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SEMINARIO DE INTEGRACIÓN Y PRÁCTICA PROFESIONAL V

Enviado por   •  21 de Abril de 2018  •  3.594 Palabras (15 Páginas)  •  390 Visitas

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Teniendo en cuenta el CPCyCN podemos destacar como aspectos relevantes del trámite procesal lo siguiente:

- Recurso de Apelación:

La Apelación constituye un procedimiento, donde ambas partes presentan agravios contra la sentencia dictada en primera instancia. . Los apelantes (actor y demandado) debieron expresar agravios dentro del plazo de DIEZ (10) días por ser juicio ordinario (Artículo 259 CPCyCN. Trámite previo. Expresión de Agravios.).

- Excepciones Previas:

De la lectura del fallo se deduce que no hubo excepciones previas cuando las mismas deben oponerse juntamente con la contestación a la demanda, siendo la demanda declarada en rebeldía por su falta de contestación. (Artículo 346 y 356 del CPCCN).

- Requisitos:

Que requisitos serían necesarios para la presentación de un Recurso de Apelación: En este caso procederá respecto de las sentencias definitivas (Artículo 242: PROCEDENCIA CPCyCN)

- Efecto:

Este Recurso tiene un efecto suspensivo, es decir difiere la ejecutoriedad de la sentencia recurrida hasta que se produzca el pronunciamiento final del Tribunal superior. (Artículo 243: FORMAS Y EFECTOS CPCyCN).

- Agravios:

La demanda pretende el rechazamiento integro de la acción por cuanto, a su parecer no se halla acreditado el nexo causal entre el accidente que dice haber sufrido la contraria y el accionar de su representada. Cuestiona los rubros que fueron admitidos y sus montos.

La actora se agravia en procura de la elevación del monto de la condena.

Teniendo en cuenta lo expresado precedentemente, ambas partes fundamentan y critican el contenido, contestando agravios según lo dispuestos en el art. Artículo 260: Fundamento de las apelaciones diferidas, etc. Y artículo 265: Contenido de la expresión de agravios, traslados. (CPCyCN).

- Traslados:

Los traslados de las partes fueron respondidos y agregados a autos según se expresa en la sentencia de la Cámara y conforme el Artículo 261: TRASLADO.-

- Pruebas:

Conforme lo determina el art. 262 no se agregaron pruebas, por lo que las partes no alegaron al respecto.

- Libro de Sorteos:

La Cámara procedió a efectuar el sorteo correspondiente determinando el orden de prelación del voto de los camaristas, anotándose en el libro respectivo cumpliendo lo dispuesto por el artículo Artículo 269: LIBRO DE SORTEOS.

- Estudio del Expediente:

Posteriormente los Jueces de Cámara procedieron al estudio del expediente conforme lo determina el artículo 270.-El primer Magistrado opinó “que se modifique la sentencia en los términos que resultan de los considerandos precedentes……..”

- Acuerdo :

Con la presencia de todos los miembros del tribunal y del secretario se procedió a la votación, determinando que, “se modifique la sentencia ….En consecuencia, se eleva la partida por daño moral a la suma de pesos trece mil ($ 13.000) y se la confirma en todo los demás que decidió y fue materia de agravio……”. . Artículo 271

- Sentencia:

“Concluído el acuerdo, será redactado en el libro correspondiente suscripto por los jueces del tribunal y autorizado por el secretario. Inmediatamente se pronunciará la sentencia en el expediente, precedida de copia íntegra del acuerdo, autorizada también por el secretario. Podrá pedirse aclaratoria en el plazo de CINCO (5) días”. Artículo 272

3. Indique cuál fue la resolución adoptada por el Tribunal y su relación con las pretensiones de cada parte.

- Resolución Adoptada por el Tribunal

- Se modifique y confirma la sentencia en los términos que resultan de los considerandos precedentes, a saber:

Daño Resarcible:

- Daño Patrimonial: Daño emergente: la suma de pesos quince mil ($ 15.000) es suficiente para enjugar este perjuicio.

- Daño Moral: Se eleva la partida por “daño moral” a la suma de PESOS TRECE MIL ($ 13.000) y se la confirma en todo lo demás que decidió y fue materia de agravio.

- Pretensiones Parte Actora

Con relación a la parte Actora, está comprobado en autos que el accidente ocurrió en el interior del supermercado, con las consecuencias dañosas sufridas por Cecilia Jusid. La Cámara reconoce a la demandante daños patrimoniales y extrapatrimoniales, por un monto de $ 15.000 y $ 13.000. Con relación a la partida de gastos por atención médica, farmacia y movilidad, el “a quo” le reconoce gastos por farmacia y movilidad, por la suma de $ 300 y $ 700 respectivamente, considerando la Cámara que esos valores son razonables, considerando justo el rechazo a los otros rubros reclamados en la demanda.

- Pretensiones Parte Demandada

La demandada, en la apelación, rechaza íntegramente la acción interpuesta en su contra, haciendo mención que no está debidamente probado, que el resultado disvalioso o dañoso (nexo causal) sufrido por la actora, haya ocurrido en su local comercial. Cuestiona al juez de primera instancia, al dar por acreditado el hecho, ante su falta de contestación de la demanda. Destaca que la declaración de rebeldía, no es elemento suficiente para hacer valer la pretensión de la contraria

Amplía agravios, al manifestar que la demandante no sólo, no probó que el piso estuviera mojado al momento de producirse la caída, sino aduce la falta de una prueba testimonial (testigo presencial), y la prueba instrumental (Historia clínica de su Obra Social), constata una fractura medial de cadera izquierda ocurrida en la vía pública por haber tropezado con una baldosa.

Por último cuestiona los rubros y los montos que fueron admitidos por el “a quo” en la sentencia apelada.

Con costas de esta instancia a la demandada

Pregunta Nº 2

Puntaje Obtenido

Puntaje

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