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Un Proceso de Formación de los Sindicatos en El Salvador

Enviado por   •  19 de Octubre de 2017  •  1.853 Palabras (8 Páginas)  •  820 Visitas

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se discutirán o aprobarán los estatutos del sindicato.

7°.- Una vez aprobados los Estatutos del Sindicato, de conformidad al Art. 219 (Código de Trabajo), para que los sindicatos tengan existencia legal, deberán obtener personalidad jurídica.

Con ese objeto, las personas designadas por el sindicato deberán presentar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social:

 Copia del acta de la asamblea de fundación del sindicato, conforme a lo dispuesto en los Artículos 213 y 214 (Código de Trabajo), la cual deberá estar debidamente certificada;

 Dos ejemplares de los estatutos sindicales, con la certificación del acta de la sesión o las sesiones en que éstos hubiesen sido aprobados.

8°.- Dentro de los cinco días hábiles de esta presentación, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, librará oficio al empleador, o a los empleadores, con el objeto de que certifiquen la condición de asalariados de los miembros fundadores del sindicato, salvo que se trate de un sindicato de trabajadores independientes.

Los empleadores deberán responder dentro de los cinco días hábiles de haber recibido este oficio; su silencio equivale al reconocimiento de la calidad de trabajador.

9°.- Dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de su presentación, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social examinará los estatutos con el objeto de determinar si los mismos se ajustan a la Ley. Este examen no será necesario si el sindicato presenta un estatuto según un modelo aprobado de conformidad con lo previsto en el Art. 217 (Código de Trabajo).

10°.- Si el Ministerio de Trabajo y Previsión Social observase deficiencias formales o contravenciones a las leyes, las puntualizará por escrito a los interesados, quienes deberán subsanarlas dentro de los quince días hábiles. Si no lo hicieran, se tendrá por desistida su petición de personalidad jurídica.

Si el Ministerio de Trabajo y Previsión Social no advirtiese anomalías, o éstas hubiesen sido subsanadas, concederá la personalidad jurídica y mandará inscribir al sindicato en el registró respectivo.

11°.- Si hubiese transcurrido un plazo de sesenta días hábiles después de la presentación de la solicitud de personalidad jurídica de un sindicato o después que los interesados hubiesen subsanado las observaciones eventuales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, sin que éste hubiese dictado resolución, se tendrá por registrado el Sindicato con todos los efectos de la Ley, y éste adquirirá la personalidad jurídica.

12°.- La resolución que conceda personalidad jurídica, o en su caso la constancia de silencio administrativo, así como los estatutos sindicales, se publicarán gratuitamente en el Diario Oficial.

13°.- El sindicato podrá, a su costa, publicar la resolución o la constancia de silencio administrativo en un diario de mayor circulación nacional.

14°.- La existencia del sindicato se probará con el mencionado Diario o con una constancia expedida por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en la que se especificará:

1) A qué directivos confieren los estatutos la representación legal del sindicato;

2) Número, fecha y tomo del Diario Oficial en que figura publicada la resolución y los estatutos; y

3) Número del libro y de la inscripción del sindicato en el registro respectivo.

CONCLUSIÓN

En esta investigación realizada fue de interés por que la temática busca reflexionar en un tema histórico de actualidad y de interés público, como es el derecho a las Asociaciones Sindicales de los trabajadores en la búsqueda de una mejor relación entre estos y el Patrono.

El estudio es útil porque ofrece un enfoque de la realidad del Sindicato en El Salvador basado en la realidad actual.

La importancia radica en identificar que se genera en las sociedades democráticas, fundamentalmente por los propósitos de los trabajadores a pronunciarse por medio de una huelga y las consecuencias que esto genera tanto en beneficios propios de los empleados y Patrono (Estado).

Enfocándonos en conocer mejor el proceso de formación de estos sindicatos, y para conocerlos mejor valorar en cada uno de ellos los requisitos de existencia y validez que existen.

Al finalizar el proceso de investigación hemos llevado a buen término el cumplimiento de lo establecido en nuestros objetivos, particularmente en lo relativo a la investigación y desarrollo sobre el proceso de formación de los sindicatos tomando en cuenta para el mejor estudio los requisitos que ellos conllevan.

RECOMENDACIONES

 Las asociaciones sindicales de los trabajadores deben ser vistas por los diferentes sectores poblacionales como una búsqueda de solución en los conflictos o discrepancias entre el patrono y los trabajadores, y no como un conglomerado de protestantes sin fundamentos jurídicos.

 Es de vital importante hacer del conocimiento de la población, sobre todo, del personal de empleados públicos y privados de este tema, a través de charlas, talleres, visitas informativas, etc., para disminuir o erradicar el estereotipo que se tiene de las asociaciones sindicalista, como entidades que obstaculizan el buen progreso y/o avance de las empresas. teniendo en consideración, que a través del sindicato de trabajadores, se pretende lograr un mejor proceso de socialización para llegar a mutuos acuerdos entre las partes.

 Que las futuras generaciones, quienes tengan acceso a esta información, tomen consideración de la divulgación de la información y que además como futuros profesionales del área judicial, se debe exponer esta problemática ante el ministerio de trabajo, para que toma las medidas pertinentes para concientizar acerca de este derecho constitucional a todos los empleados o trabajadores y patrones en iguales términos

 Previo a la formación de sindicatos, se debe informarse adecuadamente cuales son los fundamentos jurídicas que respaldan tal asociación, por ejemplo, consultando con entidades conocedoras de este campo (como el ministerio de trabajo), de tal manera que se pueda ser orientado significativamente. Con el objetivo de no violentar los derechos que como ciudadanos salvadoreños se tienen 

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