LOS MUNICIPIOS DE CATEGORÍA SEXTA ESTÁN PREPARADOS PARA APLICAR LA NUEVA NORMATIVIDAD Y POLÍTICAS PÚBLICAS NACIONALES
Enviado por mondoro • 29 de Noviembre de 2018 • 6.478 Palabras (26 Páginas) • 341 Visitas
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Como base de este ensayo, se tomaron las referencias de diferentes autores, y bases legales comprendidas en leyes y acuerdos que se encuentran relacionados al final del presente como anexos al mismo.
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¿LOS MUNICIPIOS DE CATEGORÍA SEXTA ESTÁN PREPARADOS PARA APLICAR LA NUEVA NORMATIVIDAD Y POLÍTICAS PÚBLICAS NACIONALES?
El gran evento de la historia Colombiana fue la Constitución Política de 1991, en la cual unifico la territorialidad en departamentos y municipios. Los departamentos en Colombia están compuestos por un total de treinta y dos (32), a los que se añade el Distrito Capital de Bogotá, que posee las mismas jurisdicciones de un departamento (Constitución Política de 1991). Es importante analizar este gran hecho, que se reconoce autonomía en territorio y presupuesto a lugares enmarcados como municipios y departamentos.
“TITULO I DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES ARTÍCULO 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.” (ConstituciónNacional de Colombia,1991). Esto indica como está conformada la República de Colombia.
Se debe tener en cuenta que los municipios son entidades descentralizadas como lo manifiesta la Constitución Nacional de Colombia de 1991.
“Artículo 287. Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos como Gobernarse por autoridades propias, Ejercer las competencias que les correspondan, Administrar los recursos y establecer los tributos
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necesarios para el cumplimiento de sus funciones y Participar en las rentas nacionales. (ConstituciónNacional de Colombia,1991)
Se hace necesario abordar la definición de la Real Academia de la Lengua Española (R.A.E.), define el término descentralizar como la acción de “Transferir a diversas corporaciones u oficios parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado” (Diccionario de la Real Academia de lengua Española, 2016 )
Ley 1551 de 2012, categoriza y/o estructura a los municipios teniendo en cuenta la población, ingresos corrientes de libre destinación, importancia económica y situación geográfica; de esta manera se agrupa en las siguientes categorías:
Categoría Especial: Población: Superior o igual a los quinientos mil uno (500.001) habitantes. Ingresos corrientes de libre destinación anuales: que superen cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Importancia económica: Grado uno
Categoría Primera Población: Comprendida entre cien mil uno (100.001) y quinientos mil (500.000) habitantes. Ingresos corrientes de libre destinación anuales: Superiores a cien mil (100.000) e y hasta de cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Importancia económica: Grado dos
Categoría Segunda Población: Con población comprendida entre cincuenta mil uno (50.001) y cien mil (100.000) habitantes. Ingresos corrientes de libre destinación anuales: Superiores a cincuenta mil (50.000) y hasta de cien mil (100.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Importancia económica: Grado tres
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Categoría Tercera Población: Con población comprendida entre treinta mil uno (30.001) y cincuenta mil (50.000) habitantes. Ingresos corrientes de libre destinación anuales: Superiores a treinta mil (30.000) y hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales. Importancia económica: Grado cuatro
Categoría Cuarta Población: Con población comprendida entre veinte mil uno (20.001) y treinta mil (30.000) habitantes. Ingresos corrientes de libre destinación anuales: Superiores a veinticinco mil (25.000) y de hasta de treinta mil (30.000) salarios mínimos legales mensuales. Importancia económica: Grado cinco.
Categoría Quinta Población: población comprendida entre diez mil uno (10.001) y veinte mil (20.000) habitantes Ingresos corrientes de libre destinación anuales: Superiores a quince mil (15.000) y hasta veinticinco mil (25.000) salarios mínimos legales mensuales. Importancia económica: Grado seis.
Categoría Sexta Población: Población igualo inferior a diez mil (10.000). Ingresos corrientes de libre destinación anuales: No superiores a quince mil (15.000) salarios mínimos legales mensuales. Importancia económica: Grado siete. (ley 1551, 2012)
La Unidad Administrativa Especial Contaduría General De La Nación “categorizó al municipio de Pacho Cundinamarca, de sexta categoría con unos ingresos corrientes de libre destinación de cuatro mil ciento cuarenta y dos millones seiscientos sesenta y nueve mil pesos ($4.142.669.000) con una población de veinte siete mil ciento setenta y nueve (27.179) habitantes” (Resolucion Nº 679 Contaduria General De La Nacion, 2016)
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Para el caso del municipio de Pacho en el departamento de Cundinamarca que se encuentra enmarcado como un municipio de sexta categoría según la Ley 1551 de 2012, se podría suponer que el municipio no estaría cumpliendo los parámetros estipulados por los municipios en Colombia, según la Ley para pertenecer a un municipio de sexta categoría, puesto que el municipio cuenta con una población que supera los veinte mil (20.000) habitantes, datos recolectados del Sistema de Selección de Beneficiarios Para Programas Sociales (SISBEN Municipal para el año 2016); es importante señalar, que de acuerdo con el Parágrafo 1° del Artículo 7°.
“Categorización de los Distritos y municipios” de la Ley 1551 de 2012. “Los municipios cuya población corresponda a una categoría determinada, pero cuyos ingresos corrientes de libre destinación anuales no alcancen el monto señalado en el presente artículo para la misma, se clasificarán en la categoría correspondiente a sus ingresos corrientes de libre destinación anuales.”; razón por la cual el municipio de Pacho Cundinamarca pertenece a la Categoría Sexta.
Los municipios colombianos de categoría sexta perciben ingresos por impuestos municipales que deben estar previstos en acuerdos, aprobados y expedidos por el Concejo Municipal o Distrital, por
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