Estructura y funcionamiento del poder judicial
Enviado por Helena • 2 de Octubre de 2018 • 1.265 Palabras (6 Páginas) • 242 Visitas
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco es la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado competente para resolver las controversias que se susciten en los procesos electorales para la renovación de los poderes Legislativo, Ejecutivo, y de los ayuntamientos; así como en los procesos de plebiscito y referéndum.
Se integra por cinco magistrados propietarios de los cuales uno es nombrado presidente el cual durará en su cargo el tiempo que ejerza la magistratura y funciona en Pleno, cuando se reúnen el total de magistrados en funciones y contará con una Secretaría General de Acuerdos y el personal administrativo que requiera para su buen funcionamiento.
Los criterios fijados por el Tribunal Electoral del Estado sentarán jurisprudencia cuando se sustenten en el mismo sentido, cinco resoluciones consecutivas.
Los Juzgados de Primera Instancia conocen y resuelven asuntos del fuero común en materia penal, civil, familiar y mercantil según determine el Pleno del Consejo General, podrán ser Especializados y/o Mixtos y se integran por un Juez, Secretarios, Actuarios, Notificadores y demás servidores públicos de la administración de justicia que autorice el Consejo General y que permita el Presupuesto de Egresos.
Los Juzgados Menores y de Paz tendrán:
Un Juez y actuarán con testigos de asistencia y el personal administrativo que permita el Presupuesto de Egresos.
Los Jueces Menores conocerán de los siguientes asuntos:
De los delitos cuya pena media no exceda de dos años de prisión y de los asuntos civiles y mercantiles cuya cuantía no exceda de ciento ochenta días de salario mínimo general vigente en la zona económica del lugar de su adscripción.
Los Jueces de Paz conocerán de los siguientes asuntos:
De los delitos cuya pena media no exceda de seis meses de prisión y de los asuntos civiles y mercantiles cuya cuantía no exceda de cien días de salario mínimo general vigente en la zona económica del lugar de su adscripción.
En ambos casos deberán también realizar las diligencias que les sean encomendadas por sus superiores y demás asuntos que prevengan las leyes.
El Jurado Popular será solamente para conocer de los procesos que se instruyan por delitos cometidos por medio de la prensa, contra el orden público y se integrará por siete ciudadanos electos mediante un sistema de insaculación por el Pleno del Consejo General.
El procedimiento, recusación, el orden que debe seguirse en las audiencias y en general todo lo relativo a las obligaciones y funciones de los jurados, se regirán por lo que dispongan las leyes aplicables.
El Instituto de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco es un órgano del Poder Judicial competente y rector en materia de medios alternativos de justicia su objeto es promover y regular los métodos alternos para la prevención y en su caso la solución de conflictos, el instituto estará integrado por los órganos siguientes: un Director General, un Consejo, un secretario técnico, las direcciones:
- De Métodos Alternativos de Solución de Conflictos y validación
- De Acreditación, Certificación y Evaluación
- De Administración y Planeación
- De Capacitación y Difusión
Y con el personal técnico y administrativo necesario y que el presupuesto permita.
Bibliografía
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.
- Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco.
- http://www.stjjalisco.gob.mx/
- http://www.tjajal.org/
- http://www.triejal.gob.mx/
- http://cjj.gob.mx/
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