ORIGEN Y DESARROLLO DE LOS ESTANDADRES INTERNACIONALES DE JUSTICIA TRASICIONAL.
Enviado por Ledesma • 19 de Febrero de 2018 • 1.682 Palabras (7 Páginas) • 454 Visitas
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- JUSTICIA: es muy importante resaltar que enjuiciar a estos perpetrados sirve para evitar futuros crímenes, brindar consuelo a las víctimas, reflejar un nuevo conjunto de normas sociales e iniciar el proceso de reformar las instituciones gubernamentales y generar confianza en ellas. Es por esta razón que los juicios no deben verse solamente como un deseo social de retribución, si no que desempeñan una función expresiva, vital cuando reafirma públicamente normas y valores esenciales cuya violación implica sanciones.
- REPARACION: debemos tener en cuenta que de conformidad con el derecho internacional, los Estados tiene la OBLIGACION de brindar reparaciones a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos ya sea materiales, asistencias psicológicas, medidas simbólicas, en este punto se deben categorizar las víctimas, la cual esta definición de estatus de víctima es una cuestión central en la provisión de reparaciones puesto que resulta necesario decidir si las reparaciones van dirigidas solamente a las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos o si también debe brindarse reparaciones a una clase más amplia de víctimas. No sobra recordar que los “Principios de Reparación” estipulan en su preámbulo que éstos no crean nuevas obligaciones sino que prescriben las modalidades y procedimientos para su cumplimiento.
- GARANTIAS DE NO REPETICION: Los principios de reparación y el “Conjunto de principios actualizados para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad” (o “Principios contra la Impunidad”) sistematizan las obligaciones internacionales de los Estados en materia de garantías de no repetición. La obligación del Estado de proveer garantías de no repetición por graves violaciones de derechos humanos y crímenes bajo el Derecho Internacional está directamente vinculada con la obligación del Estado de adecuar su aparato estatal, su legislación y sus prácticas para garantizar el pleno y efectivo goce de los derechos humanos y el cumplimiento de sus obligaciones internacionales. La subordinación de las Fuerzas Militares al poder civil es una de las condiciones sine qua non para la vigencia de los derechos humanos y del Estado de derecho[6].
Las victimas también tienen derecho a interponer recursos y obtener reparaciones, establece una serie de garantías de no repetición entre las que cabe destacar la limitación de la jurisdicción de los tribunales militares, exclusivamente a los delitos de naturaleza militar[7].
- REFORMA INSTITUCIONAL: Adoptar programas de escrutinio con el fin, de asegurar que las personas responsables de las violaciones de los derechos humanos sean removidas de los cargos públicos y evitar que sean empleadas en instituciones gubernamentales, esto constituye una parte importante del proceso, para establecer o restaurar la integridad de las instituciones estatales.
De acuerdo con un fortalecimiento de la democracia y las libertades politicas se deben tomar medidas legales y de otra índole que garanticen la participación política efectiva de los partidos y movimientos políticos de oposición en la vida política del país, se deben tomar medidas que garanticen de manera efectiva las libertades de opinión, expresión, asociación y en particular, de las poblaciones, organizaciones y comunidades victimizadas.
De acuerdo con todo lo expuesto anteriormente podemos concluir:
- Que La justicia transicional amplió su ámbito de aplicación del estrecho campo del derecho a las consideraciones políticas de desarrollo de instituciones democráticas estables y la renovación de la sociedad civil. Los estudios realizados han integrado el marco de justicia transicional en el examen de los procesos políticos inherentes a un cambio democrático. Los desafíos de la democratización en los períodos de transición son muchos: la solución de las cuentas del pasado sin descarrilar el progreso democrático, el desarrollo judicial o movimientos capaces de resolver los conflictos, las reparaciones de daños, e incluso el desarrollo de programas educativos para la conservación de la memoria histórica de una nación.
- Las graves violaciones de derechos humanos, crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra no pueden ser objeto de amnistías, indultos o medidas similares que impidan investigar estos crímenes o que exoneren a los autores y demás participes de estos crímenes de su responsabilidad penal.
- La justicia transicional no es un tipo especial de justicia sino una forma de abordarla en épocas de transición desde una situación de conflicto o de represión por parte del Estado. Al tratar de conseguir la rendición de cuentas y la reparación de las víctimas, la justicia transicional proporciona a las víctimas el reconocimiento de sus derechos, fomentando la confianza ciudadana y fortaleciendo el Estado de derecho.
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