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Ensayo "El derecho como un sistema de normas".

Enviado por   •  26 de Junio de 2018  •  1.726 Palabras (7 Páginas)  •  490 Visitas

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Nuestro ordenamiento jurídico resuelve ese conflicto, dando preferencia en su caso a la que fue promulgada por la autoridad de mayor rango, o a la promulgada en fecha posterior, o a la más especializada, o que establecieran otra clase de prelación. Un ordenamiento jurídico puede dar primacía a la norma apoyada en principios más importantes.

Según Dworkin, a veces una norma y un principio desarrollan/desempeñan la misma función, y la diferencia entre ambos se reduce a una cuestión meramente formal.

Retomando el análisis del concepto de obligación legal, se debe explicar la importancia de los principios en la consecución de determinados fallos. A consideración de Dworkin, se pueden tomar dos actitudes al respecto

- Medir los principios de la misma forma que las normas jurídicas, y decir que algunos principios tienen fuerza de ley y deben ser respetados por administradores de justicia llamados a resolver sobre obligaciones legales.

- Por otra parte, se puede negar que los principios puedan obligar del mismo modo que las normas jurídicas. Es decir, más allá del derecho positivo (normas) que se debe aplicar, se deben aplicar principios extrajurídicos que, básicamente queda a criterio del Juez si le parece oportuno o no.

Existen, para Dworkin, dos concepciones/nociones sobre los principios que tienen relación entre sí,

- La primera, trata a los principios como normas vinculantes para los jueces, y de no aplicarlos (los principios) éstos cometerían un error, de ser estos pertinentes.

- El segundo, considera a los principios como resúmenes de las pautas/parámetros que los jueces seguirían (por principio) si se vieran obligados a indagas/investigar más allá de las normas vinculantes.

Dworkin, propuso un esquema estructural del positivismo en el cual enumeró la doctrina del arbitrio judicial como un segundo dogma. Esto en virtud de qué cuando un supuesto no está previsto en ninguna norma, de forma clara y precisa, el juez debe ejercitar su potestad arbitral para decidir el caso mediante lo que representa una nueva norma legal.

El concepto Arbitrio fue extraído del lenguaje ordinario por los positivistas, y éste únicamente encaja solo en una clase de contexto: cuando alguien está encargado de tomar una decisión sujeta a normas establecidas por una autoridad determinada.

El termino arbitrio está condicionado por los caracteres del contexto, ya que siempre estará matizado por el fondo de datos sobreentendidos con el cual se emplea.

En sentido débil, al decir tan solo que un funcionario tiene autoridad terminante para tomar una decisión que no pueda ser anulada por otro. ES decir, cuando aquella forma parte de una jerarquía de funcionarios estructurada de tal manera que algunos de ellos tienen autoridad superior, pero en la cual los modelos de autoridad son diferentes para las diversas decisiones.

En sentido fuerte, cuando un funcionario debe hacer uso de su discernimiento para aplicar las normas que le son impuestas por la autoridad, y en dadas circunstancias no siempre está sujeto a las normas establecidas por la autoridad en cuestión. Esto no es equivalente a libertad de acción, ni excluye un juicio crítico, sino está sujeto a racionalidad, justicia y eficacia.

El arbitrio de un funcionario no significa que sea libre de decidir y que no atiende a normas de sensatez y justicia, sino que su decisión no está sujeta o regida por una norma dictada por la autoridad contrata en la que se piensa cuando se plantea la cuestión del arbitrio.

Hart considera que cuando el arbitrio del Juez está en juego, no se puede hablar ya de su sumisión a normas, sino más bien de qué normas utiliza por regla general.

Dworkin concluye que, si considerasen jurídicos a los principios, se debe rechazar el primer dogma del positivismo, (según el cual el derecho de una colectividad se distingue de otras pautas sociales mediante algún criterio en forma de regla magistral). De la misma forma, se debe abandonar el segundo dogma (la doctrina del arbitrio judicial) o se debe aclarar hasta convertirlo en una trivialidad. Pero en últimas instancias sostiene que existe una obligación legal solo cuando una norma jurídica reconocida impone tal obligación.

Según Dworkin, es una causa difícil, el hecho de que no exista una obligación legal mientras el juez no cree una nueva norma para el futuro.

La doctrina positivista del arbitrio judicial, requiere adoptar el punto de vista de que si un juez puede decidir a su arbitrio, no es posible que haya ningún derecho u obligación legal, que él deba imponer a la partes. Una vez desechada esa doctrina y admitido el carácter jurídico de los principios, admitimos también la posibilidad de que se imponga una obligación legal mediante principios y también por una norma preestablecida.

Dworkin se plantea que, de no existir una regla de reconocimiento, ni ningún criterio determínate del carácter jurídico en ese sentido. Según él, el positivismo no alcanza a resolver sus propias tesis, dirigiendo de esa forma a buscar teorías sobre el derecho para que esclarezcan las dudas surgidas.

Considera que el positivismo presenta una doctrina del arbitrio judicial, prácticamente inservible, que no conduce a nada y mucho menos resuelve algo. Ya que según él, su concepción del derecho como un sistema normativo ha influido en la imaginación de los juristas, por su simplicidad/practicidad, a tal punto que si se elimina ese modelo normativo, se puede establecer otro más acorde a la complejidad y necesidades de nuestras prácticas.

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