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Transporte lacustre.

Enviado por   •  23 de Noviembre de 2017  •  2.291 Palabras (10 Páginas)  •  286 Visitas

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Comunidad de bienes: Cuando dos o más personas tienen un bien en común; por ejemplo: tras recibir una herencia, que no puede desagregarse.

Diferencia: la sociedad civil se constituye para formar una sociedad mercantil y comunidad de bienes es una comunidad sobre bienes que ya existen.

Sociedades civiles y comunidades de bienes en sí mismas no tienen personalidad jurídica propia, sino los participantes quienes responden individualmente a todos los efectos legales, fiscales.

Las aportaciones no están sujetas a un mínimo legal ni es necesaria una escritora pública. Excepto en el caso que se produzca una aportación de viene inmuebles, es suficiente con una cerdo privado escrito entre las partes.

La responsabilidad de los socios es ilimitada, de la misma forma que sucede con los empresarios individuales autónomos. Es recomendable para actividades de pequeño volumen y escasa necesidad de financiación, para cuyos supuestos es mejor plantearse el paso a la creación de una sociedad limitada.

Sociedades mercantiles

la creación de una sociedad es el paso siguiente que puede plantearse el empresario individual que desee progresar y ampliar objetivos, pues esta forma jurídica de organización le va permitir dar forma legal a sus inquietudes de crecimiento y necesidades de financiación de la forma eficaz.

Sociedad mercantil: aquella que existe bajo una denominación social que se encuentre conformada por el acuerdo de voluntades de varias personas, denominadas socios, que actúan bajo el mismo objetivo económico y lucrativo. La pregunta que se hace el empresario individual es siempre por qué y en qué momento le podría convenir constituirse como sociedad. La respuesta se halla en una sociedad mercantil, en alguna de sus diversas opciones, responde a grandes rasgos a tres grandes inquietudes del empresario:

- Necesidad de financiación: para crecer con fuerza y decisión en las actividades empresariales, resulta necesario invertir. Las inversiones requieren capital y la forma primera, más razonable y económica es la de unir esfuerzos con los de otras personas que tengan objetivos similares y construir una sociedad capaz de asumir el reto planteado y conseguir la financiación adecuada.

- Gestión de responsabilidad frente a terceros: la responsabilidad de todas sus actuaciones puede afectar a todo su patrimonio, excepto los casos que la ley proteja explícitamente la vivienda particular. Esto significa, una clara disuasión a emprender proyectos de cierta envergadura, por lo que la figura del autónomo se circunscribe pequeños negocios locales, las profesiones liberales, a los trabajadores industriales independientes y otras ocupaciones de alcance similar. Para poner en marcha una nueva empresa que requiera un capital inicial significativo y que tenga capacidad para endeudarse posteriormente y crecer, la elección debe ser crear una sociedad mercantil a fin de limitar el riesgo únicamente al capital aportado de los socios promotores.

- Búsqueda de la eficiencia de la presión fiscal. Todo empresario desea contribuir con su esfuerzo al bien común mediante el pago de impuestos pero de forma justa y eficiente. En este sentido, las sociedades mercantiles ofrecen una menor presión fiscal en cuanto al tipo de gravamen aplicable, así como diversas posibilidades de deducciones, que no son aplicables al empresario individual.

Sociedad limitada.

La característica que la distingue de la opción de empresa individual y de las comunidades de bienes viene explicita en su misma descripción, limitada. Significa, los socios arriesgan todo aquello que han invertido en la empresa, como es natural, pero no es su patrimonio particular, cosa que ocurre en el caso de las actividades empresariales bajo la fórmula individual o de la comunidad de bienes, excepto los casos previstos en las leyes de apoyo a los emprendedores. Así pues, la forma sociedad limitada es idónea para poner en práctica una idea concreta o aprovechar una oportunidad del mercado mediante una relativamente pequeña inversión, sin riesgo para el patrimonio particular.

El capital está dividido en participaciones iguales e indivisibles y la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.

- Permite a los socios delimitar con total exactitud el grado de participación en los beneficios y en los riesgos, de forma clara, lo cual representa un atractivo para su elección como forma jurídica.

- Permite la transmisión voluntaria entre los socios, cónyuge, descendientes, ascendientes o sociedades del grupo con facilidad. Esta es la forma preferida para empresas familiares.

Sociedad anónima.

La sociedad anónima es una sociedad mercantil en la cual el capital está dividido en acciones, que significan las aportaciones de los socios. En el aspecto de responsabilidad, coincide ccon la sociedad limitada, pero a diferencia de esta, la flexibilidad en los movimientos de capital y transmisión de las acciones es mucho más amplia.

Esta es la forma jurídica más adecuada para proyectos empresariales de gran envergadura, de gran volumen de inversión y actividad. La razón que explica este comportamiento estriba en la flexibilidad que tiene la sociedad anónima en captar su capital a las necesidades de inversión, mediante diferentes formas de captación y de transmisión de capitales. Permite alcanzar con facilidad objetivos de financiación, mediante operaciones de ampliación de capital, emisión de bonos y títulos financieros, fusiones de empresas. Todo esto gracias a la facilidad de transmisión de acciones.

La forma jurídica de sociedad anónima es legalmente obligatoria para algunos tipos de actividad, como los bancos y compañías de seguros, así como sociedades deportivas y otras especiales.

Las sociedades anónimas al igual que como acurre con las sociedades limitadas, no pueden adoptar una denominación idéntica a la de cualquier otra sociedad preexistente. Esta norma junto con la necesidad de que la imagen de la empresa en un futuro sea acorde a los objetivos, infiera en la decisión de conferir a una neva sociedad n carácter de gran importancia.

En la sociedad anónima deberá figurar necesariamente la indicación “sociedad anónima” o bien “SA”.

Diferencia entre sociedad limitada y la anónima.

Sociedad limitada

Sociedad anónima

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