Historia del derecho. DERECHO SUBJETIVO
Enviado por Ninoka • 9 de Agosto de 2018 • 3.796 Palabras (16 Páginas) • 415 Visitas
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- Escuela de los Sabinianos: Fundada por Capiton, pero recibe su nombre de uno de sus discípulos más destacados, Sabino. Consideraban necesario la concretación material
Esta escuela se caracteriza por:
- Histórico: son tradicionalistas y se basan en textos tales como el Digesto
- Político: van con el principado
- Filosófico: son materialistas
- Metodológico: son aferrados a las normas y le rigen un culto al texto
- Finalístico: son seguidores del derecho estricto, sin salirse del texto
- Gramatical o argumentativo: son analógicos
- Expositivo: eran sistemáticos
Entre sus discípulos más representativos se encontraban:
- Sabino: fue reconocido por su creatividad y recibió el ius respondendi, que autoriza que las opiniones de él tengan cierta fuerza de autoridad científica.
- Gayo: muestra una visión panorámica e integral del derecho de una forma sencilla a través de unos de sus textos más representativos las Institutas, las cuales han sido citadas por grandes juristas como Justiniano.
- Juliano: es considerado como uno de los juristas mas brillantes de su época
- Escuela de lo proculeyanos: Fundada por Labeón, pero al igual que la escuela sabineana recibe su nombre de uno de sus discípulos mas destacados Proculo. Consideraron necesario el aspecto intencional, al animus.
Se caracterizan por:
- Histórico: fueron reformistas
- Político: van con la república
- Filosófico: eran considerados idealistas
- Metodológico: prefirieron los principios generales
- Finalístico: propendían por la equidad y la justicia aplicada en dada caso
- Gramatical o argumentativo: eran anomalistas, se basaban en las diferencias
- Expositivo: eran casuísticos
Un ejemplo de las diferentes opiniones de estas dos escuelas consiste en la opinión que manejaban frente a los contratos de la compraventa y la permuta; los proculeyanos pensaban que eran contratos diferentes, mientras que los sabinianos considereraban que la permuta hacia parte de la compraventa.
Institutas de Gayo: De Gayo y de sus Institutas no se conocía directamente, sino a través de libros reconocidos como el digesto de Justiniano o las Institutas de este mismo, por esta razón se llegó a dudarse de la existencia de Gayo y hasta de su credibilidad. Hasta el S XIX, siglo en el cual aparecieron las tan famosas Institutas.
Las Institutas se dividen en 4 libros y estos a su vez en títulos, sus temas a tratar son: personas, cosas y acciones. La misma estructura acogida por el código Francés. Su importancia radica por ser de carácter pedagógico y por ser un tesoro jurídico ya que representa la escuela clásica del derecho.
ESCUELAS BIZANTINAS
Durante esta época se legislaron diferentes códigos como el Gregoriano y el Hermogeniano (de origen imperial, pero de colección privada), por otro lado el Teodosiano (que seria de origen y de colección imperial).
En el periodo post-clásico existe una fatiga jurídica perdiéndose toda la brillantez del periodo clásico, este periodo es llamado el de vulgarización. Esta oscuridad es frenada por la llamada escuela de Berito en el oriente, con posterioridad se crean otras escuelas (Constantinopla, Antioquia y Alejandría) que son escuelas del S V, estas están en función del alumno.
Estas escuelas se caracterizan por: 1) no ser creativos, sino buscar retornar al derecho romano clásico para restablecerlo y 2) se apego a los textos del clasicismo romano, por lo que manejan un método exegético (apego al texto).
Se utilizan los siguientes géneros literarios:
Glosa: corta y breve anotación sobre un determinado texto.
Escolios: anotación breve pero son puestas al final de los textos.
Pro-teorías: anotaciones puestas al comienzo de los textos.
Índices: aquellos que dicen que hay en el texto.
Paráfrasis: explicación amplificativa de un texto.
DERECHO JUSTINIANEO:
Las anteriores escuelas son el comienzo del derecho justinianeo, puesto que se empiezan a crear las primeras escuelas jurídicas con miras hacia atrás. Estas escuelas sacaron a flor de piel todo el derecho romano clásico en el S VI, sin embargo Justiniano encuentra algunos problemas en este estudio jurídico:
- No existían estudios detenidos puesto que eran estudios jurídicos autorizados.
- No existían compilaciones fiables.
- Existían un número muy elevado de leyes y de opiniones doctrinales, luego existe una inflación legislativa, y no son armónicas unas con otras.
- Existía una mezcla entre el derecho romano vivo, con el derecho romano muerto (el que no tiene vigencia).
- Se necesitaba volver a la creatividad.
Justiniano busca replantear el imperio, sus razones fueron:
- Superar los inconvenientes observados en el escenario jurídico pre-justinianeo
- Darle unidad al imperio por medio de las ramas y el derecho.
- Busca restaurar de formas originales el derecho clásico de la mezcla surgida con otros derechos.
- Legarle a las nuevas generaciones un buen trabajo con el fin de que reinase la estabilidad.
Componentes de la compilación justinianea
Está compuesto por un ordenamiento positivo que son los derechos imperiales (leges) y por un componente doctrinal (iura).
Tiene sus raíces en el S VI (entre el 528 d. C. al 534). La compilación está compuesta por tres libros que son: el código, las institutas y el digesto.
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