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La inadecuada defensa de licenciados o abogados particulares por falta de preparación en el sistema penal acusatorio

Enviado por   •  22 de Noviembre de 2018  •  1.608 Palabras (7 Páginas)  •  514 Visitas

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Derecho del imputado

El imputado tendrá derecho a hacerse defender por abogado de la matrícula de su confianza o por el defensor oficial; podrá también defenderse personalmente siempre que ello no perjudique la eficacia de la defensa y no obste a la normal sustanciación del proceso. En este caso el tribunal le ordenara que elija defensor dentro del término de tres días, bajo apercibimiento de designarle de oficio el defensor oficial.

En ningún caso el imputado podrá ser representado por apoderado. La designación del defensor hecha por el imputado importara, salvo manifestación expresa en contrario, el otorgamiento de mandato para representarlo en la acción civil.

Este mandato subsistirá mientras no fuere revocado.

El imputado podrá designar defensor aun cuando incomunicado y por cualquier medio.

Actuacion del abogado defensor

El letrado que defiende al imputado deberá tratar de probar y comprobar hitos minimos, pero indispensables, para poder ejercitar con éxito tal eximente. La inminencia del mal a evitar es fundamentalmente. También lo es el medio empleado con ese fin, que deberá revestir la característica de ser el único, en esos momentos, a disposición del autor invocante a la defensa en estudio.

Inocencia del imputado:

Debera probar la total falta de provocación, por parte de su defendido en el origen de la causa siniestral, y que motivo el mal salvador para el.

Falta de obligación Jurídica.

El imputado no debe estar obligado a soportar el mal que combatio, ni tampoco peronal ni multitudinariamente pertenecer a cuerpo u organización que pueda estar en el principio y causa del mal combatido.

Inminencia

Imosibilidad de repeler el mal con otros medios que los empleados

No haber tenido participación en el origen y concreción del mal.

No estar obligado a soportar la situación fáctica creada.

Onjto de una defensa

Todo procesado (todo acusado en forma legal) desea cambiar su situación y liberarse de tales títulos. Todo abogado desea que su cliente sea inocente o, al menos, que asi sea declarado judicialmente.

Abogado Defensor.

El defensor deberá tratar de probar que ese “querer” del imputado no fue tal; que hubo una interrupción entre la voluntad y la realización del acto que se le reprocha.

Enfoque diverso.

Todo defensor debe tratar de enfocar el hecho sobre el cual elucubra, desde todos los ángulos posibles y probables.

Uno de ellos consiste en averiguar la mira u objetivo que llevo a actuar al imputado.

Aunque no se debe estar a las exclusivas declaraciones del imputado, que si aportan pruebas no son para nada desechables, y deben comprobarse, cosa en la cual se debe esforzar su defensor, o el mismo, si se auto defiende, se debe prestar atención a sus dicciones y contradicciones y compatibilizarlas con la realidad de lo acontecido y su subjetividad.

La intención del sujeto activo se puede construir, así mismo, por el tipo de consecuencias que dejo su acto, el favorecimiento que obtuvo de él o si simplemente fue un actor impulsivo o premeditado de aquellas.

Características del inquisitivo

Este sistema inquisitivo, singular en los regímenes despóticos, tiene las siguientes características:

- Impera la verdad material, misma que solo importa por su naturaleza y frente a ella la participación humana viene a ser nugatoria

- LA PRIVACION DE LA LIBERTAD ESTA SUJETA A CAPRICHO DE LA AUTORIDAD

- El uso del tormento prevalece para obtener la confesión

- La delación anónima, la incomunicación del detenido, el carácter secreto del procedimiento y la instrucción escrita;

- Los actos de acusación, defensa y decisión residen en el juzgador, para quien no existen limitaciones con respecto a las medidas conducentes y a las investigaciones para una amplísima información sobre los hechos.

Para este sistema se establecen como características generales cuatro, mismas que pueden reducirse en el sistema acusatorio:

- El acusador es distinto al juez;

- Posible representación del acusador por parte de cualquier persona;

- Posible patrocinio del acusado por parte de cualquier persona;

- El acusador no está representado por un órgano oficial.

Características particulares:

- Libertad de prueba

- Libertad de defensa

- Instrucción pública y oral;

- Debate público y oral.

Capitulo II

Comparación entre sistema Inquisitivo y Adversarial

Comparación

2° abogado particular

3° deficiencia del abogado

Espacios de página

3 cm de lado izquierdo

2.5 demás lados

-Títulos y sub arial 14 y negrita

En altas y bajas

Bajo el titulo deberá ir una peque redacción de hasta 2 renglones

-Para el texto arial 12

Interlineado 1.5

Entre renglones 2 espacios

-Cita de más de 40 palabras con arial 10 y 1.5 de cada lado y sin interlineado

Para cita es (Rojas, 1992, p. 196)

Para

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