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PUREZA METODOLOGICA

Enviado por   •  24 de Abril de 2018  •  3.059 Palabras (13 Páginas)  •  1.024 Visitas

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IV.- Pureza.

Kelsen por su parte al referirse a lo puro en el Derecho Positivo lo hace “porque desearía excluir de ese conocimiento lo que no pertenece al objeto precisamente determinado como jurídico,”[10] tratando de alejar a la sociología jurídica de la ciencia jurídica (del ser, del deber ser); desechando de la jurisprudencia la psicología, la sociología, la ética y la teoría política, ya que “quiere librar a la ciencia jurídica de todos los elementos que le son extraños,”[11] siendo éste el principio fundamental en cuanto al método. “El Derecho ha de ser entendido en su pura realidad jurídica.”[12]

V.- Pureza Metodológica.

Kelsen, al igual que todos nosotros, tiene conocimiento de lo difícil que es una investigación metodológica como fin en sí misma; sin embargo emprende la tarea de dedicarse a una investigación exclusivamente metodológica, por que como ya hemos visto en temas anteriores, solamente el método permite individualizar límites no arbitrarios entre cada una de las ciencias sociales. Trata de responder a la pregunta: qué es y cómo es el derecho; sin indagar, como debe ser o cómo se debe producir el derecho. Intenta probar que sólo existe el derecho positivo concebido como una serie de normas coordinadas y sistematizadas, y ajenas a cualquiera actitud valorativa. La teoría pura del derecho persigue la eliminación radical de todo lo que de sicológico o sociológico haya sido introducido en el conocimiento jurídico; fundándose en el material ofrecido por el derecho positivo. Se propone construir una teoría que describe tal derecho como ciencia autónoma con respecto a las otras disciplinas: “en esta autonomía consiste precisamente la pureza de la ciencia jurídica. Por consiguiente, Kelsen rechaza tanto las doctrinas naturalistas o sociológicas (que, considerando el derecho como un fragmento del mundo natural y explicándolo según la ley de casualidad, transforman la ciencia jurídica de normativa a natural), como las doctrinas iusnaturalistas (que se fundan no sobre el derecho positivo, sino en postulados ético-políticos, que funcionan como criterios para valorar las normas jurídico-positivas).”[13]

Kant manifiesta que: “la unidad sistemática es la que convirtió el conocimiento en ciencia, es decir, la que coordina en sistema un simple agregado de estos conocimientos, la arquitectónica es por consiguiente la teoría de los que hay de científico en nuestro conocimiento en general, y pertenece, por lo tanto, necesariamente a la metodología.”[14] Kelsen manifiesta que: “la diferencia entre el objeto y el método de estas teorías y los de una teoría pura del derecho. Por pureza del método yo entiendo separar los temas jurídicos de las cuestiones psicológicas, sociológicas o éticas con las cuales se encuentran confundidos en la literatura jurídica. No pretendo negar con esto que existen conexiones estrechas entre el derecho y esas otras materias. Tiende, más bien, a mantener a la teoría del derecho dentro de los límites de un método que le es propio…”[15] El derecho debe entenderse y explicarse desde su propia naturaleza, sin tomar en cuenta otros criterios materiales o de contenido ideológico político y axiológico, explicar el derecho por su forma normativa en eso consiste la pureza del mismo. La aplicación y el estudio de la pureza metodológica pretenden orientar hacia el modelo del pensamiento que fundamenta al derecho en la ciencia jurídica señalando que se debe aplicar un solo método para su estudio, que ese método consiste en desligar todas y cada una de las ciencias y disciplinas que nada tengan que ver con el derecho, enfocándose únicamente al derecho mismo, como es y no como debería ser.

VI.- Kant y la crítica de la razón pura.

Para poder adentrarnos al tema de “El estudio de la Pureza Metodológica”, debemos refutarnos a los precursores de la Crítica de la Razón Pura, implementada por Immanuel Kant, quien se dedicó a la investigación de las condiciones que hace posible un conocimiento puro. Kant arguye que la razón pura es inexacta, porque debe aplicar los métodos prácticos, haciendo uso de la dialéctica a la experiencia para saber las causas que produjeron al objeto, lo contrario de uno con el otro.[16] Ya que menciona “que todo lo que el entendimiento logra de asimismo, sin el auxilio de la experiencia, solo puede ser utilizado mediante el uso de ésta. Los principios del entendimiento puro, bien sean constituidos a priori (como los principios matemáticos), o bien reguladores (como los principios dinámicos), solo contiene lo que pudiera llamarse el esquema puro para la experiencia posible.” [17] Hans Kelsen influenciado por las ideas de Kant, respecto al conocimiento puro, intenta demostrar que para el estudio y fundamentación del Derecho se le debe estudiar desde su mismo concepto, liberado de cualquier impureza. En la ciencia jurídica, el máximo exponente del postulado de la pureza es Hans Kelsen. La pretensión de Kelsen, partiendo de que su exigencia metodológica, es la pureza, propone “desvincular al estudio del derecho de otras disciplinas con cuyos métodos y presupuestos ha sido analizada, como son, entre otros, la moral y la política.”[18] Su teoría pura, exige la estricta separación entre el mundo del ser y del deber ser, entre las ciencias naturales y las ciencias normativas, entre la causalidad e imputación jurídica, entre ciencia del Derecho y Sociología, entre ley causa y norma.

VII.- Purificaciones de la Teoría del Derecho.

Kelsen, en el esfuerzo de asegurar la pureza de su doctrina preservándola de las contaminaciones que provienen del tratamiento sociológico de una parte y de la doctrina del derecho natural de la otra, ha proporcionado por la negativa contribuciones preciosas al estudio de los problemas sociológicos del derecho y de la justicia. Por lo que, para llevar a cabo sus investigaciones metodológicas con fines mismo, en otras palabras, “estudiar el derecho en sí y por sí,”[19] es decir, enfocar especulaciones lógico formales, meramente en el “como” del pensamiento científico sin contemplar el “que”, distinguiendo la metodología jurídica de otras disciplinas, tales como la psicología, la sociología, la ética y la teoría política. Así las cosas, es conveniente primeramente comprender la distinción entre el “ser” y el “deber ser”, ya que, con la distinción de estos principios se diferencia el objeto de estudio de las ciencias jurídicas o jurisprudencia, de las ciencias sociales, esas diferencias entre hecho, significado que se traslada al “ser” y “deber ser” el ser como la actividad

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