La sociología del derecho es aquella que estudia los problemas
Enviado por karlo • 29 de Abril de 2018 • 2.893 Palabras (12 Páginas) • 400 Visitas
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Max Weber por su parte explica el orden social se compone básicamente de las acciones de los individuos y las instituciones son legitimadas por ellos; existen supuestos típicos de estos modos de acción, la sociología del derecho también trata de explicar este tipo de acciones y la medida en que están afectadas por el derecho; por otro lado la legitimidad legal parte de un tipo de sociedad (racional, capitalista) en la que es posible, del mismo modo que la legitimidad tradicional del derecho es consecuencia de otro tipo de sociedad y de sistemas de ideas políticas y religiosas. La costumbre es un sistema normativo amparado por el largo uso (tradición, hábito, imitación); el derecho tiene una validez garantizada por la coerción física y la autoridad del Estado, pero la transición entre un sistema tradicional y otro legal es fluida, tan fluida como el paso de una sociedad tradicional a una sociedad racional en la cual reemplaza (en realidad, complementa) el sistema de control social anterior.
Según la perspectiva de orden social de Mead no hay diferencia entre el autocontrol y el control social, se considera a la democracia como la institucionalización de la revolución. Para Mead su teoría de sociedad esta basada en el concepto pragmático en el que la comunicación era un tipo de actividad enraizad en la organización social. Este autor con influencia de la teoría evolutiva y la naturaleza social de la experiencia y de la conducta recalco la inmersión del YO y de la mente dentro del orden social y en el marco del simbolismo liguistico que usan las personas para comunicarse es decir el interaccionismo simbolico.-
3-
a)
Cambio social, es cualquier alteración no repetitiva de los modos de conducta establecidos en la sociedad ; el cambio social solo existe cuando hay un cambio en la estructura social( pautas de relaciones, normas y roles)por ejemplo el cambio de pautas raciales.
Un concepto más amplio de cambio social Grosmman reconoce en el distintos niveles y ordenes, asimismo distingue proporción, magnitud y finalidad del cambio que puede ser creciente, global o revolucionario; la magnitud de cambio depende del progreso tecnológico, desarrollo político, entorno natural, etc.
La evolución del derecho debe reflejar la evolución social.
Si las leyes parecen ser, en general, pasivas frente a otras normas, pueden existir condiciones en las que adquieran potencia para promover el cambio. De acuerdo a esta idea se plantea la posibilidad de modificar la realidad mediante la implementación de una normativa jurídica a tales fines; que impliquen transformaciones de las condiciones de vida de los grupos humanos o de su estructura.-
b)
Evan indica varios factores que permiten ese proceso:
1) Que la ley esté dotada de autoridad y prestigio. Establece que las leyes sean sancionadas por la autoridad competente de acuerdo a los procedimientos legalmente establecidos.
2) Que las nuevas normas sean compatibles y coherentes con los principios
culturales y jurídicos establecidos. esto hace referencia a que las leyes deben ser acordes a la cultura a cual se pretende aplicar ya que esta será la que determine en ultima instancia la aceptación de sus destinatarios.
3) Que puedan especificarse los fundamentos que tiene la reforma para la comunidad
(no sólo para los juristas). Esto quiere decir introducir de modo explicativa las razones por las cuales se imponen las reformas jurídicas, para que los destinatarios puedan compreder su importancia sobre todo practica y no solo teórica.
4) Que se utilice racionalmente el factor tiempo, evitando una dilación excesiva en
la transición. Este punto hace referencia a que no pase demasiado tiempo desde que se plantea la necesidad de la reforma, el momento en que la misma es efectuada.
Con respecto al tema que preocupa a gran parte de la sociedad que es la violencia de genero, en nuestro país contamos con una vasta legislación que sanciona este tipo de agresiones y hasta el femicidio, aunque con escasas previsiones en materia de prevención y socialización de los miembros de la sociedad para evitar este tipo de desviaciones sociales. En gran medida la policía y jueces están autorizados a actuar en los casos efectivos de las agresiones pero no para evitar las mismas, en este punto podrían promoverse reformas en post de un sistema preventivo de este tipo de delitos.-
c)
De acuerdo con lo expuesto por Pound en su articulo “ los limites de una acción legal efectiva” sostiene que el derecho se relaciona solo con la parte exterior de la conducta a diferencia de la moral, sostiene que hay pretensiones e intereses que podría reconocer el derecho ya que el legislador se olvida de intereses individuales , por lo cual hay preceptos que se crean para cumplir la función de símbolos o ideales sin saber si se pueden hacer cumplir esta legislación simbólica no tiene la intención de producir cambios sociales. Por lo que cita las limitaciones provenientes de la dificultad de reconocimiento jurídico de algunos deberes y derechos moralmente importantes y ejemplifica con el reconocimiento del derecho a la intimidad recogido por algunas legislaciones. Otra limitación establece que el derecho depende de las partes interesadas no profesionales, implican personas que estén motivadas para hacerlo, para invocar reglas y procedimientos legales y apoyar así sus intereses.
Yehezkel Dror, distigue entre el uso directo e indirecto del derecho para promover el cambio, por su parte el uso directo del derecho es un intento diecto de cambiar la conducta y actitudes mediante la imposición de deberes que implican ese cambio a sujetos jurídicos individuales. Por otro lado el uso indirecto hace referencia a la promoción del cambio de varias maneras: 1) sirve de estructura a instituciones sociales, influye sobre la naturaleza y cantidad del cambio ejemplo preceptos del sistema educativo; 2) proporciona estructura a las organizaciones instituidas para promover el cambio, ejemplo excenciones impositivas o promociones para las industrias; 3)creación de deberes jurídicos en situaciones que favorecen al cambio ejemplo impuestos para prestación de servicios públicos.-
4-
Trialismo jurídico expone como punto central el tríptico jurídico social: el hecho, el valor y la norma en el derecho, lo
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