Problemática: ¿Porqué los comerciantes del centro de Cali optan por comercializar mercancía ilegal y no mercancía que sea aprobada por las autoridades respectivas?
Enviado por Eric • 1 de Diciembre de 2018 • 3.674 Palabras (15 Páginas) • 291 Visitas
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Retomando lo señalado inicialmente, eso implica que no se fue logrando la construcción de la sociedad que se perseguía desde arriba, puesto que ni la tendencia asumida por el derecho ni la aplicación de las sanciones se ajustaron a la retórica discursiva. Es más, con la aplicación de las penas la brecha es todavía mayor ya que en poquísimas ocasiones los contrabandos fueron castigados con algo más que decomiso o multa, a pesar de que las leyes preveían también otro tipo de sanciones. Con eso queremos decir que no hay coincidencia, en términos de valores, entre la sociedad que se busca constituir y la que efectivamente estaba constituida. Así, la idea contenida en el epígrafe parece corresponder con el sentir social en el sentido en que, en la Colombia del periodo estudiado, el contrabando atentaba contra una abstracción y, por ello, antes que ser condenado socialmente constituía una práctica recurrente[1} . Es lógico que una sociedad tome una postura diferente a la esperada, puesto que desde un principio no se erradico una buena constitución frente a la reacción de la sociedad con el fenómeno del contrabando, una argumentación impuesta que no se ajustó a las sanciones. En donde los individuos tienen como instinto sobrevivir, adaptándose al entorno que los conlleva, pasando muchas veces por encime de su propia moral; si una persona tiene la oportunidad de ganar o adquirir un mayor bienestar en el ámbito comercial evadiendo los aranceles que se establecen, lo hará, ya que no se radico contundentemente una consecuencia significativa para el funcionario, que lo hiciera ponerse en una disyuntiva, frente a si lo hace o no, por eso es que durante muchos años el contrabando se practicó frecuentemente.
En 1848 se menciona en la ley sobre código de procedimiento en negocios criminales que además del decomiso, el “contrabando o fraude a las rentas nacionales o públicas” podía ser castigado con prisión o con trabajos forzados La mención de la pena de prisión puede entenderse en relación con lo previsto para los fraudes a ciertas rentas estancadas (tabaco y sal), pero la de trabajos forzados debe referirse a castigos válidos para ciertos empleados públicos, como veremos más adelante. Es necesario que el contrabando sea castigado con pena de prisión, además del decomiso de la mercancía; al igual que en 1848, actualmente empezó a regir una ley con similares características en la cual las personas involucradas en el contrabando son de una misma manera, se decomisa la mercancía traída por contrabando y se castiga con cárcel y multas a los involucrados.
Abraham Moreno, del Estado de Antioquia (Medellín: Imprenta de Isidoro Isaza, 10 de julio de 1867), 16 dice: “Yo siempre daré el mismo calificativo al que sustrae furtivamente la propiedad particular, como al que sustrae la de la Comunidad representada por el Gobierno; al que engaña o defrauda a un particular, como al que engaña o defrauda al Gobierno; al que no paga lo que debe a aquel, como al que no paga lo que debe a este. El precepto de ‘no hurtar’ comprende tanto a las sociedades como a los individuos; i el derecho de propiedad es sagrado e inviolable sea cual fuere la persona en quien resida” [3] .En definitiva, se hace evidente el interés de determinados contemporáneos en desmontar la idea de abstracción del Estado, subrayando que éste representa, e incluso es, un conjunto de ciudadanos que como individuos son las víctimas tangibles del contrabando. Se percibe también la manera como se busca, en algunos casos, obviar la disociación entre el delito civil y la moral o el pecado, que teóricamente se había promulgado con el Código Penal de 1837[. En acuerdo con lo anteriormente planteado, lo que se pretende es hacer evidente que el estado no es el único afectado y que los ciudadanos también son víctimas del contrabando, también muestra como de cierta manera asociar el contrabando a un pecado o una falta moral frente a la sociedad, se es sujeto a esto porque el contrabando se ha vuelto una problemática moral y que algunas personas no ejercen este tipo de actos por ser mal visto ante la sociedad
Si se toman en conjunto los documentos en los cuales se encontró valoraciones sobre el contrabando, el discurso sobre su gravedad conoció poca modificación. Este siempre lo rechazó con un lenguaje fuerte y asemejándolo a un robo, como un atentado al Estado. Incluso se recurrió en ocasiones a pasar este delito de la esfera jurídico-civil a la religiosa, para que su gravedad fuera vista con mayor claridad en una sociedad ampliamente regida por la Iglesia. Esta retórica discursiva estuvo en directa consonancia con el daño fiscal y moral que las autoridades veían como consecuencia del contrabando [4].
Desde una percepción apática en el ámbito que conlleva el contrabando, se considera indebido que generen cambios de percepción del contrabando ,partiendo principalmente desde como la sociedad misma ha permitido que el contrabando se estigmatice en un ámbito religioso con único fin de que su gravedad incurriera con un grado de mayor claridad en una sociedad regida por la iglesia, para algunas personas el poder divino influye en gran proporción para el desarrollo diario de estos y no está bien visto que se involucren la iglesia sobre algo que es un “común “en la sociedad.
En últimas, lo que queda claro es el carácter histórico del contrabando como delito que, como cualquier otro tal vez, es función de su contexto y en particular de las concepciones jurídicas, económicas y sociales que lo rodean. En efecto, la discusión en cuanto a derecho fue esencial en la evolución de las sanciones planteadas, mientras que la necesidad de ingresos nacionales -que siempre existe para un Estado y no fue la excepción en el siglo XIX colombiano- fue clave en la estimación de la gravedad del delito, y que el objetivo de las autoridades en términos de constitución social fue fundamental en ubicar el contrabando como un delito significativo que, aunque menor frente a otros, era moralmente perjudicial [5]. Es claro y consecuente, que se diga como el contrabando va desenvolviéndose acorde con el contexto o espacio en el que se rodea, tomando por supuesto factores significativos para el desarrollo del país, dejando como resultado al contrabando perjudicial en una visión moral. Llevándolo a el contexto colombiano, se ha visto como el gobierno drásticamente asumió su autoridad para luchar contra un suceso que se viene frecuentando con mucha anterioridad no solo en Colombia, si no en las diferentes partes del mundo, ahora que Colombia ha sentido un impacto más trascendental en los factores económicos fue cuando por primera vez opto por empezar a dar resultados y a imponer leyes como lo es la ley anti contrabando.
Una constante fue la
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