A continuación se presenta la siguiente situación para que la misma se objetó de debate entre los miembros del grupo y responda las preguntas que se les plantea al final.
Enviado por Stella • 4 de Julio de 2018 • 1.875 Palabras (8 Páginas) • 565 Visitas
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Deposito del fondo de caja chica
Artículo 77. Cuando las necesidades de manejo de caja chica así lo requieran, los funcionarios responsables de fondos de cajas chicas depositarán los fondos en una cuenta bancaria a nombre de la respectiva dependencia, la cual se abrirá previa autorización de la oficina nacional del tesoro.
• Título II, del Sistema Nacional de Control Fiscal
• Capítulo I Disposiciones Generales. Artículo 23, 25,33,
• Capítulo II Del Control Interno, Articulo 35.38.
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
Artículo 117: Los funcionarios y oficinas encargados de la liquidación de ingresos deben ser distintos e independientes de los encargados del servicio de tesorería y en ningún caso estos últimos pueden estar encargados de la liquidación y administración de ingresos.
¿Cuáles son las sanciones establecidas en la ley para los funcionarios, responsables de estos hallazgos?
Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica
Artículo 22:
Son causales de destitución, además de las previstas en las leyes que regulan la materia y las previstas en el Estatuto de Personal, las siguientes:
• Acto lesivo al buen nombre, o a los intereses de la Contraloría o de cualquier ente público.
• Recomendar a personas para que obtengan ventajas o beneficios en sus tramitaciones ante la Contraloría o ante cualquiera de los entes sujetos a su control.
• Insuficiencia, ineficiencia o impericia en la prestación del servicio.
Artículo 52.
Quienes administren, manejen o custodien recursos de cualquier tipo afectados al cumplimiento de finalidades de interés público provenientes de los entes y organismos señalados en el artículo 9, numerales 1 al 11, de esta Ley, en la forma de transferencia, subsidios, aportes, contribuciones o alguna otra modalidad similar, están obligados a establecer un sistema de control interno y a rendir cuenta de las operaciones y resultados de su gestión de acuerdo con lo que establezca la resolución indicada en el artículo anterior. Los administradores o administradoras que incurran en irregularidades en el manejo de estos fondos serán sometidos a las acciones resarcitorias y sanciones previstas en están Ley.
Artículo 21. Los funcionarios y funcionarias de la Contraloría General de la república quedan sometidos y sometidos al régimen de faltas y sanciones previstas en esta Ley y las demás disposiciones que regulan la materia.
Artículo 94 .Serán sancionados de acuerdo con la gravedad de la falta y a entidad de los perjuicios causados, con multa de cien unidades tributarias (100 UT) a mil unidades tributarias (1000 UT), que impondrán los órganos de control previstos en esta ley en conformidad con su competencia:
• Quienes entraben o impidan el ejercicio de las funciones de los órganos de control fiscal.
• Quienes incurran reiteradamente en errores u omisiones en la tramitación de los asuntos que deban someter a la consideración de los órganos de control fiscal.
• Quienes sin motivo justificado, no comparecieren cuando hayan sido citados por los órganos de control fiscal.
• Quienes estando obligados a enviar los órganos de control fiscal informes libros y documentos no lo hicieren oportunamente.
• Quienes estando obligados a ello no envían o exhiban dentro del plazo fijado, los informes, libros y documentos que los órganos de control fiscal le requieran.
• Quienes designen a los titulares de los órganos de control fiscal en los entes y organismos señalados en los numerales1 al 11 del art 9 de esta ley al margen de la normativa que regula la materia.
Artículo 105. La declaratoria de responsabilidad administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 91 y 92 de esta Ley, será sancionada con la multa prevista en el artículo 94, de acuerdo con la gravedad de la falta y el monto de los perjuicios que se hubieren causado. Corresponderá al Contralor o Contralora General de la República de manera exclusiva y excluyente, sin que medie ningún otro procedimiento, acordar en atención a la entidad del ilícito cometido, la suspensión del ejercicio del cargo sin goce de sueldo por un período no mayor de veinticuatro meses o la destitución del declarado responsable, cuya ejecución quedará a cargo de la máxima autoridad; e imponer, atendiendo la gravedad de la irregularidad cometida, su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas hasta por un máximo de quince años, en cuyo caso deberá remitir la información pertinente a la dependencia responsable de la administración de los recursos humanos del ente u organismo en el que ocurrieron los hechos para que realice los trámites pertinentes.
En aquellos casos en que sea declarada la responsabilidad administrativa de la máxima autoridad, la sanción será ejecutada por el órgano encargado de su designación, remoción o destitución.
Las máximas autoridades de los organismos y entidades previstas en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley, antes de proceder a la designación de cualquier funcionario público o funcionaria pública, están obligados a consultar el registro de inhabilitados que a tal efecto creará y llevará la Contraloría General de la República. Toda designación realizada al margen de esta norma será nula.
¿Qué opinión le merece la situación administrativa y financiera de esta empresa?
En la Administrativa:
• El personal de la unidad de pago no debería ser la misma persona que registra y analiza los hechos contables.
• Se debe solicitar justificación del motivo por el cual no se cumplió con el plan operativo anual (POA), Trayendo como consecuencia el incumplimiento de las metas establecidas no cumpliendo con lo establecido en el Artículo 9 de la Ley Orgánica de la administración financiera del sector público.
En la Financiera
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