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Minuta Tutela derecho educación.

Enviado por   •  29 de Marzo de 2018  •  1.598 Palabras (7 Páginas)  •  457 Visitas

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Es preciso indicar, sin embargo, que si bien esos casos se basan en la aplicación del principio de confianza legítima, y tienen como antecedentes fácticos situaciones similares a la estudiada en esta oportunidad, pues se relacionan con la modificación unilateral y sorpresiva de las condiciones de acceso al crédito por parte del Icetex, la sentencia T-208 de 2008 (también reseñada en los fundamentos de esta decisión), presenta un patrón fáctico más cercano al del asunto sub examine, pues el proceso se refería a la modificación de las condiciones publicadas por el Icetex en su portal de Internet para el acceso a un crédito educativo especial, con posterioridad al registro de las solicitudes de los interesados. …”

TUTELA COMO MECANISMO DE DEFENSA PARA LA PROTECCION AL DERECHO A LA EDUCACIÒN

“… Sentencia T-494/04… 2. El derecho a la educación se ubica en la categoría de fundamental, y su titular dispone de instrumentos como la tutela para hacerlo exigible. Reiteración de jurisprudencia. Principios de confianza legítima y buena fe. …”

[pic 6]

DERECHOS VIOLADOS

De lo narrado se establece la violación a los siguientes Derechos Fundamentales consagrados en la Constitución Política y en Tratados Internacionales que versan sobre Derechos Humanos y que conforme lo ordena en art. 93 de nuestra Carta prevalecen sobre el orden interno y que los derechos y deberes consagrados en nuestra Constitución deben interpretarse conforme a los Tratados Internacionales ratificados por nuestro país.

[pic 7]

PRIMERO: DERECHO A LA EDUCACION-Fundamental por conexidad con la dignidad humana

“ … DERECHO A LA EDUCACION-Fundamental por conexidad con la dignidad humana

Mediante sentencia T-321/07

“ … La Corte ha considerado que el derecho a la educación goza de naturaleza fundamental por su íntima relación con la dignidad humana en su dimensión de autonomía individual como quiera que su ejercicio comporta la elección de un proyecto de vida, a la vez que permite materializar otros valores, principios y derechos inherentes al ser humano….”

SEGUNDO: DEBIDO PROCESO

Consagrado en:

- art. 29 Constitución Política de Colombia

- Declaración Universal de Derechos Humanos, art.8

- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 9 y 15

Hay violación a este derecho porque:

El suscrito se presentó en las fechas establecidas conforme a la publicación de la web, el documento oficial de la convocatoria 2014-2 y acta de acuerdos y compromisos del 11 de agosto de 2014 del fondo y fue “rechazado” por el comité, dejándolo “inhabilitado” para esa convocatoria.

Por circunstancias ajenas al conocimiento del suscrito después de la fecha de segundas listas aparece como “aprobado” (cosa extraña). Al presentarse el suscrito a las oficinas del ICETEX en la ciudad de Bogotá confirman el cambio de calidad de rechazado a aprobado pero le comunican que las fechas de recepción de documentos ya pasaron.

No es posible hacer cambios de manera que no estaban concertadas desde un comienzo ni establecidas en los lineamientos del texto oficial de la convocatoria y por ello la modificación de calidad del estatus del beneficiario sin un aviso personal es una abierta vulneración al debido proceso.

TECERO: LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD

Artículo 15. Derecho a la intimidad y el buen nombre.

Artículo 16. Derecho al libre desarrollo de su personalidad.

Al suscrito no se le incentiva, y se le interrumpe el seguir su proyecto de vida y desarrollarse como ser humano, como profesional.

[pic 8]

CUMPLIMIENTO ART. 37 DCTO 2591/91: JURAMENTO

Conforme aparece en el poder la accionante no ha presentado ninguna otra acción de tutela por los mismos hechos y derechos.

[pic 9]

AUTORIZACIÓN

Autorizo a FULANITA FULANA para que tenga acceso al expediente, se notifique, solicite, retire copias.

[pic 10]

NOTIFICACIONES

Al ICETEX en la carrera 3 No. 18-32 en Bogotá.

Al suscrito en la carrera 25 C No. 00-00 en la ciudad de Bogotá.

FUNALITO PEREZ

CC. 00.456.876 de Cundi

Celular: 123-666666

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