TEMA: PODER GENERAL.
Enviado por poland6525 • 9 de Febrero de 2018 • 863 Palabras (4 Páginas) • 562 Visitas
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y me represente en todas y cada una de las diligencias que se celebren con motivo de sacar en sentencia a mi favor.
Las anteriores facultades son únicamente enunciativas toda vez que por tratarse de un PODER GENERAL PARA ADMINISTRACIÓN Y PLEITOS Y COBRANZAS se entiende conferido sin limitación alguna y por TIEMPO INDEFINIDO.
TRANSCRIPCION DEL ARTÍCULO 1890 DEL CODIGO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS.- En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastara que se diga que se otorga con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna, en los poderes generales para administrar bienes bastara expresar que se dan con ese carácter para que el Apoderado tenga toda clase de facultades administrativas.- En los poderes generales para ejercer actos de dominio, bastara que se diga que dichos poderes generales se dan con carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos o administrarlos.- Cuando se requieran limitar en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados se consignaran las limitaciones o se otorgaran al respecto poderes especiales.- Los notarios insertaran este articulo en los testimonios de los poderes que ante ellos se otorguen. Lo mismo harán al calce del poder y antes de las firmas de la ratificación si es que en el texto del documento no lo hubieren los interesados, los funcionarios ante quienes los otorgantes y los testigos ratifiquen sus firmas de conformidad con la fracción II del Artículo 1887 en relación con el 1891.-
A T E N T A M E N T E
OTORGANTE:
C. SABINA GONZALEZ MARTINEZ. PAZ JAIMES CHAVIRA
Firmante a ruego de la C. SABINA GONZALEZ MARTINEZ
T E S T I G O S:
J. EFRAIN HERNÁNDEZ TREJO. JULIAN ARTURO VILLELA COBOS.
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