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Eutanasia - Medicina Legal

Enviado por   •  13 de Febrero de 2018  •  2.031 Palabras (9 Páginas)  •  457 Visitas

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El Principio de autonomía personal

Aquí en este caso no hay ninguna manera de comprobar la decisión personal de Eluana, y estar seguros de que esta acción fue la que ella habrá querido en el futuro, puesto que solo tenemos el testimonio de su padre, que no nos puede garantizar una total seguridad sobre su veracidad. En este caso no se puede hablar del principio de autonomía personal.

Elección de morir por parte de quien se encuentra en una situación de enfermedad terminal o graves sufrimientos.

En esto caso la persona no padece de una enfermedad terminal ni tampoco se puede afirmar que graves sufrimientos, ni mucho menos se puede hablar de elección, la cual resulta de difícil comprobación, lo que sí es un hecho que el mismo padre solicitó acabar con la vida de su hija pidiendo la suspensión de la alimentación e hidratación artificial.

- Caso de la paraguaya Carolina Ramírez

Análisis desde el punto de vista Ético:

La decisión y el acompañamiento de la Madre de Carolina, es correcta y plenamente ética ya que vivir en el caso de su hija y de todos los seres humanos es un valor superior , que se le arrebata al darle la muerte, y dejar de existir es el supremo de los males. Ella acepta y sostiene que poseerle con vida a su hija es lo más hermoso que puede tener.

Desde el punto de Vista Religioso

La madre comenta que su fe la sostiene, esta fe está en saber que la vida de su hija es un regalo de Dios, ella misma expresa su agradecimiento al Creador, y se siente una elegida del Señor. Ya que está custodiando el primer don de Dios y el más preciado que es la Vida.

Desde el punto de Vista Jurídico

Este caso está en total consonancia con la constitución nacional paraguaya que en su artículo 4 protege la vida y con toda la legislación nacional, el bien supremo, el primer derecho en la cual se fundamenta todos los demás es el derecho a la vida. Es jurídicamente es aceptable en todos los sentidos.

El Principio de autonomía personal

No se puede hablar de autonomía personal en este caso de Carolina Ramírez, puesto que no se puede ver la decisión por sí misma de la persona

Elección de morir por parte de quien se encuentra en una situación de enfermedad terminal o graves sufrimientos.

En este caso no vemos una elección de morir y tampoco no hay oportunidad de ninguna clase de elección puesto que la persona está en un estado de coma, se descarta un estado de enfermedad terminal o graves sufrimientos

- Muerte digna: el caso de una adolescente reinstala el debate Caso Melina González

Análisis desde el punto de vista Ético:

Melina González pide junto con su madre que la seden hasta que le sobrevenga la muerte, por tener paralizado el cuerpo y las dolencias, afirmando que no es digno vivir así.

Podemos decir éticamente de que un ser humano no pierde la dignidad por sufrir; lo indigno es basar su dignidad en el hecho de que no sufra»

El argumento utilizado del dolor en la cual se quiere plantear una justificación o casi obligatoriedad de eutanasia para el paciente, hoy en día ese dolor es algo que se puede paliar y hacer más llevadero con los avances de la ciencia médica, es un dolor curable, con los medios adecuados de analgesia y de los cuidados paliativos proporcionados al dolor mismo.

El deseo de dejar de sufrir es algo muy humano. Pero hay que mitigarlo por medios lícitos. Hoy no hay sufrimientos insoportables dada la terapia anti dolorosa de que hoy dispone la Medicina.

Análisis desde el punto de vista Religioso:

Desde el punto de vista religioso podemos afirmar que el valor supremo es siempre la vida, lo que enseña la Iglesia Católica es que; Es lícito suministrar narcóticos y analgésicos que alivien el dolor, aunque atenúen la consciencia y provoquen de modo secundario un acortamiento de la vida del paciente. Siempre que el fin de la acción sea calmar el dolor, y no provocar subrepticiamente un acortamiento sustancial de la vida; en este caso, la moralidad de la acción depende de la intención con que se haga, y de que exista una debida proporción entre lo que se logra (la disminución del dolor) y el efecto negativo para la salud.

Análisis desde el punto de vista Jurídico:

En la información observamos que el hecho acontece en argentina, en donde carecen de legislación sobre el trato de pacientes terminales, que es el pedido por el cual hace la adolescente y su madre, pero este caso no se puede considerar que es una enfermedad terminal, y el pedido de eso modo tampoco encuadra en su realidad. Si la sedación busca disminuir el sufrimiento podríamos decir que es licito, por si está si esta utiliza para provocar la muerte no es admisible de ninguna manera. Y es ahí donde vemos una contradicción tanto en lo que afirma la adolescente y lo que dicen los especialistas.

El Principio de autonomía personal

Aquí vemos una decisión personal de Melina, un pedido de que la seden hasta morir, ella manifiesta su deseo de no seguir, pero esta solicitud no puede fundamentarse una vez en este principio que ya esencialidad radica en el estar vivo, porque con la muerte se eliminaría la libertad que es también requisito del principio de autonomía personal

Elección de morir por parte de quien se encuentra en una situación de enfermedad terminal o graves sufrimientos.

En este caso no nos encontramos ante una persona que padece una enfermedad terminal, pero sí de sufrimientos ocasionados por una nuero fibrosis, la elección de morir, es una salida según ella para dejar de sufrir.

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