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DISPOSICIÓN No 039 DE 2003 PARAMETROS PARA EL DILIGENCIAMIENTO Y TRAMITE DE EVALUACION Y CLASIFICACION

Enviado por   •  23 de Marzo de 2018  •  6.491 Palabras (26 Páginas)  •  378 Visitas

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- Al evaluado.

- Identificar sus funciones, responsabilidades, objetivos específicos, metas y planes.

- Señalar cual es su nivel de compromiso para desarrollar actividades de beneficio institucional, relacionadas con el cumplimiento de la misión asignada a su unidad y bienestar del personal a su cargo.

- Demostrar su iniciativa, creatividad y capacidad de planeamiento y ejecución.

- Al evaluador.

- Dirigir el cumplimiento de la misión dentro del concepto de administración por objetivos, estableciendo planes y cronogramas de trabajo.

- Conocer las personas que están bajo su responsabilidad.

- Delimitar el alcance de las funciones y responsabilidades del personal a su cargo.

- Asignar equitativamente tareas, objetivos y metas.

- Ejercer una acción orientadora para que en su elaboración, se proceda con realismo analizando el potencial humano y recursos disponibles.

FORMULARIO 3

FOLIO DE VIDA

ARTICULO 5.- NORMAS DE DILIGENCIAMIENTO.- En su elaboración, trámite y uso, además de las contempladas en el Artículo 2 de la presente disposición, se aplicarán las siguientes normas:

- Diligenciamiento

- Se registran en su totalidad los datos correspondientes a:

- Identificación evaluado.

En los numerales 01 a 07, grado, arma, cuerpo y/o especialidad, apellidos y nombres del evaluado, cédula de ciudadanía y código, unidad u organización, año de evaluación y cargo asignado.

- Registro actuaciones y desempeños significativos.

- En el numeral 08, se registran de manera numerada, secuencial y cronológica, todas las anotaciones y conceptos, positivos o negativos de desempeño profesional y administrativo, especificando número de orden, día y mes.

- En el numeral 09, se registran anotaciones y conceptos teniendo en cuenta lo siguiente:

- Anotación : corresponde a una acción positiva o negativa de la que se deja constancia y que no está enmarcada dentro de la escala de valoración, excepto la de Merito o Demérito.

- Toda anotación debe ser de carácter descriptivo, clara y precisa, fundamentada en hechos concretos y no en apreciaciones abstractas o subjetivas. Al final debe llevar la firma, postfirma, grado y cargo del evaluador. No tienen valor numérico y sirven para llamar la atención al evaluado de conductas impropias con el fin de ser corregidas, al igual que de resaltar acciones positivas en el instante que se presenten.

- Concepto : corresponde a un juicio elaborado con base a las anotaciones positivas o negativas en un lapso de tiempo mínimo mensual o bimestral de acuerdo al grado del evaluado.

- La Sustentación de un Concepto o Anotación, positiva o negativa se hará conforme al siguiente ejemplo:

ANOTACIÓN NEGATIVA CONDICIONES PERSONALES. Puntualidad. En la fecha llega retardado a la iniciación del servicio.

CONCEPTO POSITIVO DESEMPEÑO EN EL CARGO : Se destaco por su consagración al trabajo, además de su interés demostrado en la corrección de las observaciones y fallas y desempeño en sus funciones adicionales y encargos como administrador del Casino de Oficiales por ausencia del titular durante el presente mes.

- Los conceptos emitidos por el evaluador afectaran solo un indicador, y se harán observando la siguiente periodicidad :

- MENSUAL

Oficiales subalternos en los grados Subteniente o Teniente de Corbeta, Teniente o Teniente de Fragata, Capitán o Teniente de Navío.

Suboficiales en los grados Cabo Tercero, Cabo Segundo, Cabo Primero y Sargento Segundo en el Ejército o su equivalente en las otras Fuerzas.

- BIMESTRAL

Oficiales superiores en los grados Mayor o Capitán de Corbeta, Teniente Coronel o Capitán de Fragata, Coronel o Capitán de Navío.

Suboficiales en los grados Sargento Viceprimero, Sargento Primero y Sargento Mayor en el Ejército o su equivalente en las otras Fuerzas.

- El concepto del evaluador, de carácter positivo o negativo, según sea el caso, se elaborará con base en los “Factores” contemplados en el Articulo 12 de la presente disposición y afectará uno cualquiera de los indicadores establecidos en el Formulario 4 de Evaluación y Clasificación de Oficiales y Suboficiales.

- La afectación de los indicadores no podrá hacerse únicamente con base en la valoración de conceptos emitidos por el evaluador.

- Para hacer los registros en el folio de vida se debe tener en cuenta incluir:

- Anotaciones de desempeño: Todas aquellas que muestren la calidad del desempeño del Oficial o Suboficial, de conformidad con los indicadores y características del perfil profesional.

- Anotaciones Administrativas: Todas aquellas que reflejan las novedades de carácter administrativo del evaluado, sucedidas durante el periodo de evaluación tales como: presentaciones, traslados, permisos, vacaciones, licencias, comisiones y demás anotaciones de carácter obligatorio, indicadas en el Literal d. Articulo 33 del Decreto 1799 de 2000.

- El Concepto se debe elaborar por la autoridad evaluadora los 5 últimos días, dependiendo del periodo, mensual o bimestral.

- En el numeral 10, toda anotación o concepto, positivo o negativo, debe notificarse al evaluado, quien debe firmar el enterado anotando día y mes, teniendo en cuenta en caso de no estar de acuerdo con la anotación o concepto, colocar de su puño y letra la palabra “RECLAMO”, una vez haya firmado.

- En caso de reclamo, se procede conforme a lo establecido en los artículos 67 a 73 del Decreto 1799 de 2000.

- Trámite

- El evaluador

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