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Primer Parcial SIP II BP. Criterios de evaluación

Enviado por   •  24 de Enero de 2018  •  2.079 Palabras (9 Páginas)  •  511 Visitas

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…………, domiciliado en calle ……………….., se constituye en FIADOR y principal pagador de todas las obligaciones que surgen del presente contrato durante la duración del mismo y aun después de vencido, hasta su total cumplimiento, haciéndose expresa renuncia a los benéficos de excusión y división. En los supuestos de ausencia, muerte, incapacidad o falencia del fiador, acreditados estos extremos, el CLIENTE deberá remplazarlo - a satisfacción del BANCO - en un término de diez días, bajo pena de darse por rescindido el contrato.

QUINTO: En garantía de la restitución del préstamo, el mutuario libra a favor del mutuante un pagare por la suma de PESOS SENTA MIL ($60.000), el cual será restituido al cancelar todas las cuotas adeudadas. En caso de ser necesario accionar judicialmente, el mutuante se obliga a accionar por el pagare o por el presente contrato, pero no por ambos.

SEXTO: A todos los efectos legales, las partes y el fiador se someten a los tribunales de Provincia de Córdoba, y constituyen domicilios arriba indicados, donde se consideran validas todas las notificaciones y emplazamientos judiciales o extrajudiciales que se hagan.

SEPTIMO: Se firman en prueba de conformidad dos ejemplares de un mismo tenor y a un efecto en la ciudad de Córdoba, a los siete días del mes de Abril de 2016.-

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BANCO XX S.A. ANGEL TORRES

……………

2)

CONTATRO DE MANDATO

A los 15 días del mes de Marzo de 2016 se reúnen; por una parte la Sra. ANA CABEZAS, CUIT --------- y D.N.I. -----------, domiciliada en ………………….. en carácter de propietaria de la Pyme dedicada al rubro de “prestación de servicios de catering”, en adelante denominada la “MANDANTE”, y la Sra. AAAAAAA CUIT 27-28263354-5 y D.N.I. 28.263.354, domiciliada en Avellaneda 6542 de la Ciudad de Avellaneda Provincia de Buenos Aires, de profesión Administradora de Empresas, en adelante denominada la “MANDATARIA”; a celebrar el presente Contrato de Mandato, sujeto a las siguientes condiciones:

PRIMERA: La MANDANTE encarga a la MANDATARIA y ésta acepta la gestión que a continuación se detalla: Celebrar el contrato de franquicia convenido por la MANDANTE y la Sra. VVVVVVVVVV, de la ciudad de ………., provincia …………; cuyo objeto es expandir la empresa de la MANDATARIA en esta provincia.

La MANDANTE otorga Poder General de Administración a favor de la MANDATARIA labrado por el Escribano Público JUAN PEREZ, titular del Registro Nº 151 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que actúe en su representación y ante quien corresponda a los fines de este contrato.

SEGUNDO: Para la ejecución del presente mandato deberá el MANDATARIO seguir fielmente las instrucciones que se detallan a continuación y otras si posteriormente se le notificaren:

Establecerse en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba por el tiempo acordado en el que deberá concretar la instalación del nuevo comercio en dicha localidad; informar y asesorar a la franquiciada en lo referente a toda la puesta en marcha y funcionamiento del mismo; rendir cuentas mensuales de todo los actos realizados y de lo que reciba en virtud de la representación que inviste a la MANDANTE.

TERCERA: Todas las actuaciones que surjan del presente deberán ser hechas a nombre e interés de la mandante.

CUARTA: El presente contrato tendrá vigencia de nueve (9) meses a contar desde el día de la firma del mismo y concluirá por cualquiera de las siguientes cuestiones:

a. Por el vencimiento del mismo.

b. Por el trascurso de 6 meses, sin que se haya realizado el contrato de franquicia.

c. Por revocación del mandato.

d. Por la renuncia del mandatario.

QUINTA: Se pacta a favor del mandatario una comisión fija de PESOS CIEN MIL ($100.000,00) en concepto de retribución por su intervención, pagaderos en cuatro veces: al momento de firmar contrato con la franquicia: pesos veinticinco mil ($25.000); pesos veinte mil ($ 20.000) al cumplirse tres (3) y seis (6) meses de actuación; y treinta y cinco mil ($ 35.000) al finalizar el mandato con representación y una comisión variable del cinco por ciento (5%) de lo producido por la franquicia por el término que dure el presente mandato.

SEXTA: La MANDANTE reconocerá todos los gastos incurridos por la MANDATARIA para el cumplimiento del presente, los que deberán ser acreditados a través de la presentación de los respectivos comprobantes y además de ello abonará a ésta la cantidad de PESOS CINCO MIL ($5.000) mensuales en concepto de gastos de alquiler y movilidad por el término del presente.

SEPTIMA: En caso de revocación del mandato sin culpa de la mandataria se pacta una retribución de PESOS VEINTE MIL ($20.000) si dicha revocación es con anterioridad al cumplimiento del primer pago previsto en la cláusula anterior; en caso de ya haberse cumplido con la firma del contrato de Franquicia, dicha retribución será de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000).

OCTAVO: La MANDATARIA será responsable en caso de extravió, hurto o robo del dinero que recibe para la MADANTE y la mandataria será responsable de cualquier perjuicio que cause a la mandante por proceder en el desempeño de sus funciones con malicia, negligencia o infracción de las instrucciones recibidas.

En prueba de conformidad firman, MANDANTE y MANDATARIO dos ejemplares del mismo tenor; fijando los domicilios citados anteriormente, en donde tendrán validez las notificaciones judiciales o extrajudiciales; quedando sometidos a los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con exclusión de cualquier otro.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 15 de Marzo de 2016.-

Firmas:___________________________

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