respeto PIDO:

- Admitir esta demanda Junto con los documentos acompañados; copia simple de la demanda y de toda la prueba documental.

- tener por acreditado la condición con que actuó y las facultades legales conferidas.

- Ordenar que se publique sucintamente en el Diario Oficial a Gaceta y en otro medio de circulación Nacional el contenido de la demanda a fin de que se pueda personarse cualquier otra persona que pueda tener interés.

- Emplazar al Señor Procurador General de la República Abogado Abraham Alvarenga Urbina en su carácter de representante Legal del Estado, a efecto de que conteste la demanda, que Contestando o no la misma se siga con los trámites legales y en definitiva se declare procedente la acción por no ser conforme a derecho el acuerdo SEFIN-136-2017 de fecha catorce (14) de Marzo de dos mil diecisiete 2017), dictado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas; consecuentemente que se Declare no ser conforme a derecho y en su caso se declare la nulidad absoluta del acuerdo antes señalado, se reconozca la situación jurídica individualizada infringida a mi representado con la emisión del ilegal acto impugnado y como medida para el pleno restablecimiento del derecho reclamado, se ordene el reintegro a su cargo de Director de Presupuestos, se condene al pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación catorce (14) de Marzo de dos mil diecisiete (2017) hasta la fecha que sea efectivamente reintegrado al cargo indicado, más los aumentos que se produjere durante el término que dure el proceso, con especial condena en costas.

- Manifestando expresamente la voluntad de cumplir con los requisitos exigidos por la Ley para efectos de la subsanación de posibles defectos.

Tegucigalpa M.D.C 23 de Marzo de 2017.

ABOGADO______________________

ANEXOS DE LA DEMANDA

Para la sustanciación de la presente Demanda me hare valer de los medios de prueba:

Documentos Públicos;

1. Testimonio de Escritura Pública para acreditar el Poder que me confiere mi representado.

2. Fotocopia Autenticada del Acuerdo de Nombramiento SEFIN- 213 -2010 de fecha treinta (30) de Enero del dos mil diez (2010), que sirve para acreditar el hecho número 1.

3. Fotocopia Autenticada del Acuerdo SEFIN- 512 -2013 de fecha primero (1) de Junio del dos mil trece (2013) fue ascendido al cargo DE ANALISTA PRESUPUESTARIO, para acreditar el hecho número 2.

4. Fotocopia Autenticada del Acuerdo SEFIN-317-2015 de fecha uno (15) de Febrero del dos mil quince (2015), fue ascendido al cargo de DIRECTOR DE PRESUPUESTO, para acreditar el hecho número 3.

5. Fotocopia Autenticada del Acuerdo SEFIN-136-2017 de fecha catorce (14) de Marzo de dos mil diecisiete (2017) el cual contiene la cancelación y que la misma sirve para acreditar el hecho número 4.

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ANEXO

[pic 1][pic 2][pic 3]

SECRETARÍA DE FINANZAS

ACUERDO NÚMERO. 213-2010

EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS

En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 213-A-2010 de fecha 30 de enero del año 2010, y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

PRIMERO: El ciudadano Jorge Alberto Suazo, INICIA SU RELACION DE SERVICIO en el cargo de Oficial de Presupuesto en el Departamento de Contabilidad y Presupuesto Institución 100 Secretaría de Finanzas, Gerencia Administrativa: 001 Gerencia Central, Unidad Ejecutora: 006 Dirección General de Presupuesto, Programa: 11 Programación y Administración del Programa, Sub-Programa: 00, Proyecto: 00, Actividad u obra: 03 Planificación y Programación de los Gastos Públicos,

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