INTRODUCCION CONCEPTO DE SISTEMA
Enviado por monto2435 • 14 de Diciembre de 2018 • 2.517 Palabras (11 Páginas) • 350 Visitas
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- Los Riesgos Inherentes determinan el “ALCANCE”, esto es: cantidad de evidencia a reunir por el Auditor.
“Cuanto mayor son los Riesgos Inherentes, mayor será la evidencia y viceversa”.
- Los Riesgos de Control determinan la “NATURALEZA”, esto es: si se hacen pruebas de cumplimiento o sustantivas (Validación de Saldos).
Si:
- Los Riesgos de Control son bajos: se confía en los controles y se requieren menos pruebas sustantivas.
- Los Riesgos de Control son altos: no se confía en los controles, y se validaran los saldos.
A tener en cuenta: las pruebas de validación de saldos nunca se eliminan. Siempre deben existir, aunque sea en mínimas cantidades.
Entonces:
( + )
RIESGO
INHERENTE
( - )
MAXIMO ALCANCE
↓
CONFIANZA DE CONTROLES
↓
Mínimo alcance de Pruebas Sustantivas
MAXIMO ALCANCE
↓
ENFOQUE SUSTANTIVO
MINIMO ALCANCE
↓
CONFIANZA DE CONTROLES
↓
Mínimo alcance de Pruebas Sustantivas
MINIMO ALCANCE
↓
ENFOQUE SUSTANTIVO
( - )
RIESGO DE
CONTROL
( + )
El enfoque no es general. Se analiza por Rubros y dentro de cada Rubro puede haber mas de un enfoque (según la división en subsistemas)
CONCEPTO DE AUDITORIA
Es un control de sistemas
La auditoría de sistemas ha sido definida como la revisión sistemática, organizada, de los sistemas en funcionamiento para ver si en ellos se verifican las propiedades de:
- Vigencia de los objetivos planteados.
- Concordancia del sistema con los objetivos (efectividad).
- Permanencia del diseño por no haber sufrido alteraciones que lo degradaran operativamente.
- Eficiencia del sistema.
La Auditoría es un sistema de control correctivo, del tipo retroalimentado: el auditor es el grupo de control que compara los objetivos definidos para el sistema con los resultados que éste produce en relación con la característica controlada, determina los desvíos e informa de ello al grupo activante.
La Auditoría es, en general, un control selectivo: normalmente no es necesario verificar la totalidad de los resultados producidos por un sistema para obtener información suficiente para evaluar el funcionamiento del sistema operante.
La Auditoría es un control de secuencia abierta: el grupo de control es independiente del sistema. Cuando el control pertenece al sistema, simplemente se denomina control, pero no auditoría.
Auditoria de Sistemas: hay auditoria de sistemas cuando:
- “Hay un experto en un sistema…”: que para ser “Auditor” requiere de INDEPENDENCIA.
La diferencia entre un “Auditor” y un “Experto en un Sistema” esta dado por la INDEPENDENCIA.
- “… que es independiente al mismo…”: condición básica para ejercer la auditoria.
Aun en caso de Auditoria Interna, el Auditor debe ser independiente al sistema (por lo que no podrá auditar a toda la empresa y también al directorio).
- “… y que lo evalúa para emitir un informe”.
FALTA DE INDEPENDENCIA (SEGÚN RT 7)
El auditor no es independiente en los siguientes casos:
- Cuando estuviera en relación de dependencia, con respecto al ente o entes que estuvieran vinculados económicamente él.
No se considera relación de dependencia a: registro de documentación contable, preparación de los EECC, yrealización de otras tareas similares remuneradas mediante honorarios, en tanto no coincidan con funciones de dirección,gerencia o administración del ente cuyos EECC están sujetos a la auditoría.
- Cuando sea cónyuge o pariente por consanguinidad, enlínea recta o colateral hasta el 4º grado inclusive, o porafinidad hasta el segundo grado, de alguno de los propietarios,directores, gerentes generales o administradores del ente cuyainformación contable es objeto de la auditoría o de los entesvinculados económicamente a aquel del que es auditor.
- Cuando fuera socio, asociado, director o administrador delente auditado, o de losentes que estuvieran vinculados económicamente
Hay independencia cuando el auditor fuera socio o asociado de entidades civiles sin fines de lucro o de sociedades cooperativas, cuya información contable es objeto de la auditoría o de los entes económicamente vinculados a aquel del que es auditor.
- Cuando tuviera intereses significativos en el ente auditado o en los entes que estuvieran vinculados económicamente.
- Cuando la remuneración fuera contingente o dependiente de las conclusiones o resultados de su tarea de auditoría.
- Cuando la remuneración fuera pactada sobre la base del resultado del período a que se refieren los estados contables auditados.
VINCULACION ECONOMICA (SEGÚN RT 7)
Se entiende por entes (personas, entidades o grupos
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