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Es una rama del derecho público interno cuyas disposiciones tienden a mantener el orden político-social de una comunidad, combatiendo por medio de penas y otras medidas adecuadas aquellas conductas que le dañan o le ponen en peligro.

Enviado por   •  30 de Agosto de 2018  •  2.355 Palabras (10 Páginas)  •  483 Visitas

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O bien, si se trata de un delito culposo, la realización respecto al mismo, de una o más conductas culposas, según lo previsto en este código.

II. (Formas de coautoría). En vez de la conducta dolosa de autor material del párrafo primero de la fracción anterior y en cuanto a un delito doloso, cualquiera de las conductas de coautoría material, de coautoría en codominio funcional, coautoría tumultuaria, autoría mediata, autoría equiparada en delito emergente, o autoría indeterminada sin acuerdo ni adherencia, previstas en este código.

Sin embargo, la coautoría en codominio funcional no excluirá al autor o coautores materiales, y éstos no necesariamente quedarán excluidos en la autoría mediata.

III. (Dolo o culpa). El dolo o culpa, según corresponda.

IV. (Objeto). El sujeto, cosa o situación objetiva determinada, previstos o implicados en la figura típica de un delito, sobre los que recae la conducta o hacia los que ella se dirige.

V. (Lesión o peligro). La lesión o el peligro de lesión al bien o bienes jurídicos protegidos, atribuibles a la acción u omisión.

B. Elementos contingentes:

I. (Formas de coparticipación). En su caso, de manera accesoria a cualquiera de las conductas de autoría o coautoría dolosas señaladas en las fracciones I y II del apartado A de este artículo, una o más de las formas típicas de determinación y/o de complicidad dolosas, previstas en este código.

II. (Elementos de la figura típica). Además, según se contemplen en la figura típica de que se trate, se concreten:

1) La calidad del sujeto activo y/o del pasivo.

2) El resultado material y su imputación objetiva a la acción u omisión. 3) Los medios utilizados.

4) Las circunstancias de lugar, tiempo, modo y ocasión.

5) El o los elementos normativos y/o subjetivos específicos, y

III. (Modalidades vinculadas a la figura típica penal). En su caso, una o más de las modalidades que la ley vincule a la figura típica de que se trate, ya sea que agraven o atenúen su punibilidad. Las circunstancias calificativas que la ley vincule a una figura típica, también se considerarán como modalidades agravantes del tipo penal de que se trate.

DIVERSOS CONCEPTOS

Figura típica: Se denomina figura típica, al supuesto legal en el que se describe la conducta punible del o los autores materiales de un delito doloso en particular, sea consumado o como tentativa punible o equiparada a ella; o bien, a los supuestos legales en los que se describa la conducta culposa punible respecto a los delitos que la ley admita la culpa.

Dolo: es conocer y decidir concretar los elementos objetivos de un tipo penal, con independencia de que el agente sepa de su existencia en la ley y, además, si se trata de un delito de resultado material, que éste último se quiera o acepte por el agente al realizar la acción que lo cause, o aquél quiera o acepte el resultado al omitir la acción que lo evitaría, pudiendo y debiendo jurídicamente hacerlo.

Elementos subjetivos: Son la intención de quien comete el delito

Elementos objetivos: Son la materialización del daño

Típica: contemplada en la ley

Antijurídica: Contraria a la ley

Culpable: Haberla cometido

Preguntas de examen:

1.- ¿Menciona tres principios relacionados con las garantías penales?

- Principio de legalidad

- Prohibición de analogía o mayoría de razón y de retroactividad

- Principio de interpretación garantista de la ley penal

- Principio de tipicidad

- Prohibición de responsabilidad objetiva

- Principio de afectación al bien jurídico protegido

- Principio de contrariedad con la norma prohibitiva

- Principio de culpabilidad

- Principio de proporcionalidad en la individualización de la pena y medidas de seguridad

- Principio vicarial

- Principio de jurisdiccionalidad

2. ¿Menciona tres principios de la Aplicación espacial de la ley penal?

- Principio de territorialidad

- Lugar de comisión del delito y principio de ubicuidad

- Principio de extra-territorialidad

3.- ¿Qué bienes jurídicos protegen los tipos penales?

Los tipos penales estarán limitados a la exclusiva protección de los bienes jurídicos necesarios para la adecuada convivencia social

División del Código Penal de Coahuila

Contiene dos libros:

La parte General que consta de:

- 6 títulos

- 13 Capítulos

- Del articulo1 al 180

La parte especial que consta de:

- 4 apartados: delitos contra el Estado, Delitos contra la Sociedad, Delitos contra la Familia y Delitos contra las personas

- 5 títulos

- 13 capítulos

- Del articulo 181 al 445

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