INTRODUCCION AL DERECHO - PARCIAL NUMERO 1- PREGUNTA 1
Enviado por Ninoka • 3 de Septiembre de 2018 • 3.419 Palabras (14 Páginas) • 503 Visitas
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Deben crearse diferentes órganos del cuerpo del Estado y cada uno de ellos debe asumir una de las funciones de estado.
Esos órganos de poder del Estado deben actuar autónomamente. Es decir, sus dictámenes o decisiones no pueden ser invalidados, modificados o anulados por otro órgano.
Debe estar establecida la forma en que se nombran los titulares del respectivo órgano, y las solemnidades y procedimientos para poner término a sus cargos.
El poder debe estar institucionalizado y no personalizado, vale decir, debe recaer en instituciones jurídico-políticas y no en autoridades específicas, las cuales tienen temporalmente el poder en sus manos mientras revisten su cargo.
Tal vez el requisito más importante tiene que ver con que tanto las normas jurídicas del respectivo Estado como las actuaciones de sus autoridades cuando aplican dichas normas jurídicas, deben respetar, promover y consagrar los derechos esenciales que emanan de la naturaleza de las personas y de los cuerpos intermedios que constituyen la trama de la sociedad.
Los caracteres que presenta son:
a)IMPERIO DE LA LEY: Significa que el estado se encuentra reglado por un conjunto de leyes dictadas por los organos representativos de la voluntad de los miembros de ese pais. (El gobernante esta sometido a la ley). Principio de legalidad.
b) DIVISION DE PODERES: Consiste en la separacion de las funciones de elaborar, ejecutar y aplicar las leyes que correspondan al Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y al Poder Judicial. Es una distribucion de poderes y competencias, con relaciones y controles reciprocos. (Para que el poder no se concentre en una sola persona). Obligatoriedad del Derecho con respecto al estado
c) LEGALIDAD DE LA ADMINISTRACION PUBLICA: Denota que la administracion del estado debe ajustar su actuacion a lo establecido por las normas juridicas vigentes, y debe ser posible el control por parte del Poder Judicial independiente.(La actividad del estado debe estar sometido a las normas). La responsabilidad del estado por sus actos frente a los ciudadanos
d) VIGENCIA DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES:Supone las garantias formales y realizacion material de los derechos humanos basicos. La supremacía de la constitución
Desde la PERSPECTIVA FUNCIONALISTA, el derecho cumple una serie de FUNCIONES SOCIALES: PRIMARIAS: como ser PREVENCION Y RESOLUCION DE CONFLICTOS (CREACION), y FUNCION DE CONTROL SOCIAL.
FUNCION SOCIAL SECUNDARIA: FUNCION TUITIVA o de PROTECCION/ EDUCATIVA o SOCIALIZADORA, PLANIFICACION o configuracion de las condiciones de vitales/ CONSTITUCIONAL, LEGITIMACION y ORGANIZACION del Poder Politico, Nacional o Internacional/ DISTRIBUTIVA O DE REPARTICION de los Individuos o grupos de individuos/ PROMOCIONAL o de ESTIMULO/ CAMBIO del Orden Constituido/ SUPERVISION o de CUIDADO del Derecho.
PREGUNTA 3
3)Además de la problemática sobre la existencia y más precisamente sobre el modo de existir propio de los valores en general, y de los valores jurídicos en particular, también se discute si se pueden conocer o no, y en caso afirmativo sobre el modo de conocerlos. Existen diversas tipos de teorías al respecto. A partir de lo trabajado en las actividades 6 y 8 del módulo 3 de la asignatura, relacione, en no más de quince renglones, la clasificación en teorías cognoscitivas y no cognoscitivas sobre la justicia, con la problemática sobre la objetividad o subjetividad de los valores.
RESPUESTA
3) Las Teorías Cognoscitivas parten del supuesto que los Valores son cualidades inherentes a las cosas o a las acciones y como tales pueden ser conocidas por el hombre a través de sus distintas facultades.Surgen tres tipos:
a)TEORIAS NATURALISTAS: Sostienen que la JUSTICIA es una cualidad que pertenece a las normas o a las acciones y que su existencia puede ser conocida y comprobada EMPIRICAMENTE (utilitarismo e iusnaturalismo).
b) TEORIAS RACIONALISTAS: Sostienen que la JUSTICIA es una cualidad que pertenece a las normas o a Los comportamientos,y que su existencia solo puede ser conocida a traves de la RAZON.
c) TEORIAS INTUICIONISTAS: Sostienen que la JUSTICIA es una cualidad que pertenece a las normas o a las acciones que las regulan y que su existencia solo puede ser conocida y comprobada por la INTUICION. Esta forma de conocimiento permite captar la estructura esencial que constituye las formas a priori de toda experiencia posible, con la misma objetividad y evidencia con la que se presentan los datos concretos de la experiencia misma. Para estos autores, el SENTIMIENTO constituye el instrumento gracias al cual llegamos al conocimiento de los valores existentes objetivamente en las cosas, lo cual no debemos confundir con el EMOTIVISMO que sostiene que el SENTIMIENTO es la fuente misma de los valores.
TEORIAS NO COGNOSCITIVAS: Sostienen que no puede darse apropiadamente el conocimiento de los VALORES ya que el fundamento de estos ha de buscarse en el campo de la VOLUNTAD o del SENTIMIENTO.
Existen dos clases:
a) TEORIAS VOLUNTARISTAS: La JUSTICIA depende exclusivamente de actos de voluntad. Ellos pueden existir o no y junto con ellos la JUSTICIA (materialismo – clase dominante y contractualismo- autonomia de la voluntad como límite para el estado).
b) TEORIAS EMOTIVISTAS: La JUSTICIA tiene un significado EMOTIVO y expresa las preferencias hacia ciertos comportamientos o normas. Tiene dos formas: psicológica y sociologica.
Como conclusión vemos que lo JUSTO es un criterio absoluto y como tal inmutable en el tiempo y universal en el espacio. Las TEORIAS COGNOSCITIVAS tienden a absolutizar el criterio de justicia, en cuanto piensan que se trata de un criterio objetivo, inherente al OBJETO.
En cambio, para las TEORIAS RELATIVAS el criterio de lo justo está condicionado por las fluctuaciones de la historia y de las opiniones cambiantes de los hombres. Las TEORIAS NO COGNOSCITIVAS tienden a afirmar la relatividad de la JUSTICIA.
La problemática sobre los VALORES surge respecto a si los valores deben ser necesariamente OBJETIVOS o SUBJETIVOS. Si bien es sabido que los VALORES surgen a partir de una relación entre el SUJETO y el OBJETO, los OBJETOS, motivo de las valoraciones no son todos iguales, por el contrario, son de diversa naturaleza. Por lo que se entiende que no hay valoración sin la presencia de un objeto. Hay cualidades en el objeto que obligan a reaccionar de un modo determinado, a valorar positiva o negativamente aunque
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