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ANALISIS DELSISTEMA DE PROTECCIÓN DE RECLAMACIÓN PARA EL CONSUMIDOR INCOMFORME

Enviado por   •  28 de Febrero de 2018  •  Apuntes  •  2.200 Palabras (9 Páginas)  •  473 Visitas

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ANALISIS DELSISTEMA DE PROTECCIÓN DE RECLAMACIÓN PARA EL CONSUMIDOR INCOMFORME

INTRODUCCION

Cuando hablamos de protección al consumidor nos referimos a ese  conjunto de normas que regulan las relaciones de consumo que nacen en la cadena de comercialización de bienes y servicios entre productores, proveedores y expendedores.

En Colombia la protección al consumidor tiene sus antecedentes a partir del a ley 73 de 1981, en la cual el Estado intervino, en la distribución o venta de bienes y servicios para la defensa del consumidor. El decreto Ley 3466  de 1982, con sus cuarenta y ocho artículos, constituyó el primer desarrollo de la ley en la que se dio el inicio de una disciplina de protección al consumidor.

Este decreto iniciaba con las definiciones, para luego ocuparse de la calidad y registro de los bienes y servicios, y de la garantía mínima presunta. En las normas siguientes no trataba la información sino que se ocupaba de las marcas, leyendas y propagandas; el resto del articulado se detenía en la fijación de precios, las sanciones administrativas, la exoneración de responsabilidad y algunas funciones para la Superintendencia de Industria y Comercio. El decreto 863 de 1988  reglamentó en 18 artículos el decreto Ley 3466 de 1982.Con este decreto reglamentario se declaraba el propósito de facilitar al consumidor la selección económica y la escogencia más conveniente de los bienes, como también se encontraba la obligatoriedad de la publicidad del precio al público de los artículos de primera necesidad y otras normas adicionales sobre precios y calidad de los bienes.

El decreto 1490 de 1993 reglamentó parcialmente, en 6 artículos, el decreto Ley 3466 en lo relacionado con el régimen de control de drogas y medicamentos veterinarios. Después el decreto 1485 de 1996 dispuso siete artículos sobre fijación pública de precios; y el decreto 147 de 1999, cuatro artículos sobre fijación del precio máximo de venta al público.

Luego de mucho tiempo se logró un nuevo estatuto del consumidor, ley 1480 de 2011, el cual incluyo cosas nuevas en cuanto al derecho de consumo. Este estatuto comenzó hablar de unos principios generales; el objeto de la ley; derechos y deberes de los consumidores.  Al respecto debe decirse que a excepción de las definiciones, la norma anterior no tenía una parte filosófica en la cual expresara los principios y el alcance de la ley, así como tampoco contenía un decálogo de derechos y deberes de los consumidores.

Pero en su parte procedimental, el estatuto fue corto, ya que no le brindo una protección al consumidor de manera individual, como es el ejemplo en la responsabilidad por daños de productos defectuosos, esto solo se llevara por vía ordinaria, quedando obligado el consumidor a contratar a un abogado, para poder empezar su reclamación.

FORMULACION DEL PROBLEMA

La ley 1480 del 2011, donde se expide el estatuto al consumidor tiene como objeto la protección, promoción  y garantía de la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos, en especial a los diferentes casos que plantea el estatuto de manera enumerada que son:

1. La protección de los consumidores frente a los riesgos para su salud y seguridad.

2. El acceso de los consumidores a una información adecuada, de acuerdo con los términos de esta ley, que les permita hacer elecciones bien fundadas. .

3. La educación del consumidor.

4. La libertad de constituir organizaciones de consumidores y la oportunidad para esas organizaciones de hacer oír sus opiniones en los procesos de adopción de decisiones que las afecten.

5. La protección especial a los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de consumidores, de acuerdo con lo establecido en el Código de la Infancia y la Adolescencia.

Si bien es cierto el mismo estatuto plantea unos medios de protección a los consumidores inconformes en cuanto sus aspectos procedimentales, los cuales le brindan cierta protección a los consumidores, pero  cuando la Superintendencia de Industria y Comercio ya expidió una sanción en lo relacionado con la efectividad de la garantía, solo le queda una opción al consumidor inconforme que es la de presentar el respectivo proceso ejecutivo ante el juez civil o municipal de circuito, de acuerdo con la cuantía del proceso.

Lo que se puede considerar una desigualdad, con motivo de que para presentar un proceso ejecutivo, tal como lo establece el código general del proceso en ciertos procesos es necesario de un abogado, lo que llevaría a un gasto adicional y que si el consumidor no se encuentra con el dinero para cancelar este servicio que le presta dicho abogado; el consumidor no podrá empezar su proceso de forma oportuna.

A razón de lo anterior se propone la siguiente pregunta. ¿Es eficiente el sistema de reclamación procedimental con respecto a los consumidores inconformes en Colombia?

OBJETIVOS

  • OBJETIVO GENERAL

Analizar la eficacia de los diferentes medios de protección al consumidor inconforme en cuanto a su aspecto procedimental en Colombia.

  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS
  • Identificar cuáles son los medios con que cuenta el consumidor inconforme para realizar sus reclamaciones.
  • Analizar los aspectos procedimentales de los diferentes medios de protección del consumidor inconforme.
  • Analizar de forma comparativa en cuanto a la legislación de otros países la eficacia de los procedimientos en cuanto a la protección del consumidor.
  • Identificar si es necesario la creación de un sistema superior de protección al consumidor en Colombia.

MARCO REFERENCIAL

  • Teórico

Para definir de manera uniforme lo que es ser consumidor, empecemos  por su concepto básico, consumidor es aquel que concreta el consumo de algo, ya sea un bien o un servicio. El verbo consumir, por su parte, está asociado al uso de bienes para cubrir una necesidad, al gasto de energía o a la destrucción.

La noción de consumidor es muy habitual en la economía y la sociología para nombrar al individuo o a la entidad que demanda aquellos productos y servicios que ofrece otra persona o empresa. En este caso, el consumidor es un actor económico que dispone de los recursos materiales suficientes  en dinero para satisfacer sus necesidades en el mercado.

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