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La administración pública en el Estado Constitucional

Enviado por   •  31 de Diciembre de 2018  •  5.458 Palabras (22 Páginas)  •  292 Visitas

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19. El Gobierno en su concepción Jurídica: el acto de autoridad → Para Rousseau, el Gobierno debía actuar como un poder público de ejecución de la ley, orientado a conservar el orden público y la seguridad exterior. El gobierno se expresaba mediante actos ejecutivos, imperativos prohibitivos y reguladores coactivos.

- En esta época se consideraba que la Nación posee una personalidad distinta de los individuos y, como tal, tiene una voluntad que naturalmente es superior [soberanía publica]. La nación soberana y organizada en gobierno, situada en determinado territorio, es el Estado.

- La teoría de los actos de autoridad y de gestión: es un criterio de repartición de competencias entre los tribunales administrativos y tribunales del fuero común. Además, se utilizaba particularmente en el dominio de la función pública, distinguiendo entre “funcionarios de autoridad” y “funcionarios de gestión”. - funcionarios de gestión → encargados de velar por la gestión de la fortuna publica y asegurar la percepción de todos sus ingresos y su afectación a los servicios públicos.- funcionarios de autoridad → depositarios de una parte de autoridad, de poder, que es uno de los atributos del poder ejecutivo. Encargados de la ejecución de las leyes, de regular el funcionamiento de los servicios públicos.

- Actos de autoridad: son los actos ejecutados por los funcionarios de autoridad. En estos actos, la AP emergía al campo del derecho como poder público en razón de su posición superior dentro de la sociedad que le otorgaba potestad. Son actos de obligado acatamiento.- Actos de gestión: son los ejecutados por cualquier funcionario público, es decir, todo el mundo podría ejecutarlos y no necesariamente implican la existencia de poder público. En estos actos, la AP no hacia uso de prerrogativa publica y se desenvolvía como un individuo cualquiera.

- De la distinción anterior nace la dicotomía de “Estado poder público” y “Estado persona jurídica civil”. Los actos de autoridad son actos de poder público [la AP actúa por la vía del mando]. Los actos de gestión son los que realizan los agentes administrativos dentro del dominio privado de la administración. Esta distinción dará, en el siglo pasado, el criterio de separación de las autoridades administrativas y judiciales. La diferencia entre estos dos actos respondía a la nueva forma en que paso a estructurar la sociedad el Estado moderno constitucional en dos círculos diferentes:

A.- Circulo de poder subjetivo del hombre (voluntad) → libertad, voluntad, propiedad – D° privado.

B.- Círculo del poder público (potestad)→ legalidad, potestad, orden público – D° público.

20.- El Gobierno en su concepción política. El sistema jurídico administrativo del Estado Constitucional: los derechos individuales, la separación de poderes, la ley y el derecho de los ciudadanos, a pedir cuentas de su gestión a todo funcionario público → La declaración de los Derechos del hombre y del Ciudadano influyo en el nuevo pensamiento político constitucional de occidente en relación a generar las bases de la nueva AP, entendida como una actividad Estatal sometida a la ley y ejercida conforme a la ley [ AP concebida como función jurídica]. La declaración proclamó que “toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada, ni determinada la separación de los poderes, carece de constitución”, “la ley es la expresión de la voluntad general”, “la sociedad tiene derecho a pedir cuenta de su administración a todo empleado público”.- El derecho administrativo demostró ser el instrumento normativo capaz de desplazar la razón de Estado por el principio de legalidad. Hizo de una administración del Gobierno una administración del Estado, cerrando el circulo racionalista legislador del Estado Constitucional.

- Los derechos solo podrían disfrutarse en paz si se establece un sistema que impidiera que un solo órgano o persona llegara a ejercer los atributos esenciales del poder político.

- La AP será el poder ejecutivo encargado de mantener el orden público y asegurar la convivencia internacional. La ley pasara a ser soberana de nuevo régimen. La ley está colocada por encima de todas las otras actividades del Estado, sin excepción. Al lado de la ley se reconoce solo un poder que está sometido a esta: el poder ejecutivo, el cual se subdivide en dos ramas justicia y administración.

- Si el Estado es una criatura fraguada [ideada] por los hombres, naturalmente la sociedad tendrá derecho a pedir cuentas a los encargados de ese Estado de la forma en que se está realizando la gestión encomendada, pero, ¿Qué es pedir cuentas?:

- Ley 7-14 de octubre de 1790 permito a todo agravado con un acto ilegal de la AP solicitar la nulidad de dicho acto ante las autoridades administrativas. “Las reclamaciones de incompetencia que se formules contra los actos dictados por los cuerpos administrativos deberán interponerse ante el Rey, jefe de la administración general”. Después de 1872 al transformarse el Consejo de Estado en una jurisdicción administrativa independiente se abrió paso al Estado de Derecho. La jurisprudencia francesa consagro el recurso por exceso de poder como un auxiliar del principio de la legalidad. De aquí que la doctrina reconociera carácter objetivo a lo administrativo.

- El Estado Constitucional consagro una sujeción de la AP al derecho a través de la separación de los poderes del Estado, asignándole una estructura orgánica jerarquizada, atribuyéndole un contenido específico de actuación, fijándole como principio el derecho de la sociedad a pedir cuentas de sus actos y estableciendo organismos administrativos especializados para conocer los reclamos de los particulares.

La administración pública en el Estado Liberal de Derecho (Capitulo 4)

21. Del Estado Constitucional al Estado Liberal de Derecho: la instrumentalización del poder público en defensa de los derechos subjetivo de los particulares → Con el Estado Constitucional se inició la legalización del poder público impuesto sobre la administración del Estado, es decir, el derecho triunfa sobre los intereses políticos.

-1872 Derecho administrativo francés: Departamento y municipio se organizan sobre principios nuevos; las grandes libertades reciben carta legislativa; se fijan las relaciones entre el legislativo y el ejecutivo; el Consejo de Estado toma como base los principios de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. La libertad/ autonomía sólo puede ser restringida cuando la ley lo permite. Se estableció el principio de la subordinación política del gobierno al parlamento,

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