Ensayo ley 1696.
Enviado por Ledesma • 11 de Abril de 2018 • 1.026 Palabras (5 Páginas) • 598 Visitas
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Estas sanciones serán de tipo penal o administrativa, la conducta penal como el homicidio culposo cuando el agente se encuentre manejando un vehículo de transporte bajo un grado de embriaguez de tipo 1 o efecto de sustancias alucinógenas y este arroye a una persona y muera en el accidente hace que su conducta se agrave, el gobierno Nacional le brindara al imputado ayuda contra el alcoholismo. Pero si la conducta no es tan grave se le puede sancionar con la medida administrativa, cuando la persona está conduciendo mediante el influjo de alcohol o sustancias psicoactivas puede suspender o perder definitivamente su licencia de conducción la cual el deberá entregar a la autoridad de tránsito, cuando su licencia es suspendida o se le cancela se le notificara al infractor según lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y se le compulsaran copias de la resolución donde indique la causal del infractor y el tiempo de su sanción a la Fiscalía General de la Nación.
Cuando la licencia es cancelada el ciudadano podrá volver a expedir la licencia de conducción veinticinco años después de la sanción impuesta, es decir que el ciudadano no podrá conducir ningún tipo de vehículos motorizado durante todo este tiempo.
Otro tipo de sanción según lo que establece la ley 1696 del 19 de diciembre de 2016 son las multas estas se aplican cuando el conductor conduce bajo el influjo de alcohol o alguna sustancia psicoactiva, el valor pecuniario y sanción de las multas son medidas según el grado de alcoholemia el cual la entidad que tiene la potestad para determinar la prueba de alcoholemia es el Instituto de medicina legal y ciencias forenses.
Los grados de alcoholemia van desde el grado cero hasta el grado tercero todo esto imponen sanciones como la suspensión de la licencia de conducción, la inmovilización del vehículo, trabajos comunitarios enfocados con la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, cuando el conductor es sorprendido conduciendo de nuevo en el mismo o diferente grado de alcohol aumenta la sanción y si reincide por tercera aumenta mucho más las sanciones y se cancela la licencia de conducción. Si la infracción se comete en un vehículo de transporte escolar, de enseñanza o servicio público las multas y todas las sanciones desde el grado cero a el tercero se duplicarán cada una respectivamente, los conductores que se rehúsen a realizar la prueba de alcoholemia se le cancelara la licencia de conducción, se le impondrá u na multa pecuniaria y se le inmovilizara su vehículo hasta por 20 días hábiles.
Ante todo, lo que deja el alcoholismo la ley 1696 de 2013 se obliga a todos los establecimientos públicos donde se expendan bebidas alcohólicas y parqueaderos de vehículos dar a conocer las sanciones y obligaciones.
CONCLUSION
Esta es una buena medida para sancionar a los conductores que les gusta conducir en estado de embriaguez, o que se consumen sustancias alucinógenas mientras conducen cuando este no se encuentra en la calidad tanto física como mental para poder controlar un vehículo mientras conduce poniendo en peligro la vida e integridad misma como la de las demás personas que se encuentren en la calle, esta imprudencia de conducir así, no solo afecta las vidas de las personas si no también bienes materiales, es por eso que gracias a la ley 1696 de 2013 los conductores han tomado conciencia y ya muchos se abstienen a conducir después de tomarse unos “traguitos” pues de hacerlo se le podría suspender o cancelar la licencia de conducción hasta perder la libertad.
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