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Pension alimenticia.

Enviado por   •  23 de Febrero de 2018  •  7.931 Palabras (32 Páginas)  •  400 Visitas

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OBJECION A LAS PRUEBAS

De forma específica se objeta y se solicita el DESECHAMIENTO de la PRUEBA TESTIMONIAL ofrecida por la actora e identificada como numero 4 del escrito de demanda, a cargo de los señores PRIETO VAZQUEZ ERNESTO Y VALDES DOMINGUEZ LEOPOLDO en virtud de que los testigos ofrecidos en tal probanza no tienen relación alguna con los hechos materia del presente Juicio, ya que en ninguno de los hechos que se contestan no se encuentran señaladas tales personas, por lo que contravienen lo dispuesto por el articulo 232 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

D E R E C H O .

En cuanto al fondo resultan totalmente inaplicables los preceptos legales del Código Civil del Estado que pretende hacer valer el actor, por ser improcedentes.

Norma el procedimiento lo dispuesto en los artículos 22, 27, 28, 62, 210, 213, 214, 217, 219, 221 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado .

A efecto de justificar las manifestaciones realizadas en el presente escrito de contestación, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 232 y 236 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, ofrezco de mi parte las siguientes :

P R U E B A S .

CONFESIONAL .- A cargo del señor AVELINO AGUILAR PRIETO al tenor del pliego de posiciones que deberá absolver en forma personalísima y sin asesoramiento de Abogado Patrono, Apoderado o Representante Legal, Asesor Jurídico o persona alguna el día y hora que se señale para tal efecto, debiendo ser citada a comparecer por conducto de C. Actuario Notificador adscrito a este H. Juzgado, en el domicilio señalado en autos por el propio actor, apercibiéndole en términos de los dispuesto por el artículo 257 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, reservándome el derecho de exhibir en su oportunidad el pliego de posiciones correspondiente, relacionando esta prueba con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del presente escrito de contestación a la demanda.

DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente copia certificada del extracto de Acta de Matrimonio número 00150 de fecha 19 de Noviembre de 1975, expedida por el Oficial Encargado del Registro Civil del Municipio de La Antigua, Ver., prueba que fue ofrecida por mi contraria, y que corre agregada en autos, por lo que desde este momento hago mía para todos los efectos legales procedentes, y que se relaciona con el hechos número 1 del presente escrito de contestación a la demanda.

DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente copia certificada del extracto de Acta de Nacimiento número 197 de fecha 08 de Mayo de 1978, expedida por el Oficial Encargado del Registro Civil del Municipio de La Antigua, Ver., relativa al nacimiento de mi hijo HUGO ANTONIO AGUILAR CERVANTES, prueba que fue ofrecida por mi contraria, y que corre agregada en autos, por lo que desde este momento hago mía para todos los efectos legales procedentes, y que se relaciona con el hecho número 2, del presente escrito de contestación a la demanda.

DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente copia certificada del extracto de Acta de Nacimiento número 00546 de fecha 29 de Agosto de 1983, expedida por el Oficial Encargado del Registro Civil del Municipio de La Antigua, Ver., relativa al nacimiento de mi hija MIRIAM BEATRIZ AGUILAR CERVANTES, prueba que fue ofrecida por mi contraria, y que corre agregada en autos, por lo que desde este momento hago mía para todos los efectos legales procedentes, y que se relaciona con el hecho número 2 del presente escrito de contestación a la demanda.

TESTIMONIAL .- A cargo de los CC. ARCELIA ORTIZ AGUILAR, ANDRES IZQUIERDO HERNÁNDEZ Y CECILIA LOPEZ CONTRERAS, quienes tienen sus domicilios conocidos en la Localidad de Mata Verde, Municipio de Úrsulo Galván, Veracruz, y al tenor del interrogatorio que en forma directa les será formulado el día y hora que se señale para el desahogo de la presente probanza, por lo que solicito sean citados por conducto del Actuario Notificador Adscrito a este H. Juzgado para que se presenten el día que hora que para tal efecto se señale, ya que bajo protesta de decir verdad, carezco de imperio o facultades sobre ellos para presentarlos personalmente, aunado al hecho de que los testigos ofrecidos han manifestado comparecer ante esta Autoridad solo si son citados por la misma. Relaciono esta prueba con los hechos 1, 2, 3, 4 y 6 de la presente contestación a la demanda.

DOCUMENTAL PRIVADA .- Consistente en la constancia de fecha 13 de Abril del año 2004 expedida por el Agente Municipal de la Localidad de Mata Verde, Municipio de Ursulo Galván, Ver., SR. FRANCISCO JAVIER CONTRERAS CERVANTES, misma que se anexa al presente escrito, y que se relaciona con el hecho número 4 del presente escrito de contestación a la demanda. Para los efectos de que la presente probanza sea objetada se ofrece desde este momento la prueba de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, del documento que se señala, mismo que deberá corre a cargo del Sr. Francisco Javier Contreras Cervantes en su carácter de suscriptor de dicho documento, y con vista al mismo manifieste si reconoce el contenido y firma de los mismos documento que se exhibe, por lo que deberá ser citado a comparecer el día y hora que se señale para el desahogo de la presente probanza, con el apercibimiento que de no comparecer, sin causa justificada, se le tendrá por reconocidos en sentido afirmativo, relaciono esta prueba con el hecho número 4 del presente escrito de contestación a la demanda;

DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el escrito de fecha 28 de Abril del año 2004, llevado a cabo en las Instalaciones del DIF Municipal de Actopan, Ver., el cual se agrega a la presente contestación y que relaciono con el hecho número 6 de la presente contestación a la demanda. Para los efectos de que la presente probanza sea objetada se ofrece desde este momento la prueba de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, del documento que se señala, mismo que deberá corre a cargo de las personas que en el mismo intervinieron, y con vista al mismo manifiesten si reconoce el contenido y firma de los mismos documento que se exhibe, por lo que deberá ser citado a comparecer el día y hora que se señale para el desahogo de la presente probanza, con el apercibimiento que de no comparecer, sin causa justificada, se le tendrá por reconocidos en sentido afirmativo, relaciono esta prueba con el hecho número 4 del presente escrito de contestación a la demanda; de igual forma para el caso de que el Sr. AVELINO AGUILAR PRIETO desconozca el contenido y firma del documento a que se hace referencia se ofrece la PRUEBA PERICIAL CALIGRAFICA Y GRAFOSCOPICA, a cargo del Dr. JOSE FRANCISCO NORIS

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