En el siguiente informe presento un breve resumen enriquecido con palabras propias, claras y concordantes de tal forma que el mismo sea comprendido..
Enviado por John0099 • 30 de Abril de 2018 • 1.062 Palabras (5 Páginas) • 618 Visitas
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4. Los demás que le reconocen esta Constitución y las Leyes.
En nuestro país los del alta de las fuerzas armadas, la marina y cuerpos armados del estado por ley que lo constituye son los únicos que al momento de elegir autoridades gubernamentales no pueden ejercer el sufragio.
Como anteriormente se menciona cada ciudadano al cumplir la edad de 18 años no solo se le conceden derechos si no que a su vez también se le imponen deberes y responsabilidades que debe de cumplir a cabalidad entre ellos están:
1. Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitución y las leyes.
2. Obtener su Tarjeta de Identidad.
3. Ejercer el sufragio.
4. Desempeñar, salvo excusa o renuncia con causa justificada, los cargos
De elección popular.
5. Cumplir con el servicio militar
6. Las demás que establezcan la Constitución y las leyes
MAYORÍA DE EDAD
En el ordenamiento jurídico está establecido que la mayoría de edad es una condición para determinar la capacidad para obrar de cada individuo mediante la edad cronológica establecida solo si sucede un caso de incapacidad deberá ser evitado. En gran parte del mundo una persona se considera mayor de edad y por tanto plenamente adulta a partir de los 18 o 21 años.
MINORÍA DE EDAD
Legalmente un menor de edad es todo aquel que no ha alcanzado la edad requerida según decretos de ley que aún no alcanza la edad adulta empezando por la infancia luego la adolescencia por lo cual no tiene la capacidad de obrar, aunque en nuestro país la mayoría de los vendedores ambulantes son menores de edad de extrema pobreza o hijos de hogares desintegrado y no se toman cartas en el asunto y esto se da más cada día ya que la pobreza es más y la ley no se cumple.
Nombre (derecho)
El nombre es un atributo de la personalidad, es el modo de individualizar a una persona dentro de una comunidad determinada, para el ejercicio de sus derechos. Y para la identificación personal del mismo ya que todo ciudadano debe tener nombres y apellidos lo cual lo hacen un ciudadano y se debe inscribir en tiempo determinado a partir de su fecha de nacimiento a través del registro nacional de las personas.
Nombre en las personas naturales
Cuando los padres registran a sus hijos en el registro nacional de las personas es el denominado nombre propio o nombre propio o nombre de pila el cual debe llevar particularidad y para la individualización e identificación ante los demás individuos en la sociedad.
Todos estos procedimientos se hacen bajo registros de artículos constitucionales y bajo firmas autorizadas.
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CONCLUCION
En conclusión podemos decir que la nacionalidad es un hecho mundial donde cada ciudadano cuenta con una nacionalidad ya sea por nacimiento o por naturalización. Siendo este gozoso de los derechos que ese país otorga también responsable de cumplir con los deberes que el mismo imponga además se tienen decretos donde se establecen las edades donde cada ciudadano a partir de cierta edad deja de tener ciertos derechos y adquiere otros a su vez deberes y obligaciones y es aquí donde comienza el ciudadano se podría decir que ya tiene capacidad de obrar o labrar para poder salir adelante y contribuir al desarrollo del país.
Así mismo cada uno de nosotros está constituido o registrado en el registro nacional de las personas con nombres y apellidos particulares y de identificación y en todo el mundo todo ser humano tiene derecho a una nacionalidad independientemente si es por nacimiento o naturalización.
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