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Donación De Órganos y Tejidos De Personas Vivas O Muertas

Enviado por   •  3 de Diciembre de 2018  •  923 Palabras (4 Páginas)  •  303 Visitas

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El tiempo no se detiene, la vida sigue y en espera para muchos, con el peso que acarrea un paciente a la espera de una autorización o un donante, o quizá con aquel que lleva al momento de la cirugía sabiendo que debatirá su existencia temporalmente, entre la vida y la muerte, o como la posibilidad de compatibilidad o de rechazo de la donación. Cuestionamientos que agreden psicológicamente y torturan al paso de su tiempo, pero todas con caminos de luz y esperanza, y conciencia conectada totalmente a la parte humana del ser, demostrando que si hay vida después de la muerte, en manos claramente de los capaces y positivamente donantes.

Por Ley, somos todos donantes.

La norma que modificó la LEY 1805 DE 2016, creó la figura del donante presunto y estableció la posibilidad de que cada persona tome en vida la decisión de expresar su voluntad positiva o negativa respecto de la donación de sus órganos. Si bien es un tratamiento médico complejo, hoy en día, es habitual en nuestro país. Permite que órganos de una persona fallecida, puedan reemplazar órganos enfermos de una persona en peligro de muerte, devolviéndole la salud y, por lo tanto, salvándole la vida o transformando sustancialmente la calidad de la misma.

Entre los órganos, los principales que se pueden mencionar son: corazón, riñón, hígado, páncreas, pulmón y el bloque corazón – pulmón. También se trasplantan tejidos como médula ósea, la piel, los huesos, las córneas y las válvulas cardíacas. Hay muchos aspectos que hoy en día aún tienen en vela respecto al trasplante de órganos. Uno de ellos es quién certifica la muerte del posible donante.

La ley, y la práctica médica, son muy claras y dan absolutas seguridades y garantías. El equipo médico que atiende a un paciente que muere, tiene la obligación ética y legal de informar al organismo de trasplante de la jurisdicción, que se encuentra ante un posible donante de órganos. El diagnóstico de muerte lo certifican, por ley, dos médicos, uno de ellos neurólogo o neurocirujano, mediante la realización de diversas y complejas pruebas que constatan sin ninguna posibilidad de duda, la muerte del posible donante. Entonces, los coordinadores de trasplantes solicitan a los familiares el consentimiento para poder realizar la extracción de los órganos. Si bien este es un momento de mucho dolor para la familia del fallecido, se solicita inmediatamente la autorización de la misma para el procedimiento. Lamentablemente es una carrera contra el tiempo. Una vez diagnosticada la muerte del posible donante, los órganos comienzan a sufrir un proceso de deterioro que los puede volver inútiles para el trasplante, como bien se deduce, cada minuto es vital.

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