CADENA DE CUSTODIA EN SINALOA
Enviado por Mikki • 6 de Noviembre de 2018 • 3.485 Palabras (14 Páginas) • 457 Visitas
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La criminalística y la criminología
Aunque es de conocimiento de todos que en nuestro país el problema de corrupción es común, por lo que el personal encargado de implementar la técnica de la cadena de custodia debe ser un profesional con habilidades y aptitudes necesarias para poder realizar de manera eficiente su trabajo.
Como consecuencia de esto, el nuevo sistema privilegia el cuidado a las reglas del debido proceso y de la custodia, a grado tal que si se violan las mismas los procesados pueden quedar en libertad aun, eventualmente, siendo culpables de los delitos que se les imputan.
Por consiguiente cada día se le concede mayor valor a las evidencias físicas en los procesos judiciales, lo que sumado al avance en el análisis de pruebas de los laboratorios criminalísticas, aumenta la responsabilidad de los investigadores de campo, ya que en la escena del crimen deberán hacer una minuciosa investigación, recolección y transporte de las evidencias.
Como parte de la criminalística, también es importante mencionar que en el ámbito de la seguridad informática, el Análisis Forense Informático permite obtener evidencias encontradas en los dispositivos o elementos para determinar las causas de un delito, mediante las cuales se reconstruye el antecedente que desencadeno la vulnerabilidad en dicho sistema.
Es fundamental recopilar toda evidencia digital y enlazarla a la cadena de custodia, debido que en los laboratorios forenses se requiere de la utilización de herramientas confiables y eficaces que sirvan de acompañamiento, en la presentación de estas evidencias que sirven como elemento probatorio en los procesos jurídicos quienes son los encargados de atender este tipo de delitos informáticos.
Es allí, donde el campo de la criminalística ocupa un lugar muy importante porque ofrece un espacio de análisis y estudio de los hechos y evidencias que se identifican en el lugar donde se llevaron a cabo las acciones catalogadas como criminales.
Es en este momento donde se deben establecer una serie de herramientas, acompañadas de acciones y estrategias que permitan investigar a profundidad los medios informáticos y de esta manera obtener la evidencia digital que sustente y verifique las afirmaciones sobre los hechos delictivos sobre los cuales se ha materializado el caso a investigar.
Por tal motivo las tecnologías son herramientas que hoy por hoy nos pueden favorecer con su portabilidad y gran capacidad de simultaneidad móvil, que facilitan la captura, recolección, y la organización sistematizada en una base de datos las pruebas recabadas como una contribución de la modernidad globalizada al hombre.
Sin duda las “Las herramientas tecnológicas utilizadas en el desarrollo del análisis forense informático en el ámbito público y privado, ayuda al investigador a encontrar las pruebas y así mismo proporcionar los medios y protocolos, para una recolección de información más exacta y precisa de la información con el fin de servir como evidencia clara en el debido proceso legal sin que se presenten errores” PEDREROS (2016).
En otros tiempos de la historia la tortura y los tratos inhumanos para la obtención de los elementos de prueba llenarían el proceso de ilicitud, ya que la forma de obtenerlas era por medio de la presión, la coacción y fuerza, es lo que se denomina prueba ilícita.
La búsqueda de la verdad por medio del tormento es realmente una manera de provocar la aparición de un indicio, el más grave de todos, la confesión del culpable; pero es también la batalla, con la victoria de un adversario sobre el otro, lo que "produce" ritualmente la verdad. En la tortura para hacer confesar hay algo de investigación y hay algo de duelo.
Para el autor Posada Jeanjackes, la Criminalística es hija de la revolución operada durante el siglo XIX en las ciencias físico naturales y sociales, esta fue la época revolucionaria de las huellas dermopapiloscópicas, de la Fotografía y la Balística Criminalística, de la valoración interdisciplinaria a la que se someten las pruebas detectadas durante la investigación de un hecho delictivo, desde una huella de calzado hasta las microhuellas en las prendas de vestir de un sospechoso, la misma época en la que junto al investigador criminal comenzaron a asistir al lugar.
Fundamentación Jurídica
El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de seguridad y justicia, a través del cual, se estableció un Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, entendiéndose ahora la investigación, como una actividad conjunta del Policía y del Ministerio Público, éste último, como conductor y director en esta actividad, por tal motivo, es necesario generar una coordinación de manera horizontal entre estos dos actores fundamentales para la adecuada operación del Sistema.
En este sentido, es que a la luz de esta importante reforma Constitucional, se publicó el Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece en su artículo décimo primero transitorio, que en aquellos lugares donde se inicie la operación del proceso penal acusatorio, tanto en el ámbito federal como estatal, se deberá contar con el equipamiento necesario y con protocolos de actuación del personal sustantivo, a través de documentos que homologuen los criterios de coordinación, además de lo establecido en los artículos 25, fracción XX y 40, fracción XI de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Así mismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece como línea de acción en su Meta Nacional “México en Paz”, Objetivo 1.4. “Garantizar un Sistema de Justicia Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente”, Estrategia 1.4.1. “Abatir la impunidad”, la necesidad de implantar un nuevo modelo de operación institucional en seguridad pública y procuración de justicia, que genere mayor capacidad para el esclarecimiento de los hechos, así como diseñar y ejecutar las adecuaciones normativas y de las instituciones de Procuración de Justicia, para investigar el delito y perseguir a los probables responsables con mayor eficacia.
Distintos acuerdos que sustentan el trabajo colaborativo de la cadena de custodia, mismos aquellos deben de conocer los diferentes servidores públicos que interactúan en la misma y que sustentan dicho trabajo.
Acuerdo A/009/15 de la Procuraduría General de la República, por el que se establecen las directrices que
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