Derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos
Enviado por Christopher • 18 de Septiembre de 2018 • 8.269 Palabras (34 Páginas) • 666 Visitas
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Otros positivistas dicen que esos principios no son universalmente validos sino relativos a épocas y circunstancias.
Beneficiarios de los derechos humanos
Los beneficiarios de los derechos humanos son todos los hombres y nada mas que los hombres. La única condición de aplicación es la propiedad de constituir un individuo humano.
Hay contraejemplos problemáticos: hay derechos, como asistencia medica adecuada o jubilación por vejez, que están condicionados por circunstancias como la enfermedad o la vejez.
Principios de cuya combinación derivan los derechos humanos
Inviolabilidad de la persona: prohíbe imponer sacrificios de una persona en beneficio de otras personas.
Autonomía de la persona: asigna un valor intrínseco a la persecución de planes de vida e ideales.
Dignidad la persona: obliga a tratar a los hombres de acuerdo con sus voliciones y no en relación a otras propiedades sobre las cuales no tienen control.
Características de los derechos humanos
- Innatos: todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condición de ser humano. Su origen no es el Estado o las leyes, sino la propia naturaleza de la persona humana.
- Universales: todos los seres humanos, sin importar la raza, la cultura, la nacionalidad, etcétera, tenemos esos derechos, de los cuales no podemos ser excluidos.
- Inalienables e intransferibles: la persona humana no puede renunciar a sus derechos o negociarlos.
- Acumulativos e irreversibles: a través del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, una vez alcanzados forman parte del patrimonio de la dignidad humana.
- Inviolables: nadie puede atentar contra los derechos humanos, las leyes dictadas no pueden ser contrarias a ellos.
- Obligatorios: imponen una obligación concreta a las personas y al Estado de respetarlos, aunque no haya ley que así lo diga.
- Trascienden las fronteras nacionales: la comunidad internacional debe intervenir cuando considera que un Estado está violando los derechos humanos de su población.
Dignidad de la persona
Se entiende como noción de dignidad humana, el respeto mínimo a su condición de ser humano, respeto que impide que su vida o su integridad sea sustituida por cualquier otro valor social.
La dignidad de la persona humana se desprenden los valores de autonomía, seguridad, libertad e igualdad.
Los derechos humanos han de verse como el medio de protección.
Kant dice que la dignidad es el atributo de un ser racional que no obedece a ninguna otra ley que la que el mismo se da. Por lo tanto la autonomía es el fundamento de la dignidad humana. La persona no puede ser tratada meramente como un medio (por ejemplo cuando se atenta contra su autonomía, seguridad, libertad esclavitud) sino que tiene que ser utilizada en todo momento como un fin, en eso consiste su dignidad.
Libertad e igualdad
Rawls elabora una teoría de la justicia como equidad propia de una sociedad en estado originario, en la cual los hombres estén en una igualdad inicial.
Los dos principios fundamentales de justicia son:
Cada persona debe tener un derecho al sistema total más extenso de libertades básicas, que sea compatible con los sistemas de libertades de los demás (principio de libertad)
Las desigualdades socio - económicas deben satisfacer dos condiciones:
Debe haber mayor beneficio para los que se encuentran en condiciones de desventaja (principio de la diferencia)
Debe existir la igualdad de oportunidades para todos (principio de igualdad de oportunidades).
Si se acepta la teoría de la justicia es necesario aceptar dos teorías complementarias:
1) Teoría de los bienes primarios
Son bienes o necesidades básicas, como base y condición para que cada uno pueda reclamar y procurarse otros bienes o preferencias menos básicas.
2) Concepción moral de la persona.
Las personas son moralmente iguales, entonces cada cual es capaz de entender la concepción publica de justicia y colaborar con ella.
La persona posee dos potestades que determinan su igualdad y libertad:
Potestad de ser razonable: es tener un sentido del deber y de la justicia.
Potestad de ser racional: es concebir y perseguir sus bienes particulares.
Libertades básicas
Rawls considera a las libertades básicas como el primer principio de justicia.
Estas son: la libertad de pensamiento (la que primero debe defenderse) y de conciencia, las libertades políticas de asociación, las libertades físicas e integridad de la persona, etcétera. Según el las libertades son la base del autorrespeto sin el cual no es posible atender el propósito de todo ser racional (el de acceder a bienes o planes de vida particulares).
Solo con estas libertades es posible el desarrollo de la personalidad moral.
Las libertades son necesaria para llegar al bien común de la sociedad.
3.- Fundamentos de los Derechos Humanos
Norberto Bobbio afirma la imposibilidad de encontrar un fundamento absoluto a los derechos humanos y alega para ello cuatro razones. Primera, la ausencia de un concepto inequívoco y claro de los mismos; segunda, su variabilidad en el tiempo; tercera, su heterogeneidad; y, cuarta, las antinomias y conflictos que existen entre distintos derechos, como entre los civiles y políticos, por un lado, y los sociales y culturales, por otro. En el Coloquio del Instituto Internacional de Filosofía celebrado en L'Aquila en 1964, Bobbio propuso sustituir la búsqueda de un imposible fundamento absoluto por el estudio de las diversas fundamentaciones
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