LA VICERRECTORADO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL
Enviado por Christopher • 18 de Junio de 2018 • 1.862 Palabras (8 Páginas) • 485 Visitas
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Seguidamente se Desarrollan las actividades de Pasantía que esta conformada por: Descripción de las Actividades Realizadas, Conocimientos y Experiencias Adquiridas en el Departamento y Comparación de los Conocimientos Teóricos de la Especialidad con la Práctica. Finalmente el trabajo culmina con el desarrollo de las conclusiones y Recomendaciones de la investigación.
OBJETIVOS DE LA PASANTIA
CAPITULO I
Nombre de la Institución
OBJETIVOS
GENERAL
EFECTUAR en forma innovadora y sin excepción alguna el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos municipales, promoviendo permanentemente el mejoramiento de su gestión.
ESPECIFICOS
- Examinar las áreas estratégicamente a ser fiscalizadas en el ejercicio fiscal correspondiente.
- Verificar la legalidad , exactitud, sinceridad y corrección de las operaciones administrativas presupuestarias y financieras de los órganos y entes sujetos a control por medio de las actuaciones y acciones fiscales
- Evaluar el sistema de control interno del órgano controlar para promover la eficiencia, economía y calidad de sus operaciones en el cumplimento de sus objetivos y metas planteadas
- Fomentar el ejercio de la participación ciudadana a participar en el control sobre la gestión publica
DE LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS ENCARGADA DE LA DIRRECCION DE CONTROL Y EVALUACION DE LA ADMINISTRACION CENTRAL Y DECENTRALIZADA
- Ejercer el control y vigilancia de los procesos, actividades y operaciones realizadas por los órganos y entes sujetos, a través de auditorias, inspecciones, fiscalizaciones, exámenes, estudios, análisis e investigaciones de todo tipo.
- Realizar el examen, calificación y declaratoria de fenecimiento de las cuentas sometidas a su control de conformidad con lo establecido en la ley orgánica de contraloría general de la republica y del sistema nacional de control fiscal.
- Realizar la evaluación del sistema de control interno de los órganos y entes sujetos a control determinando el grado de operatividad y eficacia de los sistemas de administración y de información gerencial, y formular las recomendaciones dirigidas a utilizar.
- Tramitar las denuncias de particulares o las solicitudes que formulen cualquier órgano, ente, servidora o servidor publico, vinculada con la comisión de actos, hechos u omisiones contraídos a una disposición legal o sublegal, relacionados con la administración, manejo y custodia de fondos o bienes públicos municipales; una vez que estas sean gestionada por la dependencia que se encargue de la atención ciudadana.
- Efectuar estudios organizativos estadísticos, económicos y financieros, análisis e investigación de cualquier naturaleza, para determinar el costo de los servicios públicos, los resultados de la acción administrativa y la eficiencia con que operan los órganos y entes sujetos a su vigilancia, fiscalización y control.
- Utilizar los métodos de control perceptivo que sean necesarios, con el fin de comprobar la legalidad, exactitud, sinceridad y corrección de las operaciones, acciones administrativas y financieras, la ejecución de los contratos de los órganos y entes sujetos a control, así como examinar que los registros y sistemas contables respectivos se ajusten a las disposiciones legales y técnicas prescritas.
- Velar por el cumplimiento de las normas legales y sublegales relativa a la creación de institutos Autónomos, Sociedades, Fundaciones o Sociedades Civiles municipales.
- Velar por el cumplimiento de las normas legales y sublegales relativas a la desafectación de los bienes del dominio público, así como la adquisición de los bienes inmuebles necesarios para el uso publico o servicio oficial del municipio.
- Velar por el cumplimiento de la legalidad, sinceridad y exactitud de las actas de entrega de los órganos de control fiscal interno de los órganos y entes sujetos a control, de conformidad con lo previsto en la norma para regular la entrega de los órganos y entidades de la administración pública y sus respectivas oficinas y dependencias.
- Realizar seguimiento al plan de acciones correctivas implementado por los órganos y entes sujetos a control, con la finalidad de que se cumplan las recomendaciones contenidas en los informes de auditoria o cualquier actividad de control.
- Ejercer actividades inherentes a la potestad investigativa, entre las cuales se encuentran:
- Realizar las actividades que sean necesarias, a fin de verificar la ocurrencia de actos hechos u omisiones contrarios a una disposición legal o sublegal, determinar el monto de los daños causados al patrimonio publico municipal, si fuere el caso, asi como la procedencia de acciones fiscales.
- Realizar las actuaciones necesarias a solicitud de la Contraloria general de la Republica cuando se presuma que hubieren ocurrido actos, hechos u omisiones contrarios a normas legales o sublegales, e informales los resultados dentro del plazo que se acuerden a tal fin.
- Formar el expediente de investigación.
- Notificar de manera especifica a los interesados legítimos vinculados con los actos, hechos u omisiones objeto de investigación.
- Ordenar mediante oficio de citación, la comparecencia de cualquier persona a los fines de tomar la declaración correspondiente.
- Elaborar un informe dejando constancia de los resultados de las actuaciones realizadas con ocasión de ejercicio de la potestad investigativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 81 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional Del Control Fiscal y 77 de su Reglamento.
- Elaborar comunicación, a fin de que el contralor o contralora Municipal, de conformidad con lo previsto en el Articulo 97 la Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional Del Control Fiscal y 66 de su reglamento, remita el expediente de la investigación o de la actuación de control, cuando el existan elementos de convicción o prueba que pudieran dar lugar a la formulación de reparos, a la declaratoria de responsabilidad normativa o a la imposición de multas a funcionarios de alto nivel de los órganos y entes mencionados en los numerales del 1 al 11 del articulo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de
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