Detracciones aplicadas en Maquinarias del sur Islay
Enviado por Rebecca • 15 de Agosto de 2018 • 1.902 Palabras (8 Páginas) • 341 Visitas
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Asumir representaciones de la compañía en juicio
- ¿QUIENES SOMOS?
MAQUINARIAS DEL SUR S.RL. Es una empresa, dedicada a la prestación de servicios de alquiler de maquinaria pesada para los diferentes tipos de trabajo, así como también el desarrollo y ejecución de obras de construcción.
Somos una empresa sólida. Contamos con equipos de primera calidad, así como personal capacitado quienes teniendo conocimientos, alcanzan el óptimo cumplimiento de las exigencias para la satisfacción de todos y cada uno de los trabajos encomendados.
Nuestra empresa tiene capacidad de manejo en los diferentes proyectos, así como también respuesta rápida y eficiente ante situaciones imprevistas, brindando una solución adecuada a los problemas que se generan en el campo de manera inmediata.
- MISION
Brindar cada día un servicio excelente y confiable para cubrir todas las satisfacciones de nuestros clientes, trabajando con actitud positiva, operatividad y productividad de nuestros equipos.
Ser una empresa orientada a la prestación de servicios de alquiler de maquinaria y equipos teniendo como base la seguridad de nuestros trabajadores
CAPITULO II
COSTO DE LOS SERVICIOS Y SUS DETRACCIONES
2. MARCO REFERENCIA:
2.1 CONCEPTUAL
5.1.1 DETRACCIÓN: es un descuento que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema de detracciones.
2.1.2 I.G.V. El crédito fiscal sobre el Impuesto General a las Ventas (IGV) es una deducción que admite la Sunat sobre el tributo que gravó las adquisiciones de insumos, bienes de capital (maquinarias, etcétera), servicios y contratos de construcción, así como por el pago de aranceles.
2.1.3. ARRENDAMIENTO: Contrato por el que una de las partes cede a la otra el uso temporal de una cosa, mueble o inmueble, por cierta cantidad de dinero.
2.1.4 EXTORNO: Devolución, retorno, reintegración, por ejemplo por haberse modificado las condiciones de un contrato.
2.1.5. SERVICIOS GRAVADOS: Bienes y Servicios Gravados: son los bienes y servicios que por en una determinada norma impositiva resultan objeto del gravámen (o sea sobre los que se cobrará el impuesto).
2.1.6 SCTR SALUD: Seguro que te otorga cobertura de salud por accidentes de trabajo o
enfermedades profesionales.
2.2. TEÓRICA
2.2.1. CONCEPTOS DE DETRACCIONES
El sistema de detracciones es un mecanismo administrativo que coadyuva con la recaudación de determinados tributos y consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o de un servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador del servicio, el cual, por su parte, utilizará los fondos depositados en su cuenta del BN para efectuar el pago de tributos, multas y pagos a cuenta incluidos sus respectivos intereses y la actualización que se efectúe de dichas deudas tributarias de conformidad con el artículo 33° del Código Tributario, que sean administradas y/o recaudadas por la SUNAT-
[pic 2]
Los montos depositados en las cuentas que no se agoten cumplido el plazo señalado por la norma luego que hubieran sido destinados al pago de tributos, serán considerados de libre disponibilidad para el titular.
2.2.2. OPERACIONES SUJETAS
El Sistema de Detracciones se aplica a las siguientes operaciones:
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2.2.3. FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE DETRACCIONES.
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2.2.4. CONSECUENCIAS AL NO REALIZAR DETRACCIÓN.
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- IMPOSIBILIDAD DE UTILIZAR EL CRÉDITO FISCAL: Sólo se podrá utilizar el derecho al crédito fiscal o saldo a favor del exportador o a cualquier otro beneficio vinculado a la devolución del IGV, en el período en que haya anotado el comprobante de pago respectivo en el Registro de Compras, siempre que el depósito se efectúe en el momento establecido. En caso contrario, el derecho se ejercerá a partir del período en que se acredita el depósito.
- MULTA: El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el TUO del Decreto Legislativo N° 940, aprobado mediante Decreto Supremo N° 155-2004-EF, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario.
En el caso de las infracciones que a continuación se detallan, se aplicarán las siguientes sanciones:
Infracción
Sanción
Hasta 30.06.2012
Desde 01.07.2012
1.
El sujeto obligado que incumpla con efectuar el íntegro del depósito a que se refiere el Sistema, en el momento establecido.
Multa equivalente al 100% del importe no Depositado.
Multa equivalente al 50% del importe no depositado.
2.
El proveedor que permita el traslado de los bienes fuera del Centro de Producción sin haberse acreditado el íntegro del depósito a que se refiere el Sistema, siempre que éste deba efectuarse con anterioridad al traslado. (1)
Multa equivalente al 100% del monto que debió depositarse, salvo que se cumpla con efectuar el depósito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de realizado el traslado.
Multa
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