Objeto materia: La persona física en la que recae el daño.
Enviado por Sara • 12 de Enero de 2018 • 2.943 Palabras (12 Páginas) • 550 Visitas
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Culpabilidad: Dolosa.
Excusas absolutorias: No se presenta ninguna.
Consumación: Al momento de producir la muerte del pasivo.
Tentativa: Causas ajena no se realiza el acto.
Concursos de delito: Ideal y real.
Participación: Todos los grados de participación.
Perseguibilidad: Se persigue de oficio.
FEMINICIDIO
Noción legal: Al que prive de la vida a una mujer por razón de género
Sujetos:
Activo.- Cualquier persona física.
Pasivo.- Solo la mujer.
Objetos:
Material.- Persona física sobre quien recae el daño, la mujer.
Jurídico.- La vida.
Conducta típica: Privar de la vida.
Resultado típico: La muerte de la mujer.
Formas y medios de ejecución: Cualquiera siendo idóneo.
Tipicidad: Concuerda con el código.
Atipicidad: Falta un elemento.
Antijuridicidad: Contrario a la ley.
Circunstancias modificadoras:
Agravantes.- El feminicidio en si ya es un tipo agravado.
Culpabilidad: Dolosa.
Consumación: Al producir la muerte de la víctima.
Tentativa: Causas ajenas no se realiza el delito.
Concursos de delito: Ideal y real si no deriva de la tortura.
Participación: Pueden presentarse varios grados.
Perseguibilidad: Se persigue de oficio.
VIOLENCIA FAMILIAR
Noción legal: Al que lleve a cabo cualquier conducta dirigida a dominar, controlar o agredir física, psicológica, patrimonial o económicamente, a alguna persona con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato o una relación de pareja dentro o fuera del domicilio familiar.
Sujetos:
Activo.- Cónyuge, ex cónyuge, concubina, ex concubina, concubinario, ex concubinario, pariente consanguíneo en línea recta sin límite de grado, pariente colateral consanguíneo hasta el 4to grado, adoptante, adoptado, incapaz sobre el que es tutor y persona con la que se haya constituido sociedad en convivencia.
Pasivo.- Los mismos que el activo.
Objetos:
Material.- Es el sujeto pasivo.
Jurídico.- Es el derecho de los integrantes de la familia a vivir una vida libre de violencia.
Conducta típica: En usar violencia física o moral constantemente contra un miembro de la familia.
Formas y medios de ejecución: Llevar a cabo cualquier conducta dirigida a dominar, controlar o agredir física, psicológica, patrimonial o económicamente.
Resultado típico: La afectación derivada de la conducta.
Tipicidad: Concuerda con el código.
Atipicidad: Falta un elemento.
Antijuridicidad: Contrario a la ley.
Circunstancias modificadoras: No se presentan ninguna.
Culpabilidad: Dolosa.
Consumación: Al monte de ejercer la conducta típica.
Tentativa: No se configura.
Participación: Se presentas solo algunos grados.
Perseguibilidad: Sera por querella y de oficio cuando sean menores de edad o incapaces.
LESIONES
Noción Legal: Comete lesiones quien daña a otro en su salud.
Sujetos:
Activo.- Cualquier persona física.
Pasivo.- Cualquier persona física.
Objetos:
Material.- Persona quien recibe el daño.
Jurídico.- Integridad corporal.
Conducta típica: Alterar la salud de una persona física.
Formas y medios de ejecución: Cualquier medio, siempre y cuando sea idóneo.
Resultado típico: Alterar la salud o causar algún daño que deje huella material en el cuerpo.
Ausencia de conducta: Bis absoluta y bis mayor.
Tipicidad: Concuerda con el código.
Atipicidad: Falta un elemento.
Antijuridicidad: Contrario a la ley.
Causas de justificación: Pueden presentarse todas las causas de justificación.
Circunstancias modificadoras:
Atenuantes.- Las mismas que en el homicidio.
Agravantes.- Las mismas que en el homicidio.
Clases de Lesiones:
Levísimas.- Lesión que no ponga en peligro la vida y tarde en sanar hasta quince días.
Leves.- Lesión tarda en sanar más de quince días.
Graves.- Lesión que deje en la cara cicatriz permanentemente notable.
Gravísimas.- I. PÉRDIDA DEFINITIVA DE CUALQUIER FACULTAD O
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